LIBERTAD DE EXPRESION
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0615-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL DESALOJO DE PERIODISTAS DE LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL DE OLIVOS EL DIA 23 DE FEBRERO DE 2008.
Fecha: 13/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional, con el objeto de solicitarle que, por intermedio del organismo que
corresponda, informe a esta Honorable Cámara de Diputados, sobre el
desalojo de unos 50 periodistas que el 23 de febrero del 2008 se
encontraban en la sala de prensa de la Residencia Presidencial de Olivos,
cubriendo la cumbre entre los presidentes de la Argentina, Brasil y Bolivia,
Cristina Kirchner, Lula Da Silva y Evo Morales respectivamente
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Habiendo tomado conocimiento
de este hecho mediante la denuncia que realizara el Foro de Periodismo
Argentino (FOPEA), presentamos este proyecto de resolución con el objeto
de recabar la información oficial de los motivos que produjeron este hecho
lamentable que atenta directamente contra la Libertad de Prensa y la
Libertad de Expresión.
Diferentes medios nacionales e
internacionales denunciaron lo ocurrido, entre ellos el diario La Nación,
United Press Internacional, Medios Latinos, etc. El periodista del diario
brasileño Folha de S. Paulo, Clovis Rossi señaló en Aeroparque que:
"Hemos venido desde Brasil a una reunión de tres presidentes, no nos
pueden echar así. ¿Qué cuesta informar lo que se decidió? Olivos se ha
vuelto un escondite".
La Constitución Nacional
establece claramente en su Art. 14, que la Libertad de Expresión y de Prensa
constituye uno de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.
A su vez, este derecho ha sido
proclamado en Tratados Internacionales, en Convenciones sobre los
Derechos Humanos y lleva consecuentemente implícito el derecho a la
información, el derecho a saber, resguardado igualmente en todas las
normas de la República. Freedom House o la Sociedad Interamericana de
Prensa (SIP), organizaciones internacionales vinculadas a la actividad de
prensa, han recepcionado en los últimos años numerosas denuncias sobre
limitaciones en nuestro país a esta actividad, caracterizando a la situación en
Argentina como preocupante.
La decisiones en este sentido y
particularmente las tomadas en la propia Residencia Presidencial, en
oportunidad de un evento de carácter internacional, son alarmantes, ya que
no hacen más que ratificar que en nuestro país aún falta mucho por hacer
para lograr el cumplimiento de un derecho constitucional e impedir que se
siga restringiendo la Libertad de Expresión o la Libertad de Prensa.
La Declaración de Chapultepec
sobre Libertad de Prensa (1994) ha expresado con claridad que toda persona
tiene el "derecho de buscar y recibir información, expresar opiniones y
divulgarlas libremente", "...No hay personas ni sociedades libres sin Libertad
de Expresión y Libertad de Prensa".
Por los motivos expuestos y con
la finalidad que el Poder Ejecutivo nos responda a la solicitud presentada,
para esclarecer el hecho y permitir la libre cobertura periodística de las
cuestiones de Estado, garantizando el derecho de toda la ciudadanía a estar
informada, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
BARAGIOLA, VILMA ROSANA | BUENOS AIRES | UCR |
RIOBOO, SANDRA ADRIANA | BUENOS AIRES | UCR |
MORINI, PEDRO JUAN | SANTA FE | UCR |
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