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LIBERTAD DE EXPRESION

Comisión Permanente

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 3901-D-2007

Sumario: EXPRESION DE REPUDIO POR LA CLAUSURA DE LA IMPRENTA DEL DIARIO "EL OBSERVADOR" DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO, PROVINCIA DE SANTA FE.

Fecha: 09/08/2007

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100

Proyecto
Su manifiesto repudio a la clausura de la imprenta del diario "El Observador", de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, bregando por el inmediato esclarecimiento de lo sucedido y de su pronta resolución.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El día 25 de julio de 2007, funcionarios municipales de la ciudad de San Lorenzo se constituyeron en el domicilio de la imprenta del diario El Observador, 9 de Julio 1176, a efecto de disponer su clausura mediante acta Nº 12.315 del Tribunal Municipal de Faltas.
Dicho procedimiento, según indica la Intendencia, se realizó para dar cumplimiento a lo dispuesto por la minuta de Comunicación Nº 102/07, con fecha del 12 de Julio de 2007, aprobada por los concejales, cuyo Artículo 1 indica "Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal que constate en el domicilio de 9 de Julio 1176, el ejercicio de actividades comerciales y/o industriales, y de ser así, si las mismas cuentan con la respectiva habilitación emanada de las distintas áreas municipales que hayan verificado el cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia, bajo apercibimiento de aplicación de las sanciones previstas por el código Municipal de Faltas".
Según declaraciones del titular del diario, Andrés Sharreta, el periódico poseía la autorización de la Dirección de Obras Públicas Municipales y estaba a la espera de la habilitación de la Dirección de Habilitaciones de la Municipalidad, la que, hasta el momento, no se había hecho efectiva por mora de la administración municipal y no por falta de voluntad.
En primer lugar, mediante un acto administrativo, se procede directamente a la clausura del local donde funcionaba la imprenta del diario "El Observador", lo cual está prohibido expresamente por el Art: 11 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, el cual reza: "(...) No pueden clausurarse las imprentas, ni secuestrarse sus elementos, como instrumentos del delito, mientras dure el proceso"
En segundo lugar, también se está violando la Constitución Nacional en su artículo 14: "Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos: (...) de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa (...)"
Y los tratados internacionales con rango constitucional incorporados por el Art. 75 Inc. 22
Declaración Universal de los Derechos Humanos:
Art. 19.- "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión (...) el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión."
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre:
Art. 24.- Derecho de petición "Toda persona tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a cualquier autoridad competente, ya sea por motivo de interés general, ya de interés particular, y el de obtener pronta resolución."
Convención Americana sobre Derechos Humanos:
Art. 13.- Libertad de pensamiento y expresión.
"Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección."
Pacto Internacional de derechos Civiles y Políticos:
Art. 19.- "Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por otro procedimiento de su elección."
En tercer lugar, debemos aclarar que la clausura de la Imprenta del diario "El Observador" sucede durante una campaña electoral en la que se disputa la intendencia local.
En cuarto lugar, y de acuerdo con el punto anterior, es de destacar que el diario "El Observador", como puede leerse en sendos artículos periodísticos posteriores a su clausura, era una de las pocas voces críticas al gobierno local. Esto queda manifestado también en la presentación de un escrito, ingresado por mesa de entradas del Concejo Municipal (Expte. Nº 19.018) donde se ataca al diario "El Observador" por expresar una "única dirección hostil, infamante y con el claro propósito de denostar, a funcionarios municipales del ejecutivo y a concejales del interbloque justicialista y del Frente para la Victoria" y que "bajo el velo del Derecho Contitucional de la Libertad de Prensa, tienden a sembrar dudas sobre las conductas públicas a través de la difamación".
En quinto lugar, y como se destaca en el punto dos, existe una violación al Art. 13 de la Convención Americana (Pacto de San José de Costa Rica), con el agravante que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha afirmado la protección y promoción de un concepto amplio de la libertad de expresión sosteniendo que la libertad de expresión es una piedra angular de la existencia misma de una sociedad democrática, siendo indispensable para la formación de la opinión pública. "Es, en fin, condición para que la comunidad a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada" lo cual queda vedado para la sociedad Sanlorencina por el cierre del diario.
Por lo expuesto, solicitamos acompañen con su firma el presente Proyecto de Declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARCIA, SUSANA ROSA SANTA FE ARI
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES ARI
GONZALEZ, MARIA AMERICA CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
MORINI, PEDRO JUAN SANTA FE UCR
BISUTTI, DELIA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
15/11/2007 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
29/11/2007
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 3336/2007 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 3864-D-2007 y 3901-D-2007 CON MODIFICACIONES 29/11/2007