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JUICIO POLITICO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 453

Secretario Administrativo DR. LOPEZ MIGUEL ESTEBAN

Jefe SR. VÁZQUEZ LUIS ALBERTO

Martes 18.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2428 Internos 2428/27

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5148-D-2014

Sumario: PROMOVER JUICIO POLITICO AL SEÑOR VICEPRESIDENTE DE LA NACION, LICENCIADO AMADO BOUDOU, POR MAL DESEMPEÑO EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES.

Fecha: 02/07/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78

Proyecto
Promover juicio político al señor Vicepresidente de la Nación, Lic. Amado Boudou, por la causal de mal desempeño y eventual comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 y concordantes de la Constitución Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde hace varios años venimos denunciando al Vicepresidente de la Nación por las irregularidades cometidas en el ejercicio de sus funciones, abusando de tan noble cargo que por elección popular debería honrar con su conducta. Ante los últimos acontecimientos que son de público conocimiento, es que nos vemos obligados en el ejercicio de nuestras funciones de control, a solicitar el juicio político del señor Amado Boudou.
Queremos ser claros en este punto. Nuestro Bloque interpreta que nadie que se encuentre procesado (y menos por cohecho) puede representarnos en el exterior ni presidir, en reemplazo de la Presidente, los asuntos internos de nuestro país.
Si el hoy Vicepresidente no se aparta del cargo (sea por pedido de licencia o renuncia) estamos obligados desde el Parlamento Nacional a promover el juicio político para su remoción.
La Constitución Nacional implementa este mecanismo cuya finalidad es remover al funcionario del cargo que detenta cuando se corroboran las acusaciones por mal desempeño en sus funciones, haciendo así efectivo el control del principio de responsabilidad de los funcionarios públicos.
Como miembros de la Cámara de Diputados no podemos permanecer pasivos ante las irregularidades de las que es sospechado el vicepresidente de la Nación Argentina; teniendo en cuenta su procesamiento, así como lo dicho precedentemente en cuanto a las denuncias que por su mal desempeño ya hemos realizado, es imperiosa la necesidad de que sea sometido a juicio político a fin de poder, posteriormente, esclarecer cada uno de los hechos que se le imputan ante la justicia ordinaria. Recordemos que la inmunidad de la que goza limita las acciones que se puedan ordenar en toda causa judicial, en un todo de acuerdo con lo establecido por la Ley 25320.
Cabe destacar que esta no es la primera vez que existen comportamientos irregulares en el ejercicio de la función pública por parte del Vicepresidente de la Nación, sin ir más lejos cabe recordar la irregular compra de Préstamos Garantizados por parte del Fondo de Garantía de Sustentabilidad entre enero y junio de 2009 con el objetivo de "inflar" el canje de deuda de esos instrumentos por otros emitidos al 2014 y 2015 con ajuste de tasa Badlar. Lo cual dio origen a la denuncia en sede penal, Causa 12105/09 radicada en el Juzgado Criminal y Correccional Nº 9 Fiscalía Nº 5 de setiembre de 2009, por la cual se encontraban involucrados el Sr. Amado Boudou junto a Sergio Chodos y Diego Bossio.
Las AFJP's tenían prohibido -art.78 de la Ley 24241- adquirir esos instrumentos por no cotizar en mercados secundarios, lo que hacía posible la arbitrariedad en sus precios. Lo concreto es que en ese período el FGS compró directamente a distintas Sociedades de Bolsa -que operaban por cuenta y orden de terceros- Préstamos Garantizados por $570 millones a precios arbitrarios y sin saber quién era el tenedor original.
También se benefició al Banco Galicia y al Deutsche Bank (que era además organizador del canje) con swaps (recibiendo PG´s Global 08 y Mega 580+ y entregando bonos de deuda a precios de remate) que generaron ganancias varias veces millonarias a estas instituciones con la simétrica pérdida para el fondo que debiera soportar los déficits previsionales. Además, en junio del 2009 el FGS realizó dos canjes con la Sociedad de Bolsa Facimex S.A., sospechada de delitos con fondos previsionales en el pasado e involucrada con posterioridad en la causa Ciccone, al haber recibido los fondos de Dusbel S.A. por intermedio de P.T. Bex Bursátil. Esta curiosa coincidencia puso a Jorge Brito en el eje de los movimientos financieros que involucraron a Boudou y al resto de la gestión oficial. Esta causa está actualmente archivada por inexistencia de delito. El argumento para ello es el dictado del Decreto Nº 2103/08, que reformuló a su antojo y con la complicidad oficial la prohibición mencionada permitiendo que lo ilegal por ley sea legal por decreto.
No obstante lo expuesto, y atendiendo que esta petición es para la puesta en marcha del juicio político, vale aquí lo manifestado en nuestra denuncia, toda vez que las responsabilidades políticas que aquí se endilgan cobran mayor valor frente al procesamiento del funcionario. Las responsabilidades políticas no necesariamente dependen de los vericuetos judiciales y mucho menos de los artilugios cuasi legales de cobertura de los que se valga el mismo poder ejecutivo al que pertenece Amado Boudou, en su carácter de Vicepresidente de la Nación.
En la mencionada causa hemos manifestado lo que aquí transcribimos para una mejor comprensión de las conductas que entendemos son reprochables en tanto que "los presuntos delitos denunciados están fundados en que los imputados han incumplido con los deberes de funcionarios públicos, toda vez que se han excedido en el ejercicio de sus funciones, violando el deber de cuidado al asumir conductas violatorias de lo establecido en la ley."
No obstante las irregularidades cometidas en el desempeño de sus funciones, el señor Vicepresidente de la Nación continuó ejerciendo su cargo público con la deshonra que ya lo caracterizaba y por supuesto fue por más, como olvidar el tan renombrado caso Arcadia Advisors. Ante estos hechos ilícitos se realizaron las denuncias correspondientes.
Cabe recordar que el canje de deuda realizado en el año 2010 no solo fue perjudicial económicamente para la Argentina, sino que también era ilegal, inconstitucional e incluso teñido de sospechas de tráfico de influencias y uso de información privilegiada. La imputación por parte del fiscal Jorge Di Lello al vicepresidente Amado Boudou por tráfico de influencias respecto al citado canje vuelve a poner sobre la mesa la realidad de esa operación: la captura de bonos defaulteados desde el 2005 al 2009 - y principalmente en el 2008, clímax de la crisis financiera internacional- con la certeza y la decisión política de la reapertura del canje vía la suspensión de la Ley Cerrojo. La consultora Arcadia -cuyos responsables son Marcelo Etchebarne y Emilio Ocampo- realizó, desde 2008, reuniones con varios bancos en Estados Unidos que fueron luego los que hicieron las propuestas de canje, sabiendo de antemano que la Argentina iba a canjear los títulos en default por otras emisiones nuevas. Eso habría permitido a quienes tuvieran la información de esas negociaciones comprar títulos argentinos a un precio muy bajo, para luego presentarse al canje haciendo grandes diferencias. No casualmente nunca se supo nada de esta consultora, hasta que nuestra denuncia pública hizo que los tiempos del canje se estiraran para poder "blanquear" en el prospecto de emisión su participación. Hernán Lorenzino era Secretario de Finanzas en octubre de 2008 y el delegado argentino en las "negociaciones" con los bancos. Si Arcadia sólo tenía un convenio privado con Barclays (el organizador del canje), sería bueno saber por qué el 2 y 3 de octubre de 2008 Lorenzino se reunió no sólo con los supuestos bancos organizadores, sino también con Arcadia. También se hicieron públicos mails entre el Ministro Boudou y el representante y asesor de los bonistas Etchebarne de agosto de 2009 pactaban las condiciones que tendría el futuro canje y donde organizaban juntos reuniones con los representantes de los bancos organizadores. Todo esto se objetivó en la denuncia penal Nº 6397/13 que recayó en el Juzgado Criminal y Correccional Nº 3 a cargo de Daniel Rafecas, pero terminó -por conexidad con otra causa vinculada a ese canje- en manos del juez Oyarbide.
Queda claro que los presuntos delitos denunciados están fundados en que los imputados han realizado operaciones sospechadas de beneficiar a terceros a partir de información privilegiada sobre el canje de deuda del año 2010.
Es así que el 13 de abril de 2010 en la sesión de Diputados, denunciamos el posible tráfico de influencias y el uso de información privilegiada por parte de funcionarios y de tenedores de deuda. Se planteó la ilegalidad de que el Banco Coordinador (Barclays) estuviera a ambos lados del mostrador, representando al país y a su vez a los bonistas y que el entonces ministro de Economía Amado Boudou, quien debía bregar por los intereses de los ciudadanos, se encontrara, por decirlo de modo vulgar, "en ambos lados del mostrador".
Todo lo expuesto da una idea de cómo se llevó adelante un canje a todas luces perjudicial para Argentina, que violó el espíritu de lo delegado por el Parlamento al Ejecutivo, y que ha comprometido pagos de deuda que crecen exponencialmente, amen de configurarse una connivencia entre funcionarios del área económica y los bancos organizadores del canje al único efecto de beneficiar a unos pocos en detrimento del patrimonio de todos los argentinos.
Continuando con el presunto accionar ilícito del Sr. Amado Boudou debemos recordar que en la descripción de la maniobra de adquisición de Ciccone por parte de The Old Fund (TOF), el Juez Lijo dice que esta empresa "...fue originalmente adquirida el 1 de septiembre de 2009 para facturar un negocio relativo a la reestructuración de deuda pública de la Provincia de Formosa, en el que intervinieron Amado Boudou y José María Nunez Carmona -amigos desde la adolescencia en Mar del Plata y socios comerciales- junto con Alejandro Vandenbroele -conocido de ambos-. Dicha empresa, de objeto amplio y dueños anónimos, no había tenido funcionamiento hasta el momento y contaba con una sola empleada. En dicha negociación, Boudou intervino en su carácter de Ministro de Economía y en fecha 11 de marzo de 2010 firmó una addenda al convenio original entre el Gobierno Nacional y el provincial que implicó, finalmente, la emisión del título de deuda por $312.941.277,63 y un ingreso para TOF de $7.667.161 que se cobró el 21 de mayo de 2010, en lo que fue su primera factura emitida....".
Estas definiciones resumen muchos datos contenidos en la causa Boudou-Ciccone: que Vandenbroele no se presentó, ni firmó escrito alguno vinculado a la reestructuración de deuda de Formosa, proceso objetivado en el expediente S01:0150031/2010 del MECON. Que no tenía experiencia alguna en canjes de deudas provinciales, que cobró sus supuestos servicios en tiempo récord (el 21/5/10 cuando la emisión del bono a 30 años en U$S fue con fecha 30/4/10 pero publicado en el Boletín Oficial como resolución conjunta de la Secretaría de Hacienda 126/2010 y de Finanzas 41/2010 recién en diciembre del mismo año), que es obvia la ausencia de contraprestación - ni Vandenbroele ni Formosa presentaron un informe que exponga el rol de TOF en la reestructuración, que no era necesaria consultoría alguna para renegociar deudas entre el Estado Nacional y un Estado Provincial.
Pero si bien este "servicio" realizado a la provincia fue facturado por TOF -la primera factura real de su existencia-, de la causa Formosa se extraen otros elementos curiosos: ¿si la reestructuración de deuda se hizo en el contexto del Programa Federal de Desendeudamiento firmado por la Presidente el 10/5/2010, porqué se formaliza el bono emitido con fecha 30/4/2010? ¿Por qué Insfrán firma un preacuerdo con Vandenbroele seis meses antes de tomar control de TOF el 5/3/2009?
Según elementos de la causa volcados por Hernán Cappiello en La Nación del 8/1/2013, la historia de la contratación de Vandenbroele en Formosa comienza en febrero de 2009, cuando presentó sus antecedentes al gobierno de Insfrán. Y el 5/3/09 se firmaba un memorándum de entendimiento con el FONFIPRO, organismo provincial de donde salieron los $7,6 millones. Recién el 1/9/09 toma control de TOF y diez días después firma un convenio para realizar el canje de deuda pública formoseña a través de la consultora. Allí se destacaba una vez más la "gran experiencia y conocimiento en relación con la reestructuración de deuda pública y privada y en la ejecución de canjes de deuda privada" que tenían los integrantes y asesores de TOF.
