JUICIO POLITICO
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Jefe SR. VÁZQUEZ LUIS ALBERTO
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1241-D-2007
Sumario: PROMOVER JUICIO POLITICO AL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR, DOCTOR ANIBAL FERNANDEZ, POR MAL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES EN RELACION CON LAS DECLARACIONES CONTRA EL PRESIDENTE DE LA CAMARA DE CASACION PENAL.
Fecha: 03/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 23
Promover juicio político al Señor
MINISTRO DEL INTERIOR, Dr. Aníbal Fernández, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 53 de la Constitución Nacional por mal desempeño en el ejercicio
de sus funciones en relación con las declaraciones vertidas contra el Presidente
de la Cámara de Casación Penal, exigiéndole su renuncia.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Señor Ministro del Interior, como lo
vio y escuchó la ciudadanía le pidió al Presidente de la Cámara de Casación
Penal, Alfredo Bisordi, que "renuncie" a la magistratura y así le haga "un bien a la
patria". "Doctor Bisordi: ¿por qué no renuncia?, renuncie, váyase..." exclamó el
titular de la cartera política.
Principalmente no debió haber actuado
frente a este atropello a la forma Democrática y Republicana de Gobierno.
El señor Presidente con sus
expresiones violó la Constitución Nacional, que expresa en su Artículo 109: En
ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales,
arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas.
A pesar de ello al Señor Presidente lo
llevó a ese cargo la voluntad popular y puede haberse expresado como lo hizo, tal
vez representando a una parte de la ciudadanía que lo votó, a pesar de conformar
una coerción inaceptable, más allá de un claro prejuzgamiento ante un eventual
enjuiciamiento por parte de la Cámara de Casación Penal, y un avance del Poder
Ejecutivo contra la división de poderes.
Pero al Señor Ministro del Interior no le
caben excusas ni privilegios, porque es un funcionario empleado del Gobierno
Nacional que no tiene atribuciones para entrometerse en el funcionamiento del
Poder Judicial, y menos abriendo juicio sobre las cualidades de los miembros del
tribunal y de su presidente en especial.
Las instituciones judiciales son la
piedra angular de cualquier sistema republicano, pero las demoras crónicas
aumentan la falta de confianza del ciudadano, que además advierte la ausencia de
independencia en ciertos magistrados, mientras la corrupción y las sospechas de
manipulación política afectan sus bases al extremo de desnaturalizarlas.
La Cámara de Casación es el tribunal
penal más alto del país. Está sólo un peldaño por debajo de la propia Corte
Suprema de Justicia. Incluso, muchos casos que pasan por Casación reconocen
esa instancia como la última y no pasan por la Corte Suprema.
Anteriormente es necesario aclarar que
la Cámara de Casación Penal sólo intervenía en casos excepcionales para
controlar si se habían aplicado bien las normas penales; ahora, controla también
hechos y pruebas. Hoy, los juicios se están llevando a cabo desperdigadamente
según el lugar de presunta comisión del delito, no como en 1983, cuando se
unificaron las causas en tribunales que, además, recibieron un gran aporte
económico.
Debemos recordar que en su momento
hemos advertido por las modificaciones en el Consejo de la Magistratura y en el
Jurado de Enjuiciamiento y ahora nuevos hechos renuevan la profunda
preocupación y, en consecuencia se debe guardar el respeto y la consideración
debida a los jueces intervinientes, teniendo en cuenta la división de poderes y la
independencia del Poder Judicial; más allá de la saturación de trabajo de los
tribunales penales, sobre todo en esa Cámara a partir del fallo de la Corte dictado
en la causa Casal, resultan incontrovertibles la independencia de criterio y
probidad con que actúan los magistrados cuestionados.
Se solicita el acompañamiento del
presente proyecto en defensa de las instituciones republicanas.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GALVALISI, LUIS ALBERTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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JUICIO POLITICO (Primera Competencia) |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 2268/2009 | LA COMISION ACONSEJA DESESTIMAR EL PEDIDO DE JUICIO POLITICO, POR IMPROCEDENTE; OBSERVACIONES: 1 SUPLEMENTO | 20/11/2009 |