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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 5113-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA INCORPORAR EL "ACUERDO PARA LA IMPLEMENTACION DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN LOS VEHICULOS 0 KILOMETRO", LA OBLIGATORIEDAD DE LA LUZ TRASERA ROJA ANTINIEBLA, LOS AIRBAGS CORTINA LATERALES, FRENOS A DISCO EN LAS CUATRO RUEDAS, Y LA PROHIBICION DE LAS TAPAS DECORATIVAS EN LAS RUEDAS.
Fecha: 17/10/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 154
Solicitar al Poder
Ejecutivo que arbitre los medios necesarios para incorporar en
el "Acuerdo para la implementación de elementos de seguridad
en los vehículos 0 km." que se comercialicen en Argentina; la
obligatoriedad de la luz trasera roja antiniebla, los airbags
cortina laterales, frenos a disco en las cuatro ruedas, y la
prohibición de las tapas decorativas en las ruedas; a
implemenarse a partir del año 2014.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El PEN firmó recientemente el
"Acuerdo para la implementación de elementos de seguridad en los
vehículos 0 km." que se comercialicen en Argentina, con la Agencia
Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Asociación de Fabricantes de
Automóviles (ADEFA) y la Cámara de Importadores y Distribuidores
Oficiales de Automotores (CIDOA), con el objeto de ampliar las medidas de
seguridad que serán obligatorias, en el corto y mediano plazo, en todos los
autos cero kilómetro que se vendan en el país (fabricación nacional e
importación).
El mencionado acuerdo amplia
uno anterior: El acuerdo destinado a mejorar la seguridad vial tuvo su
primera etapa en noviembre 2009, cuando se fijó un cronograma para la
incorporación obligatoria de doble bolsa de aire (conductor y
acompañante); sistema antibloque de frenos (ABS) y apoya-cabezas
laterales, que para 2014 deberán tenerlos el 100% de los vehículos
0km.
En octubre del año pasado, en
tanto, se había firmado la segunda etapa, que incluyó los apoyacabezas
centrales (obligatorio a los 24 meses desde su efectiva aplicación en
Europa), el dispositivo de alerta acústica de cinturón de seguridad (a partir
de 2014 para nuevos modelos y del 2015 para todos los 0km) y el
encendido automático de luces (a partir de 2014 para nuevos
modelos)
La tercera etapa del acuerdo
incorpora elementos de seguridad destinados al transporte de infantes, ya
que obliga que todos los modelos que se vendan en el país -tanto
nacionales como importados- tengan, a partir del 1° de enero de 2013, un
sistema de anclaje rígido o, en su defecto, cinturón de seguridad de 3
puntos en todas las plazas traseras contiguas a las puertas. Para 2016, los
nuevos modelos deben tener en al menos una plaza trasera el sistema de
anclaje rígido y para 2018 esa obligación regirá para todos los
modelos.
Además, antes del 1° de enero
de 2013 deberá estar en vigencia la normativa nacional para homologar las
sillas para niños que se comercialicen en el país, a través del
correspondiente Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad
(CHAS), y a partir del primer día de 2016, las sillas deberán estar
homologadas para ser utilizadas mediante el sistema de anclaje
rígido.
Por otra parte, todos los
vehículos "0 Km" deberán incorporar el ensayo de impacto frontal: esta
medida comenzará a regir en 2014 para los nuevos modelos y en 2016
para todos los modelos que se comercialicen en Argentina. Asimismo,
deberán tener el ensayo de impacto trasero obligatorio dos años después
de que se comience a aplicar en Europa.
Creemos que ampliar las
medidas de seguridad obligatorias en los autos que ingresaran al parque
automotor es una medida muy acertada. Pero creemos también que a las
medidas ya citadas debemos agregar:
- La obligatoriedad de la luz
trasera roja antiniebla: La luz trasera roja antiniebla es una luz que sirve
para hacer más fácilmente visible el vehículo, visto desde atrás, en caso de
niebla densa. A nuestro juicio es fundamental teniendo en cuenta las
características climáticas de algunas regiones de nuetro país. La luz roja
trasera antiniebla sólo debe ser utilizada cuando la visual no sea clara, por
niebla densa, lluvia intensa, nevada intensa o nubes densas de polvo o de
humo. Por el contrario, debe prohibirse su uso cuando la niebla no es
densa, la nevada o la lluvia no son intensas, ni las nubes de polvo o humo
no son densas.