Quizá se refieran a quienes, un año antes - mayo de 2008- instrumentaron el canje de los bonos Lapacho I y Lapacho II de Formosa que habían sido pesificados en el 2002 e indexaban por CER. En ese momento se consideró que el riesgo CER era alto y los asesores legales -el estudio Cabanellas, Etchebarne, Kelly & Dell'Oro Maini- y financieros -la consultora Arcadia Advisors, en cabeza del mismo Marcelo Etchebarne- sugirieron redolarizar los títulos, estirar su vencimiento al 2022 y pagar un tasa del 5%. En ese momento los tenedores mayoritarios de los bonos Lapacho eran inversores institucionales (bancos y AFJP's). Un canje de esta naturaleza resultaba difícil de justificar para ellos ya que se planteó con una fuerte quita. Sin embargo, Marcelo Etchebarne personalmente se encargó de negociar utilizando argumentos amenazantes que resultaron convincentes, a juzgar el 99% de adhesión al canje. Además, los primeros avisos de pago del bono FORM3 resultante del canje están informados a la Bolsa de Comercio de Bs. As. por el mismo estudio de Etchebarne, fijando domicilio en San Martín 323 piso 17.
Si bien se atribuye el pago de Formosa a TOF a cierto asesoramiento financiero que no existió, quizá la retribución estuviera vinculada a los servicios de Arcadia Advisors por la gestión del canje del 2008. ¿Cómo se explica que Vandenbroele haya firmado un preacuerdo con la provincia en febrero de 2009, cuando el Programa Federal de Desendeudamiento se firmó 14 meses después? ¿A quién representaba este ignoto consultor? La relación entre Etchebarne y Boudou quedaría expuesta algunos meses después, ya con éste como Ministro de Economía en los mails que mencionamos. Lo cierto es que no hay dudas que, por un mecanismo u otro, se instrumentó un retorno al que se pretendió disfrazar de acto institucional.
De la misma causa Boudou-Ciccone se desprende que parte de los fondos con los que TOF adquiere la calcográfica (U$S 620000) fueron girados por -supuestamente- Raúl Moneta quien instruye a la empresa Southern Securities LLC la transferencia de ese monto a la firma Dusbel S.A. en Uruguay. Posteriormente, mediante la firma P.T. Bex Bursátil Sociedad de Bolsa comprará títulos públicos argentinos que ingresan a Facimex S.A en Argentina -cuya propiedad se atribuye a Jorge Brito-, quienes venden esos títulos por $2,4 millones que serán transferidos a la cuenta de TOF en el Banco Macro, donde se acreditaron el 29/10/10.
La firma P.T.Bex está investigada en España por el caso Bárcenas-Rajoy y en Uruguay por el mismo caso Ciccone, ambos por lavado de dinero. Facimex, por la venta de Préstamos Garantizados a Anses a precios arbitrarios generando un fuerte perjuicio al Fondo de Garantía de Sustentabilidad.
Finalmente nos adentramos en los motivos que llevaron al Juez Lijo a dictar el auto de procesamiento contra el Vicepresidente de la Nación por entender que el Sr. Amado Boudou es AUTOR de los delitos de COHECHO PASIVO en concurso ideal con negociaciones incompatibles; lo que agrava aún más la situación del Sr. Boudou.
A mérito de la brevedad vamos a hacer un recorrido de lo aportado y demostrado en la causa que acreditan los indicios que llevaron al Juez Ariel Lijo, primeramente a citar a declaración indagatoria y luego a procesar al Sr. Amado Boudou entre otros.
Según surge de la Causa instruida, Ciccone Calcográfica -presentaba una deuda con AFIP y a la vez se encontraba con una presentación por quiebra, por lo cual la intervención del Sr. Amado Boudou, primero en su calidad de Ministro de Economía y luego como Vicepresidente de la Nación fue imprescindiblemente necesaria para poder conseguir los beneficios para Ciccone Calcográfica, para sus socios y para él mismo.
Amado Boudou -siendo MINISTRO DE ECONOMÍA de la NACIÓN:
Habría adquirido la empresa quebrada y monopólica Ciccone Calcográfica, a través de la sociedad The Old Fund y de Alejandro Vandenbroele -último de contratar con el Estado Nacional la impresión de billetes y documentación oficial.
Habría acordado con Nicolás y Héctor Ciccone, y Guillermo Reinwick la cesión del 70% de la empresa "Ciccone Calcográfica" a cambio de la realización de los actos necesarios para que la firma pudiera volver a operar y contratar con la Administración Pública.
Habría tenido injerencia, de forma directa, presenciando las reuniones para la adquisición, en el trámite de un plan de pagos ilegal en AFIP.
