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JUSTICIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 423

Jefe DRA. FARIAS NATALIA MICAELA

Miércoles 16.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5459-D-2006

Sumario: EXPRESION DE SATISFACCION POR EL FALLO EMANADO DEL JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL Nº 5, A CARGO DEL DOCTOR NORBERTO OYARBIDE, AL DECLARAR LA NULIDAD DE LOS DECRETOS DE INDULTO.

Fecha: 19/09/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 135

Proyecto
Expresar satisfacción por el reciente fallo del Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 5, a cargo del Dr. Norberto Oyarbide, mediante el cual se declaró la nulidad de los decretos Nº 1002/ 89, 2745/ 90 y 2741/ 90, lo que permitirá juzgar a los indultados por el secuestro extorsivo de los empresarios Miguel y Federico Gutheim, ocurrido durante la última dictadura militar.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El reciente fallo del Juez Federal Norberto Oyarbide -que declaró la nulidad de los decretos de indultos que beneficiaron al ex ministro de economía José Martínez de Hoz, a Albano Harguindeguy y al ex dictador Jorge Rafael Videla- permitirá la reapertura de la causa que investiga el secuestro extorsivo de los empresarios Miguel y Federico Gutheim, ocurrido durante la última dictadura militar. De ésta manera, la declaración de nulidad es el paso previo a la imputación de los mencionados.
La reapertura de la causa habría sido planteada por la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos y por la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, que intervinieron, junto con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, como querellantes en la causa.
De este modo, el fallo del Juez Oyarbide ratifica el criterio, casi unánime, que han adoptado distintas resoluciones judiciales en el sentido que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles e inindultables, de acuerdo a la ley local e internacional. Numerosas resoluciones judiciales han destacado que "los partidarios del terrorismo de estado procuraron -no sólo durante los últimos años de poder dictatorial, sino también hasta bien avanzada la restauración democrática que le sobrevino- cancelar toda posibilidad de revisar judicialmente los crímenes cometidos desde el estado" y que "a la destrucción de documentos, pactos de silencio, declaraciones negacionistas oficiales y auto amnistías se sumaron actos abiertamente golpistas, de rebeldía contra el orden constitucional y levantamiento armado frente a la justicia y al poder político de la democracia que condujeron -directamente- al dictado de las leyes de obediencia debida y punto final e -indirectamente- a los indultos firmados en los años siguientes". En éste sentido, otros fallos han señalado que no es indultable, de acuerdo al artículo 29 de la Constitución Nacional, "el ejercicio de la suma del poder público, el ejercicio, en definitiva, del poder tiránico".
Por otra parte, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya se ha pronunciado, cuando dictaminó la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, sobre la ilegalidad de los indultos en éste tipo de delitos. Dijo, sin ambigüedades, que estos crímenes no son susceptibles de amnistía o perdón, dejando en claro que la facultad presidencial de indultar tiene un límite cuando se trata de casos de violación de derechos humanos. Esta postura de la Corte concuerda con lo dispuesto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica).
Por los motivos expuestos, y en el entendimiento que esta resolución judicial constituye una continua lucha para lograr el respeto irrestricto de los derechos humanos y para impedir la impunidad, solicitamos la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FERRIGNO, SANTIAGO LA PAMPA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDEZ DE FERREYRA, ARACELI ESTELA CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
10/10/2006 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría