LIBERTAD DE EXPRESION
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1932-D-2017
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA VIOLACION A LA LIBERTAD DE EXPRESION EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Fecha: 21/04/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33
Expresar su más enérgico repudio y preocupación por la violación a la libertad de expresión que implica el cerco informativo impuesto por el gobierno de Venezuela, a través del bloqueo de señales de televisión y sitios de internet que impiden al pueblo venezolano conocer temas de interés público y en particular lo acontecido durante las manifestaciones que tuvieron lugar el día miércoles 19 de abril de 2017 a favor y en contra del Gobierno de Nicolás Maduro. De esta forma se evidencia nuevamente la opacidad y la inexistente libertad de prensa en la que viven los ciudadanos venezolanos, lo que pone en riesgo el sistema democrático en ese país.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La situación que vive el pueblo venezolano, que se repudia a través del presente proyecto, se encuentra vinculada con la violación de la libertad de expresión. Es preciso recordar que al hablar de este derecho nos referimos un derecho humano reconocido por los instrumentos internacionales en la materia. De forma específica, la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (CADH), la reconoce en su artículo 13 y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCYP) en el artículo 19. Asimismo, tanto el artículo 5 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (DADDH), como el 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), reconocen esta libertad fundamental desde el año 1948.
En este contexto, es necesario destacar la gran importancia que tiene la libertad de expresión en las sociedades democráticas. A este respecto la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha afirmado que “la libertad de expresión es un elemento fundamental sobre el cual se basa la existencia de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública... Es, en fin, condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones esté suficientemente informada. Por ende, es posible afirmar que una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre.”
Esta opinión no solo encuentra su fundamento en el Sistema Interamericano, sino que a nivel universal el Comité de Derechos Humanos ha considerado que la libertad de opinión y a la libertad de expresión “Son fundamentales para toda sociedad y constituyen la piedra angular de todas las sociedades libres y democráticas.”
A la luz del caso de Venezuela donde las personas se ven imposibilitadas de adquirir información acerca de los sucesos que acontecen en torno al gobierno y la ciudadanía, se reafirma la falta de libertad existente en el pueblo. Se trata de una situación de opacidad total en la cual desde las autoridades se utilizan de forma sistemática mecanismos para bloquear señales televisivas y medios web.
El miércoles 19 de abril, la oposición venezolana convocó a una jornada de protestas en todo el país sumergido en una profunda crisis política y económica. A raíz de esto, las manifestaciones populares han inundado las calles venezolanas durante toda esa semana. Los ciudadanos salieron a reclamar su derecho de vivir en democracia exigiendo expresamente libertad y que se respete la celebración de elecciones como mecanismo en democracia con el fin de que la voluntad del pueblo pueda expresarse.
Las protestas antigubernamentales tanto en Caracas como en el interior del país han sido fuertemente reprimidas por las fuerzas de seguridad del Estado con el uso de gases lacrimógenos y han dejado víctimas fatales. En consecuencia, la comunidad internacional, en general, y los países de la región, en particular, han condenado enérgicamente la violencia que ha sido desencadenada en Venezuela. El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Argentina emitió un comunicado (140/17) junto a los gobiernos de Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay donde se reafirma que “es urgente que las autoridades venezolanas adopten medidas para asegurar los derechos fundamentales y preservar la paz social”.
Desde la Organización de Estados Americanos (OEA), el Secretario General, Luis Almagro, hizo un “llamado a proteger el derecho del pueblo venezolano de exigir democracia y libertades y subrayó que ese derecho debe ser reconocido por todos y el Gobierno no debe ser un obstáculo.”
Por su parte, la Carta Democrática Interamericana aprobada por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos el 11 de septiembre de 2001, en su artículo 4 resuelve que en el ejercicio de la democracia es un componente fundamental el respeto de la libertad de expresión y de prensa.
Lo cierto es que este derecho fundamental puede ponerse en riesgo por distintas vías, esto implica que no solo la censura previa genera una violación de la libertad de expresión, sino que existen mecanismos indirectos que impiden la comunicación y la circulación de ideas y opiniones. El gobierno venezolano ha hecho uso de varios de estos mecanismos, pero principalmente ha afectado a través de la censura a los medios internacionales El Tiempo Televisión (Colombia), TN (Argentina), CNN en Español (Estados Unidos), TV Azteca (México), Infobae (Argentina) y NTN 24 (Colombia).
Puntualmente, es necesario mencionar los episodios ocurridos con fecha 19 de abril de 2017, cuando en Caracas tuvo lugar una multitudinaria marcha opositora. Durante la jornada, el Gobierno encabezado por Nicolás Maduro llevo adelante una fuerte represión. Por todo el mundo circularon imágenes impactantes de esta manifestación, sin embargo los ciudadanos venezolanos no tuvieron acceso a ellas.
Dos de los canales que se encontraban transmitiendo las protestas fueron sacados del aire. La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) de Venezuela ordenó cortar la señal de TN y del canal colombiano El Tiempo Televisión de la grilla de Directv Venezuela. Esta situación fue confirmada por Héctor Rivero, presidente de ese servicio televisivo en ese país.
Resulta necesario que en esta instancia nuestra Cámara repudie estos actos que afectan los derechos humanos fundamentales del pueblo venezolano y así se continúe con la política de nuestro gobierno, el que se ha manifestado en reiteradas oportunidades de forma solidaria con nuestros hermanos venezolanos.
Por último es importante destacar, como lo ha expresado el presidente Mauricio Macri, que el gobierno de la República Argentina, tiene vocación para ayudar a que tenga lugar un proceso de transición que permita que en Venezuela se vuelva a elegir democráticamente. La libertad de expresión es un pilar fundamental de la democracia, es por ello que para que el pueblo pueda elegir de forma libre a sus representantes y así regresar el orden democrático a esa nación es preciso que se respete este derecho fundamental.
Por los motivos anteriores, solicitamos a nuestros pares que se apruebe el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BANFI, KARINA | BUENOS AIRES | UCR |
BESADA, ALICIA IRMA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
ECHEGARAY, ALEJANDRO CARLOS AUGUSTO | BUENOS AIRES | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
BURGOS, MARIA GABRIELA | JUJUY | UCR |
VALDES, GUSTAVO ADOLFO | CORRIENTES | UCR |
PATIÑO, JOSE LUIS | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
AMADEO, EDUARDO PABLO | BUENOS AIRES | UNION PRO |
LOSPENNATO, SILVIA GABRIELA | BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
LIBERTAD DE EXPRESION |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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26/04/2017 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
15/08/2017 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
12/09/2017 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones en su competencia con dictamen de Mayoria y Minoria |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 1346/2017 | ESTE EXPEDIENTE HA SIDO TENIDO A LA VISTA EN EL O/D 1346/17 | 09/06/2017 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER ADHERENTE DE LA DIPUTADA HUCZAK (A SUS ANTECEDENTES) |