-Airbags cortina laterales:
el air bag cortina es incluso más importante que los air bags frontales,
dado que si se utiliza el cinturón de seguridad los air bags frontales no son
imprescindibles, pero ante un impacto lateral los ocupantes del vehículo
no tienen protección alguna frente al golpe de la cabeza contra el vidrio de
la puerta.
-Frenos a disco en las
cuatro ruedas: según los expertos, lo aconsejable es que las cuatro ruedas
frenen parejo, cosa que es imposible de lograr cuando se combina frenos a
disco con frenos a tambor y cinta, ya que los segundos son menos
eficientes. Ambos sistemas se desgantan en tiempos distintos y este tipo
de vehículo termina funcionando sólo con freno de dos ruedas.
- Prohibición de tapas
decorativas en las ruedas: las tapas decorativas afectan la seguridad
porque cuando se balancea una rueda se lo hace sin las tapas, y
finalmente el trabajo resulta inútil. El correcto balanceado de ruedas es
muy importante sobre todo cuando se transita a alta velocidad, y la rueda
desbalanceada produce fatiga en los materiales de la suspensión, que se
traducirá en roturas, desgaste prematuro de amortiguadores y
malformaciones en el neumático, que a su vez ocasionará un frenado
menos eficiente.
La Seguridad Vial se entiende
como el conjunto de acciones y mecanismos que garantizan el buen
funcionamiento de la circulación del tránsito, mediante la utilización de
conocimientos (leyes, reglamento y disposiciones) y normas de conducta,
bien sea como Peatón, Pasajero o Conductor, a fin de usar correctamente
la vía pública previniendo los accidentes de tránsito.
Las causas que provocan los
accidentes de tránsito han sido analizadas y separadas en tres grandes
grupos que conforman los vértices del llamado Triángulo Accidentológico o
Trilogía Vial. Estos son el factor humano, el factor vehículo y el factor
ambiental. Los tres factores concurren necesariamente, motivan y
caracterizan el problema.
Factor Humano: Se considera
factor humano a la persona como peatón, pasajero, ciclista y conductor,
destacando su comportamiento en la vía pública y las condiciones
psicofísicas y técnicas que hacen apto al conductor.
Factor Vehicular: Este factor
está integrado por el móvil que circula por la vía pública, vehículo
automotor o tracción a sangre. El vehículo debe contar con una serie de
requisitos de seguridad activa y pasiva para poder circular en perfectas
condiciones de estado por la vía pública.
Factor Ambiental: Este factor
está integrado por el camino, su estructura vial, el señalamiento de
tránsito vertical, luminoso y horizontal; el mismo debe estar en perfectas
condiciones para ser circulado con todo tipo de vehículos.
La mayoría de las líneas de
acción en material de seguridad vial apuntan al control social, en el
sentido de la implementación de medidas correctivas y represivas para
evitar la sensación de impunidad en calles y carreteras, ante la pobre
conducta vial de los usuarios. Pero poco se hace respecto a los otros dos
componentes de la Seguridad Vial: vehículo y carretera, donde se
necesitan políticas de seguridad vial fundadas en conocimientos y en
valoraciones técnicas sobre sus consecuencias, o sea, mejoras funcionales
en los elementos objetivos y sostenibles: los vehículos y las
infraestructuras. Este proyecto hace foco en uno de los elementos de la
trilogía de la seguridad vial: los vehículos.
Sr. Presidente, estamos
convencidos de que la seguridad vial no puede ser la variable de ajuste:
decimos esto porque muchos vehículos importados ingresan al país con
menores implementos o accesorios de seguridad que los que el mismo
modelo o su equivalente posee cuando se comercializa en EEUU o en
Europa. ¿Por qué aceptar que ingrese al país mercadería de menor calidad
a la que esa misma firma entrega en otros países con normas más
exigentes?, máxime cuando mucha veces el valor del vehículo es muy
superior en nuestro país que lo que se paga en otras partes del mundo.
Sucede también que algunas
empresas ofrecen implementos de seguridad como accesorios de venta por
separado, como si fuesen accesorios de lujo. Corresponde dar tiempo
cuando lo que hay que adaptar es la tecnología, pero cuando esa
tecnología existe y está disponible, y los elementos de seguridad se sacan
para abaratar el producto, estamos permitiendo que se lucre con la vida de
los ciudadanos.
Por todo lo expuesto, y
entendiendo que las medidas propuestas permiten elevar los estandares de
seguridad de los vehículos que transitan por nuestro país, solicitamos a
nuestros pares que nos acompañen con la aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
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