LIBERTAD DE EXPRESION
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 2242-D-2007
Sumario: EXPRESAR REPUDIO AL CARACTER INTIMIDATORIO QUE INVOLUCRA LA SUSTRACCION DE DOCUMENTACION RELACIONADA CON LAS INVESTIGACIONES DEL PERIODISTA CARLOS RUSSO.
Fecha: 15/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 50
Su más enérgico
repudio al carácter intimidatorio que involucra la sustracción de
documentación relacionada con las investigaciones que
desarrolla el periodista Carlos Russo, en ocasión del hecho
delictivo de que fuera victima en su domicilio privado, el 27 de
marzo de 2007.
La incondicional
defensa de la libertad de prensa ante todo hecho que vulnere el
libre ejercicio de la actividad profesional y de investigación
periodística.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 27 de marzo de 2007 tres
individuos armados entraron violentamente en el domicilio de Carlos
Russo; Según declaraciones del propio Russo ante la comisión de libertad
de expresión de esta Honorable Cámara, le sustrajeron luego de encerrarlo
junto con su esposa e hija en una habitación, entre otros objetos, algunos
dólares, alhajas, un lector de DVD, dos teléfonos móviles, una agenda
electrónica, y documentos relacionados con sus investigaciones
periodísticas. Además agregó que es posible que no se trate más de un
simple robo, pero también cree que puede ser una mensaje de amenaza:
"entramos en tu casa como queremos, todavía no lo sé", amplio
Russo.
La justicia será quien
dictamine la realidad de estos hechos y condene a quien los hubiera
cometido, pero sí debe quedar claro que la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación repudia todo hecho que implique una afectación de
la libertad de prensa y del libre ejercicio profesional del trabajo de
investigación periodística.
Es preciso que este episodio
no se minimice y se esclarezca rápidamente.
El derecho a la libertad de
prensa y expresión no es exclusivo de las empresas periodísticas, ni de
sus dueños, ni siquiera de los periodistas. Es para el ciudadano, que tiene
en ella la garantía de que encontrará una información libre en los
medios de comunicación.
La declaración de principios
sobre la libertad de expresión, aprobada durante el 108° periodo de
sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la
OEA, sostiene que: "La Libertad de Expresión, en todas sus formas y
manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a
todas las personas. Es además, un requisito indispensable para la
existencia misma de una sociedad democrática".
Esta Honorable Cámara de
Diputados no puede permanecer al margen cuando de preservar y
asegurar las libertades, derechos y garantías de los ciudadanos se trata.
Toda agresión sufrida por un periodista constituye un avasallamiento a la
libertad de expresión. Nuestro deber es garantizar una prensa que aun
desde el disenso, sirva para enriquecer la construcción de la democracia.
El riesgo del silencio es mil veces mayor que el de la palabra. La historia
de los procesos dictatoriales así lo demuestra.
Por todo lo expuesto solicito
el acompañamiento de mis pares a la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
HEREDIA, ARTURO MIGUEL | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDEZ DE FERREYRA, ARACELI ESTELA | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DAUD, JORGE CARLOS | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
24/05/2007 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2418/2007 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1550-D-2007, 1572-D-2007 y 2242-D-2007 | CON MODIFICACIONES | 28/06/2007 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1550-D-2007, 1572-D-2007 y 2242-D-2007 | APROBADO |