LIBERTAD DE EXPRESION
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 5419-D-2014
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA PERSECUCION DE LOS CIUDADANOS QUE APOYAN AL FISCAL CAMPAGNOLI VIA TWITTER.
Fecha: 10/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83
EXPRESAR NUESTRO REPUDIO Y
PREOCUPACIÓN POR LA PERSECUCIÓN QUE RECIBEN LOS
CIUDADANOS QUE APOYAN AL JUEZ CAMPAGNOLI POR EXPRESIONES
VERTIDAS VÍA LA RED SOCIAL TWITTER.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La libertad de
expresión es un principio rector humano, la base fundamental para las
construcciones democráticas de nuestras sociedades modernas. Es también un
derecho humano, que está contemplado en la Declaración Americana sobre los
Derechos y Deberes del Hombre, en la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, e incluso en nuestra Constitución Nacional. La legislación vinculada
a la temática es profusa, por lo cual el marco teórico-legal es extenso y
abundante. "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión.
Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de
toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma
impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección." (1)
En este contexto queremos traer a
consideración la noticia que es de público conocimiento vinculada al caso
Campagnoli.
Los periódicos
informan que la fiscal sucesora de Campagnoli, quien investigó a Lázaro Báez,
Cristina Camaño, recibió twitts que la fustigaban e insultaban, y vinculó estos
hechos a la causa Campagnoli. Hizo la denuncia y la fiscal Dupuy solicitó al Jefe
de la sección Delitos Tecnológicos de la Policía Federal que obtenga
información sobre los usuarios de la red social. Así se elevó el pedido de
colaboración a Homeland Security de EE.UU. (Ministerio creado después del 11
de septiembre del 2001 para delitos graves) para identificar a los ciudadanos
que hostigaban a Camaño.
Estos ciudadanos recibieron el 16 de
junio una notificación de información de la oficina legal de twitter (requerida
por Homeland Security). Dos propietarios de las cuentas cotejadas, integrantes
del equipo de Campagnoli, presentaron un habeas corpus preventivo y
averiguaron que el punto de partida de la investigación era de la fiscal Camaño.
Si bien la investigación se frenó, es preocupante el antecedente que genera esta
situación.
Por lo expuesto queremos dejar
sentado nuestro repudio al avasallamiento de derechos humanos como la
libertad de expresión. El Estado Nacional deber ser garante de los mismos y
promover su cumplimiento. La idea persecutoria, con fines políticos, que se
intenta instalar en la sociedad lesiona las instituciones, avasalla los derechos y
desmantela los avances y logros históricos de los luchadores, idealistas y
ciudadanos de nuestro país.
Por los motivos señalados, solicito a
mis pares me acompañen en el tratamiento y posterior aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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