JUICIO POLITICO
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 5874-D-2017
Sumario: PROMOVER JUICIO POLITICO AL SEÑOR MINISTRO DE ENERGIA Y MINERIA DE LA NACION, INGENIERO JUAN JOSE ARANGUREN, POR MAL DESEMPEÑO EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES.
Fecha: 07/11/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 162
Promover el juicio político al señor Ministro de Energía y Minería de la Nación, Ingeniero Juan José Aranguren, por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo establecido por el artículo 53 de nuestra Constitución Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 12 de agosto del año 2016, presentamos, mediante el expediente 5078-D-2016, el pedido de juicio político al señor Ministro de Energía y Minería de la Nación, D Juan José Aranguren, por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, en virtud de lo establecido en nuestra Constitución Nacional, que establece que el jefe de Gabinete de Ministros y los demás ministros secretarios, tienen a su cargo el despacho de los negocios de la Nación observando y haciendo observar el cumplimiento de las normas legales vigentes.
Y que si faltan a su deber, ejerciendo atribuciones que la Constitución Nacional y las leyes no les otorgan, refrendando actos que pueden causar daños irreparables, se dan las condiciones en las que es necesario enjuiciar políticamente su accionar.
En el caso del Ministro de Energía y Minería de la Nación, Juan José Aranguren, su mal desempeño es evidente y sin perjuicio de la posible comisión de delitos que han merecido diversas denuncias penales, hemos señalado oportunamente las múltiples causales de juicio político que hemos advertido.
Ahora, a las causales expresadas y fundamentadas al promover el juicio político al ministro, se suma el inaceptable y escandaloso accionar de Aranguren como director de una empresa off shore a la que claramente benefició ya siendo ministro.
En efecto, tal como reveló la investigación conocida como Paradise Papers, realizada por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación, Aranguren fue director en dos sociedades registradas en la guarida fiscal de Barbados: Shell Western Supply and Trading y Shell Antilles and Guianas Limited.
Durante el año 2016, la primera ellas, ganó 13 licitaciones para suministrar 650.000 metros cúbicos de gasoil al Estado que le permitieron facturar alrededor de 240 millones de dólares.
Año de las energías renovables
Ante el escándalo producido por la divulgación de esa información, Aranguren tuvo que reconocer los hechos e intentó justificar, mediante un comunicado, su actuación en estas empresas radicadas en guaridas fiscales.
Para ello, argumentó que a lo largo de sus 36 años en Shell se desempeñó en el exterior en dos ocasiones (Australia entre los años 1985 y 1986 e Inglaterra entre 1995 y 1997) y que por esa época lo nombraron Coordinador de Área para los países angloparlantes de África (1995) y luego de América Latina (1996 a 1997).
Y como descargo, Aranguren manifestó que “…era práctica común desempeñar el rol de director representante del accionista en alguna de las tantas compañías subsidiarias que operaban en dichas regiones. Ser director en estas firmas, como la operatoria de las mismas, no constituye per se un delito ni viola la ley...”
Si bien es cierto que la operatoria de estas empresas radicadas en guaridas fiscales no constituyen per se un delito, es sabido que su objetivo es, invariablemente, triangular operatorias comerciales y financieras para eludir el pago de impuestos en los países donde operan, por lo cual, más allá de la posible comisión de un delito, el accionar en estas empresas resulta inadmisible para un funcionario público que, en el caso de Aranguren, promueve fabulosos negocios para la empresa de la cual fue director y accionista hasta su asunción como ministro.
ACLARACION QUE OSCURECE
Con la pretensión de minimizar el escándalo producido por la información que obviamente ocultó hasta ahora, Aranguren dijo que “…No hay una prohibición legal de realizar actividades comerciales en dichos países. Cabe aclarar además que mientras estuve en la empresa, las filiales se dedicaron exclusivamente a actividades petroleras…”
El problema con estas empresas radicadas en guaridas fiscales de las cuales fue director no es si se dedicaban exclusivamente o no a la actividad petrolera sino la evasión de impuestos que constituyen su objeto evidente.
Pero además, Aranguren expresó que “…cuando la oferta seleccionada es de Shell me abstengo de intervenir y ordeno el envío de las actuaciones al Ministro de Producción, que me subroga como consecuencia de mi excusación en todo lo relacionado particularmente a mi anterior empleador…”
Año de las energías renovables
Cabe señalar que cuando se refiere a su “anterior empleador” se refiere la empresa Shell, de la cual fue director y accionista hasta su asunción como ministro y al pretender desligarse de su responsabilidad como funcionario público respecto de la Ley Nº 25188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, argumentando que “ordena” el envío de las actuaciones referidas a Shell a otro ministro no hace más que reconocer que las promueve, lo que constituye una clara conducta incompatible con el ejercicio de su cargo sin perjuicio de la posible comisión de delitos.
EL DESPRECIO A LAS NORMAS VIGENTES
Como si no fuera suficiente descaro, Aranguren agregó en el referido comunicado. “…quiero recordar que en septiembre de 2016 me desprendí de mis acciones en Shell…”
Es decir: el ministro Aranguren nos recuerda a todos que durante el año 2016, mientras generaba excelentes negocios para Shell, era ministro de Energía de la Nación y al mismo tiempo accionista de la principal empresa beneficiada por las compras de combustibles.
No sabemos si los negocios que hace el ministro/accionista se enmarcan en el “emprendedurismo” que promueve el presidente Macri, pero no cabe ninguna duda que los negocios de Aranguren son incompatibles con la función pública.
Por tales motivos, promovemos la ampliación del juicio político al señor Ministro de Energía y Minería de la Nación, D Juan José Aranguren, por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo establecido por el artículo 53 de nuestra Constitución Nacional, promovido mediante expediente 5078-D-2016
Por lo expuesto, solicitamos el pronto tratamiento y aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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FERREYRA, ARACELI | CORRIENTES | PERONISMO PARA LA VICTORIA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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JUICIO POLITICO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | MOCION APARTAMIENTO DEL REGLAMENTO (NEGATIVA) (VOTACION NOMINAL) |