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Comisión Permanente

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6975-D-2006

Sumario: PROHIBICION DE EXPORTACION DE DESPERDICIOS Y DESECHOS DE VIDRIO COMO ASI TAMBIEN "VIDRIO EN MASA" - RESOLUCION "MEYP" 604/06 -. DEJASE SIN EFECTO JURIDICO POR CONTRADECIR LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 29 DE LA LEY 24307, DEL PRESUPUESTO 1994.

Fecha: 20/11/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 177

Proyecto
ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto jurídico alguno la Resolución Nº 604/2006 del registro del Ministerio de Economía y Producción de la Nación, de fecha 7 de agosto de 2006, por contradecir lo dispuesto por el artículo 29 de la ley Nº 24.307, ratificatorio del Decreto Nº 2284/91.
ARTICULO 2º.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Ministerio de Economía y Producción, dictó la Resolución Nº 604/06 por la que dispone prohibir la exportación de desperdicios y desechos de vidrio como así también de los de vidrio en bloques, lingotes o formas similares (vidrio en masa), comprendidos todos en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 7001.00.00. Para fundamentar tal decisión, el Poder Ejecutivo cita que “... es firme decisión del Gobierno Nacional la instrumentación de una política económica destinada a mantener la estabilidad de los precios internos a fin de sostener el crecimiento del empleo y la demanda agregada .Que se observa un significativo aumento de los precios internos de desperdicios y desechos de vidrio como así también de los de vidrio en bloques, lingotes o formas similares (vidrio en masa), ocasionado, básicamente, por un sostenido incremento de la demanda proveniente del sector externo, la cual presenta, además, una tendencia marcadamente expansiva...”
La medida adoptada, pone en evidencia nuevamente la falta de coherencia y de rumbo que padece la política comercial argentina. Un país que devalúa abruptamente su moneda y que la sostiene artificialmente devaluada, lo hace con el objetivo de promover e incentivar las exportaciones de los productos locales. Sin intención de criticar el modelo adoptado, está clara la discordancia entre lo dicho y lo hecho por las autoridades oficiales, ya que por un lado se dice que un dólar alto permite aumentar nuestras exportaciones y posicionar mejor a nuestro país en el mundo, y por otro se prohíbe la exportación de ciertos productos en momentos en que hay una tendencia marcadamente expansiva de demanda externa de los mismos.
Confiesa el gobierno que el objetivo de la medida es que no suban los precios internos. En este caso, al evitar que suba el precio de los insumos de vidrio, beneficia concretamente a los pocos empresarios que fabrican envases. ¿Puede un gobierno favorecer a empresarios particulares o sólo es legítimo que dicte normas de alcance general? ¿Se trata de una medida que afecta la competencia de envasadores del MERCOSUR? Este tipo de acciones arbitrarias e inconsultas lo que hace es perjudicar seriamente a la Argentina, pues todos sus compradores toman nota de que no es un proveedor confiable, ya que ante cualquier cuestión interna, no cumplirá sus contratos por mandato de sus propias autoridades. Este daño es grave y de largo plazo y afecta a todos los exportadores argentinos de cualquier cosa.
El cortoplacismo y la inmediatez deben dejar de ser los ejes que guíen el accionar del Gobierno si es que verdaderamente queremos construir un país serio.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INDUSTRIA (Primera Competencia)
COMERCIO
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0813-D-08