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PROYECTO DE LEY
Expediente: 4274-D-2007
Sumario: INSTITUCION DEL PREMIO CALIDAD TOTAL ARGENTINA, LEY 24127: MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 1, 4 (ASPIRANTES), 5 (CATEGORIAS) Y 20 (INTEGRANTES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, DEFINICION).
Fecha: 27/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 111
ARTICULO 1°: Modificar el Articulo
1° de la Ley N° 24.127, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Declárese de interés
nacional el mejoramiento de la calidad en los procesos de producción de bienes y servicios e
instituyese el Premio Nacional a la Calidad, como también la eficiencia fiscal de las Jurisdicciones
Provinciales incluida la C.A.B.A. que serán instrumentados con entrega de trofeos y diplomas cuyo
diseño, material e inscripciones serán determinados en la reglamentación".
ARTICULO 2°: Modificar el Articulo
4° de la Ley N° 24.127, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Podrán aspirar a este
premio las empresas privadas o estatales y organismos de la administración pública que estén
domiciliadas en el territorio nacional, como también las Jurisdicciones Provinciales incluida la
C.A.B.A. y que hayan contribuido sustancialmente al bienestar socioeconómico de la República
Argentina, a través de procesos o sistemas de calidad efectivamente aplicados que estén destinados
a obtener mejoras en la calidad de sus productos o servicios, así la eficiencia en la administración
pública".
ARTICULO 3°: Modificar el Articulo
5° de la Ley N° 24.127, el que quedará redactado de la siguiente manera: "El premio se podrá
otorgar en distintas categorías entre empresas grandes, medianas y pequeñas, en los sectores
primario, secundario y terciario de la economía, mientras que en la administración pública se
establecerá categorías entre los distintos organismos y una única categoría que incluirá las
distintas jurisdicciones provinciales incluyendo la C.A.B.A."
Pueden otorgarse hasta dos premios en
cada una de las categorías.
Si ninguna empresa u organización se
ajusta a las exigencias y requisitos establecidos, se declarará desierto el concurso en la respectiva
categoría".
ARTICULO 4°: Modificar el Articulo
20° de la Ley N° 24.127, el que quedará redactado de la siguiente manera: "A los efectos de esta
ley, se considerarán integrantes de la administración pública, las distintas jurisdicciones
provinciales incluida la C.A.B.A. los diversos organismos y entes dependientes de los poderes
nacionales o provinciales, cuyo sostenimiento sea proveído, en forma parcial o total, con fondos
del erario público nacional o provincial".
ARTICULO 5°: De Forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con fecha 26 de Agosto de 1992 fue sancionada la
Ley N° 24.127, publicada en el Boletín Oficial el 24 de Septiembre de 1992 que instituyo el premio
"CALIDAD TOTAL ARGENTINA" PARA PROMOCION, DESARROLLO Y DIFUSIÒN DE LOS PROCESOS Y
SISTEMAS ORIGINADOS EN LAS RAMAS COMERCIAL E INDUSTRIAL Y EN LA ADMINISTYRACIÒN
PUBLICA.
Esta ley tiene como objetivo el reconocimiento al
desarrollo y difusión de los procesos y sistemas destinados al mejoramiento continuo de la calidad
en los productos y en los servicios, que se originan en el sector empresario y en la esfera de la
administración pública, a fin de apoyar la modernización y competitividad de esas organizaciones.
Son atributos de calidad, no excluyentes de otros: el desarrollo, capacitación y participación de
todos los miembros de la organización, la satisfacción del consumidor, la utilización de tecnologías
que aumenten la productividad, la integración conceptual y operativa con los proveedores, la
preservación del ambiente y la conservación de recursos.
Existen en nuestro país, un importante numero de
empresas, comercios que trabajan silenciosamente con el fin de mejorar la calidad en los procesos.
Estas empresas abarcan las mas variadas materias, siendo generadoras de empleos y que dan
solución al flagelo del desempleo. Esto habla muy bien de dichas entidades y reflejan con claridad
la voluntad para el crecimiento y desarrollo. Se trata de personas o grupos que con un gran
esfuerzo, en muchos casos sin ayuda alguna, llevan adelante sus proyectos de mejoramiento y de
calidad.
Por eso que destacamos la importancia de la
norma dictada, por cuanto reconoce el esfuerzo y la dedicación que en forma individual o asociada
estos actores económicos desarrollan sus proyectos productivos. Es decir, esta norma como política
de estado estimula e incentiva a superarse y alcanzar altos estándares de calidad en sus productos y
servicios.
Vale decir que, es muy bueno desarrollar y
estimular estas políticas bajo un concepto de calidad total. En este sentido, reiteramos la
importancia de esta ley, como una iniciativa para el estimulo y la promoción de la calidad en los
procesos de producción de bienes y servicios.-
Concretamente, el PROGRAMA QUE DECLARA DE
INTERES NACIONAL EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD EN LOS PROCESOS DE PRODUCCIÓN DE BIENES
Y SERVICIOS, INSTITUYENDO EL PREMIO CALIDAD TOTAL ARGENTINA previsto en la ley, es de
aplicación en todo el territorio de la Republica Argentina, siendo sus destinatarios las empresas
privadas o estatales y organismos de la administración pública que estén domiciliadas en el
territorio nacional y que hayan contribuido sustancialmente al bienestar socioeconómico de la
República Argentina, a través de procesos o sistemas de calidad efectivamente aplicados que estén
destinados a obtener mejoras en la calidad de sus productos o servicios. El premio se establece para
distintas categorías entre empresas grandes, medianas y pequeñas, en los sectores primario,
secundario y terciario de la economía, mientras que en la administración pública se establecerán
categorías entre los distintos organismos.
Otro instituto importante dentro del Programa de
Mejoramiento de la Calidad es la obligación de la organizaciones que reciban este premio de
difundir los conceptos, herramientas, procesos o sistemas para la mejora de la calidad entre otras
entidades establecidas en el país. En este orden nuestra propuesta apunta, sin modificar la esencia,
a otorgarle a la ley un sentido mas amplio, habida que existen Jurisdicciones Provinciales que no
solamente han logrado un alto estándar de calidad sino que también han logrado y merecería
premiarse, una alta eficiencia en la administración en su conjunto, alcanzando buenos niveles de
ejecución presupuestaria, altos niveles de crecimiento, bajos niveles de endeudamiento, etc.
Principalmente, esto significa que las
Jurisdicciones Provinciales incluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sean sometidas a una
objetiva evaluación anual de su comportamiento fiscal, económico, etc.-
Los cambios a los artículos que por medio de este
proyecto planteamos son: Artículo 1°: se amplía el concepto de mejoramiento de la calidad a la
eficiencia fiscal de las Jurisdicciones Provinciales incluida la C.A.B.A.; Artículo 4°: se amplían los
sujetos posibles beneficiarios de este premio a las Jurisdicciones Provinciales incluida la C.A.B.A.;
Articulo 5°: se amplían las categoría administración para la evaluación de los beneficiarios de este
premio; Artículo 20: se redefinen los integrantes de la Administración Pública.
Convencidos de que con estas modificaciones
mejoraremos el funcionamiento de esta ley, es que solicitamos a esta Honorable Cámara de
Diputados de la Nación, el acompañamiento al presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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POGGI, CLAUDIO JAVIER | SAN LUIS | FRENTE DEL MOVIMIENTO POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
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