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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6567-D-2018

Sumario: OBLIGATORIEDAD DE ROTULADO INFORMATIVO PARA ALIMENTOS DE CONSUMO HUMANO CON EXCESO DE GRASAS, AZUCARES Y SAL.

Fecha: 18/10/2018

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 144

Proyecto
Artículo 1°- Todos los alimentos y bebidas procesadas y envasadas para consumo humano que contengan azúcar, sal y/o grasas y que se comercialicen en la República Argentina deberán informar mediante una etiqueta ubicada en la parte frontal del producto en letra visible la cantidad de gramos de dichos productos.
Artículo 2º. Todos los alimentos y bebidas procesadas y envasadas para consumo humano y que se comercialicen en la República Argentina deberán informar mediante una etiqueta ubicada en la parte frontal del producto mediante un sistema gráfico con barras de colores si presentan un alto, medio o bajo contenido de sustancias perjudiciales para la salud.
Artículo 3°- El Ministerio de Salud de la Nación será la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
Artículo 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El objetivo del presente proyecto es asegurar que los consumidores de alimentos tengan la información necesaria para decidir libre y conscientemente acerca de que productos ingerir en función de resguardar su salud y su calidad de vida.
Realizamos esta presentación porque consideramos que el Estado debe garantizar que las personas estén en condiciones de decidir con toda la información necesaria que productos elegir para alimentarse, es una forma de proteger a los ciudadanos y con ello mejorar la salud pública.
Es sabido por la población en general que la ingesta elevada de azúcares sodio y grasas perjudican la salud pudiendo generar la aparición de enfermedades tales como diabetes, obesidad o hipertensión, ello es sabido, lo que no es conocido es que componentes de estos productos tienen los alimentos que adquirimos e ingerimos y debemos facilitar ese conocimiento.
En la actualidad el etiquetado es confuso y pretendemos un etiquetado claro, visible y con los mismos parámetros para todos los productos lo que facilitaría la comparación entre ellos.
En el artículo 2 del presente proyecto proponemos que se utilice un sistema de barras tal y como se estableció en Ecuador en donde se ha dictado el "Reglamento Sanitario de Etiquetado de Alimentos Procesados para el Consumo Humano. Ello por cuanto pretendemos que el consumidor con una rápida mirada pueda saber si el alimento contiene o no grasas, azúcares saturados o sodio y en que niveles. No establecemos colores ni formas ya que consideramos que ello será materia de reglamentación.
Cabe destacar que esta iniciativa está en consonancia con la jornada desarrollada en el Congreso de la Nación por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y la Cámara de Diputados en agosto de este año.
En ella, funcionarios, legisladores, expertos, académicos y referentes de la sociedad civil llamaron a establecer el etiquetado frontal de alimentos en Argentina para mejorar la información de los consumidores y promover una alimentación saludable.
La representante de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS) en Argentina, Maureen Birmingham manifestó que: “El problema de la obesidad en Argentina, así como en el resto de la región de las Américas, es muy grave, preocupante y desafía a los estados a impulsar políticas regulatorias para dar respuesta efectiva sanitaria a esta problemática. Al igual que otras formas de malnutrición, la obesidad está afectando a la población más pobre y vulnerable” “…con toda la evidencia existente sobre el daño que causa el consumo excesivo de azúcar, en Argentina no es obligatorio para la industria declarar la cantidad de azúcar agregada que posee el alimento procesado. Así, el consumidor no está accediendo a esa información y por tanto no puede ejercer su pleno derecho”. “Por eso, es necesario avanzar a un sistema de etiquetado de alimentos y bebidas que garantice la posibilidad de ejercer los derechos los consumidores y proteger la salud de la población, en especial a los más vulnerables como los niños, niñas y adolescentes”.
“Argentina tiene una oportunidad histórica de liderar este tema en la región, no sólo porque los datos hablan de una epidemia difícil de controlar y bastante irreversible, sino porque no hay duda de que estamos ante un problema de salud pública y no de decisiones individuales” señaló la representante de UNICEF en Argentina, Ana De Mendoza.
El ministro de Salud de la Nación, Adolfo Rubinstein expresó que “La obesidad es una amenaza no sólo desde la perspectiva sanitaria por todos los problemas que puede traer de enfermedades crónicas, cardiovasculares, cáncer, diabetes, sino también por cómo puede afectar al desarrollo económico con las próximas generaciones…..Hoy sabemos que en Argentina un 60 por ciento de la población adulta tiene sobrepeso y obesidad al igual que el 40 por ciento de los niños, y eso está creciendo aceleradamente”
En atención a lo manifestado es que solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO LA PAMPA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
INDUSTRIA