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PROYECTO DE LEY
Expediente: 7557-D-2006
Sumario: OBLIGATORIEDAD DE INSTALAR EN TODO LOS VEHICULOS DE FABRICACION NACIONAL O IMPORTADOS UN DISPOSITIVO PARA LIMITAR LA VELOCIDAD MAXIMA.
Fecha: 13/02/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 198
Artículo 1° - Los vehículos que se
fabriquen en el país o que se importen para ser librados al tránsito público,
deberán tener un dispositivo limitador de velocidad máxima permanente e
inviolable, adaptado a la velocidad máxima permitida de acuerdo a las siguientes
categorías y velocidades:
a) Motocicletas y automóviles: hasta
140 Km/h
b) Camionetas: hasta 110 Km/h
c) Microómnibus, ómnibus y casas
rodantes motorizadas: hasta 100 Km/h
d) Camiones y transportes de
sustancias peligrosas: 80 Km/h
Artículo 2º - Están exceptuados de lo
establecido en la presente los vehículos destinados al servicio de ambulancias y de
seguridad.
Artículo 3º - El Poder Ejecutivo
nacional negociará con las Altas Partes contratantes del MERCOSUR a fin de
incorporar un dispositivo limitador de velocidad máxima en los Reglamentos
Técnicos adoptados por todos los Estados Parte.
Artículo 4º - De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las estadísticas nos dan cuenta diariamente de los trágicos accidentes en
la vía pública, muchos de los que podrían evitarse con la sola observancia de las
velocidades máximas de circulación.
Los vehículos modernos desarrollan
velocidades que exceden a las legalmente permitidas y que se han establecido
teniendo en cuenta la infraestructura vial presente en nuestro país.
Un dispositivo que limite la propulsión
del motor hasta el máximo permitido o que desconecte su alimentación eléctrica
cuando la velocidad va más allá de las permitidas, es la solución que vislumbramos
para evitar que las estadísticas se mantengan en los niveles actuales o lo que sería
peor, sigan creciendo.
Es en virtud de lo expuesto y en el
ejercicio de las atribuciones del Artículo 75 Incisos 12 y 13 de la Constitución
Nacional que introducimos la presente iniciativa, que consideramos debe,
asimismo, ser llevada al ámbito de integración regional, por lo que solicitamos su
urgente tratamiento y aprobación.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BALESTRINI, ALBERTO EDGARDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |
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