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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6820-D-2008

Sumario: CREACION DE UN SISTEMA DE SUSTENTABILIDAD DE LA PRODUCCION NACIONAL MEDIANTE LA DEVOLUCION DEL 3 % DEL IVA EN LA COMPRA DE PRODUCTOS NACIONALES.

Fecha: 16/12/2008

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 181

Proyecto
ARTÍCULO 1º): Creación. Créase un Sistema de Sustentabilidad de la Producción Nacional mediante la Devolución del tres por ciento (3 %) de la alícuota establecida por la Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las compras de productos nacionales realizados por los consumidores finales.
ARTÍCULO 2º): Las devoluciones a las que hace referencia en el artículo anterior se realizarán por medio de descuentos en las compras en efectivo en las cadenas de hipermercados o por medio de devolución en las tarjetas de créditos o débitos utilizados para realizar las compras por los consumidores finales.
ARTÍCULO 3º): Plazos. Este Sistema de Devolución se mantendrá durante un plazo de seis (6) meses.
ARTÍCULO 4º): Concepto. A los efectos del cumplimiento de lo establecido en esta Ley, el Ministerio de la Producción de la Nación, acordará con las cadenas de hipermercados y con las entidades financieras responsables de emitir tarjetas de créditos y/o débitos la forma en que se le compensará el tres por ciento (3 %) del Impuesto al Valor Agregado descontados a los consumidores finales en el momento de realizar la compras. Estos porcentajes no podrán superponerse, es decir se le aplicará una sola vez en cada compra por algunos de los dos mecanismos de devolución, el de efectivo en supermercados o el de compra con tarjetas.
ARTÍCULO 5º): Si fuese necesario y beneficioso para los productores nacionales o para los consumidores finales, el Ministerio de la Producción de la Nación, podrá acordar con algún otros sector, que participe en la cadena de producción y comercialización, una implementación de este sistema de acuerdo a lo establecido en la presente.
ARTÍCULO 6º): De la Regulación. La regulación del Sistema de Sustentabilidad de la Producción Nacional mediante la Devolución del tres por ciento (3 %) del Impuesto al Valor Agregado la realizará el Ministerio de la Producción.
ARTÍCULO 7º): Autoridad. La Autoridad de Aplicación, Control y Seguimiento de la presente será la Secretaría de Industria, Comercio y Pymes de la Nación, cuyas competencias en el marco del presente Régimen serán las siguientes:
La interpretación, reglamentación y aplicación de la presente;
El control, fiscalización y seguimiento;
Proveer las medidas y resoluciones necesarias para garantizar el cumplimiento del presente Sistema y
Elaborar un Régimen Sancionatorio en caso de incumplimiento de la presente Ley.
ARTÍCULO 8º): Invítese a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse a la presente Ley.
ARTÍCULO 9º): Las disposiciones de la presente Ley serán reglamentadas dentro de los treinta (30) días de su promulgación.
ARTÍCULO 10º): Toda norma o sistema en vigencia que sea más favorable al consumidor final o a los productores nacionales mantendrá su vigencia.
ARTÍCULO 11º): Deróguense las normas y/o disposiciones que se opongan a la presente.
ARTÍCULO 12º): De Forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente Proyecto de Ley que se pone a consideración de este Honorable Congreso de la Nación, tiene por finalidad crear un Sistema de Sustentabilidad de la Producción Nacional mediante la Devolución del tres por ciento (3 %) de la alícuota establecida por la Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las compras de productos nacionales, realizadas por los consumidores finales, por un período de seis (6) meses.
Sin lugar a dudas la Globalización ha realizado grandes y trascendentales cambios en los sistemas de intercambio en el mundo. Hoy el tránsito de un país o de una región a otra de bienes, servicios y personas ha traído muchos beneficios para una gran parte de los habitantes del planeta. Estamos en condiciones de decir que hace 100 años la mayoría de la gente nunca salía de la ciudad en la que nacía y en cambio ahora cualquier persona puede trasladarse desde cualquier capital del mundo a la más alejada en menos de 48 horas.
Pero con la misma rapidez que llegan las noticias de un continente a otro, también llegan las crisis. Esto quedó demostrado a partir de lo que sucedió de Méjico a principio del año 1995, y de lo de ahí en más ocurrió en Rusia, en Brasil, en los países asiáticos, etc.
Lo de 1995 fue un alerta que sirvió como experiencia para todos los economistas del mundo, que en ese caso se vieron sorprendidos por la forma en que un debacle en una economía local podía afectar a todo el planeta.
Lo que muy pocos pudieron ver, por lo menos con la anticipación necesaria como para reducir los efectos negativos, es que en el país hegemónico podía darse una situación de inestabilidad económica que sin lugar a dudas iba a conmocionar al mundo. Es así, que el coletazo de la crisis hipotecaria de los Estados Unidos está llegando a todas partes, de una forma que ni siquiera se puede mensurar. Independientemente del grado de relación o dependencia que se tenga con ese país del norte de nuestro continente esta crisis llegará a casi todos los estados.
Argentina no es la excepción, y la Presidenta Dra. Cristina Fernández lo sabe muy bien, y es por eso que está trabajando y aplicando distintos paquetes de medidas económicas para sostener el crecimiento y el nivel de consumo.
Nosotros con este Proyecto de Ley pretendemos aportar algunas medidas, que estamos convencidos que van a producir un doble efecto que ayudará para aliviar las consecuencias negativas de la crisis global.
Demostrado una vez más, que el mercado no se equilibra por sí solo, se necesitan tomar medidas para paliar la situación, y es ahí a donde apuntamos con este Proyecto de Ley, por una parte, logramos proteger la producción nacional, con eso se sostiene la actividad económica local y los puestos de trabajos, y en otro sentido producir una rebaja en los precios finales de los productos nacionales del tres por ciento (3 %) que impactará favorablemente en los bolsillos de todos los ciudadanos argentinos. Este descuento logrará que ante dos productos similares uno de origen nacional y otro importado, el consumidor final opte por el que se produce en nuestro país, con todas las consecuencias positivas que esto trae aparejado.
Seguramente, de la lectura del proyecto surgirá la pregunta de que por qué no se realiza una modificación en la Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA), la respuesta a eso tiene la siguiente explicación, lo que buscamos es que el descuento sea recibido directamente por el consumidor final, que como se sabe, es el que termina pagando el impuesto. De reducir directamente la alícuota correríamos el riesgo de que sea absorbido por algunos de los eslabones que conforman la cadena de elaboración o comercialización como una disminución en los costos y por ende no se traduzca en el precio final.
La aplicación por un período de seis meses se debe a que es una medida paliativa para sostener las actuales variables económicas de nuestro mercado doméstico durante la crisis global.
Por todo lo anterior es que creemos que este proyecto preserva a los productores nacionales, mantiene los puestos de trabajo, mantiene la actividad económica y beneficia al consumidor local, que como siempre pasa es el más afectado.
Esperamos que en función de estos fundamentos y de lo que la realidad del contexto internacional nos presenta, nuestros pares acompañen el presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, RAUL PATRICIO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
INDUSTRIA
COMERCIO