LIBERTAD DE EXPRESION
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 2546-D-2012
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA AGRESION QUE SUFRIO EL DIA 17 DE ABRIL DE 2012, EL PERIODISTA DANIEL LUNA EN LA LOCALIDAD DE CANDELARIA, PROVINCIA DE MISIONES.
Fecha: 26/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 37
Su profundo repudio y gran preocupación
por la agresión sufrida el 17 de abril de 2012 por el periodista Daniel Luna en la
localidad de Candelaria, provincia de Misiones, quien fuera golpeado salvajemente
por el presidente del Concejo Deliberante de dicha ciudad Sr. Jorge Peña.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con gran preocupación hemos conocido
la agresión sufrida por el periodista Daniel Luna en ejercicio de su tarea profesional.
El hecho se produjo cuando Luna,
propietario de Canal 4 y editor del sitio www.actualidadsur.com, junto a un grupo de
periodistas que intentaban cubrir la sesión del Concejo Deliberante de la ciudad de
Candelaria, en la provincia de Misiones, fueron atacados por el edil Jorge Peña, a
cargo de la Presidencia de ese órgano.
Hay que considerar que desde hacía
tiempo, los medios locales vienen denunciado que en esa localidad misionera se
impide a la prensa cubrir las sesiones del Concejo Deliberante a través de una serie
de ordenanzas que restringen y limitan el libre acceso a la información
periodística.
Al respecto debemos expresar que la
libertad de prensa es el derecho que más veces aparece custodiado en nuestra
Carta Magna y otorga a todos los ciudadanos que habitan nuestro suelo la sagrada
posibilidad de manifestar toda clase de ideas u opiniones sin ningún tipo de
condicionamiento ni represión.
Es por ello que repudiamos esta
situación de violencia sufrida por Daniel Luna y sus compañeros trabajadores de
prensa, que empaña la garantía constitucional de tolerancia y respeto como norma
indispensable para una convivencia democrática armónica y sólida, construida entre
todos y basada en la libertad y el apego al cumplimiento de las leyes.
A su vez, debemos alertar que esta
práctica irracional se está consolidando cada vez más en nuestro país entre las
autoridades locales, provinciales y nacionales que con distintos niveles de agresión
tratan de impedir el libre acceso a la información sobre la gestión pública que tienen
los ciudadanos a través de la labor periodística.
De más está decir que debemos arbitrar
las medidas necesarias para evitar que se repitan y se tomen como modelo y
herramienta de coerción cotidiana.
Por lo expuesto Sr. Presidente, le
solicitamos la aprobación del presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION POR TODOS |
DE MARCHI, OMAR | MENDOZA | DEMOCRATA DE MENDOZA |
THOMAS, ENRIQUE LUIS | MENDOZA | FRENTE PERONISTA |
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
PUCHETA, RAMONA | BUENOS AIRES | SOCIALISTA DEL MIJD |
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
30/10/2012 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones unificados, con un dictamen de mayoría y dos de minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1449/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1981-D-2012, 2341-D-2012, 2364-D-2012, 2366-D-2012, 2394-D-2012, 2406-D-2012, 2546-D-2012, 2540-D-2012, 3201-D-2012, 3915-D-2012, 4326-D-2012, 5646-D-2012, 5797-D-2012 y 5798-D-2012 | CON MODIFICACIONES; DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES; 2 DICTAMENES DE MINORIA: UNO CON MODIFICACIONES, EL OTRO ACONSEJA RECHAZAR EL DICTAMEN DE MAYORIA; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 38/2012 | 20/11/2012 |