LIBERTAD DE EXPRESION
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 2597-D-2013
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LAS AGRESIONES SUFRIDAS POR LOS TRABAJADORES DE PRENSA MARIA BELEN LOPEZ DEL RIO Y SANTIAGO VENTURA, DE LA AGENCIA TELAM, OCURRIDAS DURANTE LA MANIFESTACION DEL 18 DE ABRIL DE 2013 EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 30/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
Su enérgico repudio a las
agresiones sufridas por los trabajadores de prensa María Belén López
del Río y Santiago Ventura, de la Agencia Télam, durante la
manifestación del 18 de abril de 2013 en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El jueves 18 de abril de 2013, durante
la manifestación callejera que tuvo lugar en la zona de Plaza de Mayo de la ciudad
de Buenos Aires, un grupo de manifestantes agredió de manera verbal y física a la
cronista María Belén López del Río y el camarógrafo Santiago Ventura, mientras
desarrollaban sus tareas de cobertura noticiosa para la Agencia Télam. Como
consecuencia del violento ataque, se registraron lesiones y resultó dañado su
material de trabajo.
Tales actitudes reflejan un sustrato de
intolerancia que pone en duda el sentido cívico del reclamo. Las libertades
consagradas en la Constitución Nacional deben interpretarse como un plexo de
derechos interrelacionados en forma armónica y equilibrada. La potestad de
peticionar a las autoridades y de manifestar opiniones tiene clara raigambre en la
tradición democrática occidental y representa uno de los pilares cívicos del
constitucionalismo argentino. Sin embargo, ni el ejercicio espurio ni el abuso de
tales facultades queda habilitado, trátese de cualquiera de sus dimensiones, formal
o material.
Los desacuerdos son materia prima
de la construcción decisional republicana, pero enmarcados por condiciones de
respeto mutuo. Luego, las intimidaciones referidas no deben soslayarse, por su
grave significado. Gravedad que reside en la deslegitimización del disenso, a
manos de sectores recalcitrantes, los mismos que acusan supuestas situación de
peligro de la libertad de expresión en nuestro país, paradojalmente.
Más allá de las circunstanciales
diferencias políticas e ideológicas, corresponde a los representantes del pueblo
expresar nítida posición sobre los hechos presentados. El propio concepto de
libertad de expresión está en juego cada vez que, como en ésta, se tergiversan sus
fundamentos y efectos.
Quien atente contra los derechos
elementales, acallando la voz del otro, merece enérgico rechazo. Especialmente
cuando se ampara en la impunidad del anonimato multitudinario.
Por dichos motivos solicito a los
legisladores su acompañamiento al presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GUTIERREZ, MONICA EDITH | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
04/06/2013 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 2241/2013 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 14/2013 | 19/06/2013 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 22/07/2013 | APROBADO |