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PROYECTO DE LEY
Expediente: 5915-D-2017
Sumario: PRORROGA DE LOS PLAZOS PREVISTOS EN LOS ARTICULOS 17 Y 25 DE LA LEY 25080 - INVERSIONES PARA BOSQUES CULTIVADOS - Y SUS MODIFICATORIAS, POR EL TERMINO DE 10 AÑOS.
Fecha: 09/11/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 163
Artículo 1: Prorróganse los plazos previstos en los artículos 17, párrafo 2° y 25 de la ley N° 25.080, por el término de diez (10) años contados a partir del vencimiento establecido por el artículo 2° de la ley N° 26.432.
Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los bosques implantados, son los cultivados por el hombre con fines forestales, y constituyen un ecosistema artificial temporario que puede también evolucionar hacia un ecosistema forestal. Su objetivo principal es el de conseguir, en tiempos más o menos cortos y siguiendo un plan de manejo del cultivo, productos madereros en elevada cantidad y con calidades específicas, en relación con las regiones fitoclimáticas y las condiciones ambientales y socioeconómicas del sitio en que se localiza el emprendimiento.
A pesar que algunos países en desarrollo, como Brasil y Chile, tienen una importante participación en la actividad forestal, el comercio mundial de la madera está muy concentrado, y es así, que los principales flujos comerciales se dan entre países desarrollados. En los últimos años han ocurrido cambios importantes en el mercado mundial forestal, principalmente como consecuencia de tres hechos. Por un lado, la nueva importancia de China como importador y exportador, por otro, los cambios de política en la Federación de Rusia que influyen en el suministro mundial de madera, y por último, la transformación de muchos países tropicales, antes exportadores de productos primarios, en exportadores de productos madereros secundarios
El mundo pierde 13.7 millones de hectáreas de bosques por año. La Argentina es uno de los países con mayor potencial para compensar ese déficit por tener una excepcional conjunción de condiciones ambientales que permiten implantar tanto especies de rápido crecimiento de uso industrial como maderas de alta calidad, con una amplia dotación de tierras aptas para bosques implantados.
Efectivamente, la Argentina tiene 20 millones de hectáreas aptas para la forestación sin competir con otras actividades agropecuarias. A esto debe agregarse el excepcional potencial para generar nuevos bosques, de alta eficiencia y con ritmos de crecimiento difíciles de igualar en otras partes del mundo. Adicionalmente, el comercio mundial de productos forestales está creciendo con un simultáneo incremento del déficit regional de madera. Por otro lado, las restricciones al aumento de la producción que hoy predomina entre la mayoría de los países productores contribuyen a otorgar a la Argentina una oportunidad única para recibir inversiones millonarias en el sector sistema productivo forestal.
La ley 25080, es un instrumento que fomenta esta actividad tan importante a nivel mundial y en desarrollo en nuestro país. Lo que establece la presente Ley es prorrogar esta normativa de fomento forestal, la cual vence en el año 2018 según lo establece la ley N° 26.432.
El objetivo de la presente es que no se interrumpa el proceso de promoción forestal alcanzado por la ley 25080. Razón por la cual, es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PASTORI, LUIS MARIO | MISIONES | UCR |
SEMHAN, MARIA DE LAS MERCEDES | CORRIENTES | UCR |
ZIEGLER, ALEX ROBERTO | MISIONES | LIBERTAD VALORES Y CAMBIO |
DINDART, JULIAN | CORRIENTES | UCR |
MONFORT, MARCELO ALEJANDRO | ENTRE RIOS | UCR |
VALDES, GUSTAVO ADOLFO | CORRIENTES | UCR |
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | DEL BICENTENARIO |
D'AGOSTINO, JORGE MARCELO | ENTRE RIOS | UCR |
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