Amado Boudou -siendo VICEPRESIDENTE de la NACIÓN:
Habría intervenido, a través de personas interpuestas, en los actos necesarios para el levantamiento de la quiebra, con el objetivo de obtener el certificado fiscal para contratar con el Estado Nacional.
Por consiguiente, según obra en la causa judicial que lleva adelante el ya mencionado Juez Ariel Lijo, el Estado habría tenido intenciones de adquirir la empresa concursada "Ciccone Calcográfica" para la impresión de papel moneda, debido a que la producción de billetes de Casa de la Moneda era insuficiente. Se decretó la quiebra de la empresa "Ciccone Calcográfica" y al día siguiente, la firma fue ofrecida por AFIP a Casa de la Moneda para que continúe con la actividad lo que determinó que los dueños de la empresa -la familia Ciccone- buscaran la aprobación de un plan de pagos en la AFIP y así se levantara la quiebra. En este sentido, Guillermo Reinwick, yerno de Nicolás Ciccone, habría hablado con Gabriel Bianco quien lo habría conectado con Amado Boudou y Núñez Carmona. Boudou y Núñez Carmona se habrían interesado en el negocio que implicaría adquirir Ciccone y lo habrían materializado a través de la firma TOF -permitía el anonimato de sus verdaderos dueños- Asimismo, la maniobra se habría materializado con división de funciones: Boudou habría aportado su condición de funcionario público y Núñez Carmona habría realizado, como privado, aquello que Boudou no podía, justamente por su cargo. En razón de que el Ministro de Economía no podía adquirir el monopolio de la producción de billetes, y que Núñez Carmona tampoco podía hacerlo debido a su pública relación con él, asignaron a Alejandro Vandenbroele ese rol, quien ya actuaba como representante de la firma TOF.
Concluyendo con lo sucedido según obra en la causa judicial, el Vicepresidente de la Nación se había reunido en dos oportunidades y finalmente TOF adquirió la mayoría accionaria de la firma Ciccone Calcográfica cediendo el 70% de la empresa a cambio del levantamiento de la quiebra, luego se habría puesto en marcha el salvataje de la empresa para así lograr el objetivo final de contratar con el Estado Nacional para la impresión de billetes.
Es decir el Sr. Amado Boudou abusando de su calidad como funcionario público y con pleno conocimiento de los hechos realizados y aprovechando los beneficios que le cometen por sus fueros, realizó actos que lo beneficiaron personalmente, ocasionando un grave perjuicio a nuestro país, desde lo institucional como desde lo económico.
De por sí el estar sospechado para un funcionario público de tan alto grado, con pruebas documentadas de lo que se le imputa, es más que suficiente para que quede configurado el mal desempeño en sus funciones, y ello lleva consigo la falta de idoneidad para continuar en el ejercicio de la Vicepresidencia de la Nación.
De ahí que la HCDN en una de sus funciones primordiales, que es ejercer el control del buen desempeño de los funcionarios públicos, debe iniciar el proceso de juicio político, no puede ser cómplice de las irregularidades denunciadas y demostradas con un grado de verosimilitud tal, que han hecho que se dicte el auto de procesamiento por cuanto se han reunidos los indicios vehementes para así dictaminarlo.
La interacción de la causa Boudou-Ciccone con nuestras denuncias es evidente, a tal punto que resulta obvia una común matriz operativa institucionalizada, todo lo cual amerita el juicio político que aquí se solicita llevar adelante.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
RIESTRA, ANTONIO SABINO SANTA FE UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUICIO POLITICO (Primera Competencia)
Dictamen
12/08/2014
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0433/2014 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0703-D-2012, 7951-D-2013, 8128-D-2013, 8273-D-2013, 0936-D-2014, 4228-D-2014, 4269-D-2014, 5148-D-2014, 5151-D-2014 y 5156-D-2014 DICTAMEN DE MAYORIA: ACONSEJA RECHAZAR IN LIMINE LOS PEDIDOS DE JUICIO POLITICO; CINCO DICTAMENES DE MINORIA: ACONSEJAN LA APROBACION DE PROYECTOS DE RESOLUCION PROMOVIENDO EL JUICIO POLITICO; CONSIDERADO JUNTO CON EXPEDIENTE 0116-P-2013; FE DE ERRATAS; OBSERVACIONES: 2 SUPLEMENTOS CON FE DE ERRATAS 12/08/2014