LIBERTAD DE EXPRESION
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 2062-D-2010
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR EL ATAQUE A LA PERIODISTA ADELA GOMEZ EN CALETA OLIVIA, PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
Fecha: 12/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 31
Expresar su más enérgico repudio al
ataque incendiario sufrido por la periodista Adela Gómez, en Caleta Olivia, Provincia
de Santa Cruz.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Adela Gómez es una periodista que
trabaja en la emisora Radio 21, ubicada en la localidad de Caleta Olivia, al sur de la
Comodoro Rivadavia.
En la madrugada del domingo 28 de
marzo, entre las 3:30 y 4:00 AM, su automóvil que estaba estacionado pegado a la
ventana de su dormitorio, fue rociado con líquido inflamable y prendido fuego.
Los vecinos al darse cuenta de lo que
estaba sucediendo, alertaron a la periodista e intentaron sofocar el incendio para
evitar un mal mayor ya que el auto estaba a metros de la vivienda de la
víctima.
No es el primer hecho violento del que
resulto victima Adela Gómez, ya que el 12 de septiembre de 2007 la Gendarmería
Nacional durante un piquete la atacaron y le pegaron siete impactos de balas de
goma en las piernas.
Desde la emisora Radio 21, aseguraron
que no hay una sospecha puntual sobre el o los autores de los hechos, pero
aclararon que en los últimos meses avanzaron en temas que tocan el poder
político.
El Foro de Periodismo Argentino (Fopea)
considera que al hecho como un intento por intimidar el periodismo de Caleta Olivia e
instalar un estado de miedo y autocensura, lo que constituye un atentado a la
libertad de informar.
En un sistema democrático la
importancia de la libertad de expresión e información es reconocida en el artículo 19
de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que dice: "Todo individuo
tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye
el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir
informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras,
por cualquier medio de expresión"
Estamos obligados a defender la libertad
de expresión, que durante años de dictadura nos fue privada de ejercer y a brindar
protección a los periodistas de los ataques que puedan sufrir.
Por todo lo expuesto, es que solicito a
los señores diputados la aprobación del presente proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ALONSO, LAURA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia) |
LIBERTAD DE EXPRESION |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
20/04/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como Proyecto de Declaración |
03/05/2010 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración |
29/05/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0277/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1556-D-2010, 1603-D-2010, 1582-D-2010, 1625-D-2010, 1655-D-2010 y 2062-D-2010 | CON MODIFICACIONES | 12/05/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 17/06/2010 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1556-D-2010, 1603-D-2010, 1582-D-2010, 1625-D-2010, 1655-D-2010 y 2062-D-2010 | APROBADO |