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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4274-D-2007

Sumario: INSTITUCION DEL PREMIO CALIDAD TOTAL ARGENTINA, LEY 24127: MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 1, 4 (ASPIRANTES), 5 (CATEGORIAS) Y 20 (INTEGRANTES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, DEFINICION).

Fecha: 27/08/2007

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 111

Proyecto
ARTICULO 1°: Modificar el Articulo 1° de la Ley N° 24.127, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Declárese de interés nacional el mejoramiento de la calidad en los procesos de producción de bienes y servicios e instituyese el Premio Nacional a la Calidad, como también la eficiencia fiscal de las Jurisdicciones Provinciales incluida la C.A.B.A. que serán instrumentados con entrega de trofeos y diplomas cuyo diseño, material e inscripciones serán determinados en la reglamentación".
ARTICULO 2°: Modificar el Articulo 4° de la Ley N° 24.127, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Podrán aspirar a este premio las empresas privadas o estatales y organismos de la administración pública que estén domiciliadas en el territorio nacional, como también las Jurisdicciones Provinciales incluida la C.A.B.A. y que hayan contribuido sustancialmente al bienestar socioeconómico de la República Argentina, a través de procesos o sistemas de calidad efectivamente aplicados que estén destinados a obtener mejoras en la calidad de sus productos o servicios, así la eficiencia en la administración pública".
ARTICULO 3°: Modificar el Articulo 5° de la Ley N° 24.127, el que quedará redactado de la siguiente manera: "El premio se podrá otorgar en distintas categorías entre empresas grandes, medianas y pequeñas, en los sectores primario, secundario y terciario de la economía, mientras que en la administración pública se establecerá categorías entre los distintos organismos y una única categoría que incluirá las distintas jurisdicciones provinciales incluyendo la C.A.B.A."
Pueden otorgarse hasta dos premios en cada una de las categorías.
Si ninguna empresa u organización se ajusta a las exigencias y requisitos establecidos, se declarará desierto el concurso en la respectiva categoría".
ARTICULO 4°: Modificar el Articulo 20° de la Ley N° 24.127, el que quedará redactado de la siguiente manera: "A los efectos de esta ley, se considerarán integrantes de la administración pública, las distintas jurisdicciones provinciales incluida la C.A.B.A. los diversos organismos y entes dependientes de los poderes nacionales o provinciales, cuyo sostenimiento sea proveído, en forma parcial o total, con fondos del erario público nacional o provincial".
ARTICULO 5°: De Forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con fecha 26 de Agosto de 1992 fue sancionada la Ley N° 24.127, publicada en el Boletín Oficial el 24 de Septiembre de 1992 que instituyo el premio "CALIDAD TOTAL ARGENTINA" PARA PROMOCION, DESARROLLO Y DIFUSIÒN DE LOS PROCESOS Y SISTEMAS ORIGINADOS EN LAS RAMAS COMERCIAL E INDUSTRIAL Y EN LA ADMINISTYRACIÒN PUBLICA.
Esta ley tiene como objetivo el reconocimiento al desarrollo y difusión de los procesos y sistemas destinados al mejoramiento continuo de la calidad en los productos y en los servicios, que se originan en el sector empresario y en la esfera de la administración pública, a fin de apoyar la modernización y competitividad de esas organizaciones. Son atributos de calidad, no excluyentes de otros: el desarrollo, capacitación y participación de todos los miembros de la organización, la satisfacción del consumidor, la utilización de tecnologías que aumenten la productividad, la integración conceptual y operativa con los proveedores, la preservación del ambiente y la conservación de recursos.
Existen en nuestro país, un importante numero de empresas, comercios que trabajan silenciosamente con el fin de mejorar la calidad en los procesos. Estas empresas abarcan las mas variadas materias, siendo generadoras de empleos y que dan solución al flagelo del desempleo. Esto habla muy bien de dichas entidades y reflejan con claridad la voluntad para el crecimiento y desarrollo. Se trata de personas o grupos que con un gran esfuerzo, en muchos casos sin ayuda alguna, llevan adelante sus proyectos de mejoramiento y de calidad.
Por eso que destacamos la importancia de la norma dictada, por cuanto reconoce el esfuerzo y la dedicación que en forma individual o asociada estos actores económicos desarrollan sus proyectos productivos. Es decir, esta norma como política de estado estimula e incentiva a superarse y alcanzar altos estándares de calidad en sus productos y servicios.
Vale decir que, es muy bueno desarrollar y estimular estas políticas bajo un concepto de calidad total. En este sentido, reiteramos la importancia de esta ley, como una iniciativa para el estimulo y la promoción de la calidad en los procesos de producción de bienes y servicios.-
Concretamente, el PROGRAMA QUE DECLARA DE INTERES NACIONAL EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD EN LOS PROCESOS DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, INSTITUYENDO EL PREMIO CALIDAD TOTAL ARGENTINA previsto en la ley, es de aplicación en todo el territorio de la Republica Argentina, siendo sus destinatarios las empresas privadas o estatales y organismos de la administración pública que estén domiciliadas en el territorio nacional y que hayan contribuido sustancialmente al bienestar socioeconómico de la República Argentina, a través de procesos o sistemas de calidad efectivamente aplicados que estén destinados a obtener mejoras en la calidad de sus productos o servicios. El premio se establece para distintas categorías entre empresas grandes, medianas y pequeñas, en los sectores primario, secundario y terciario de la economía, mientras que en la administración pública se establecerán categorías entre los distintos organismos.
Otro instituto importante dentro del Programa de Mejoramiento de la Calidad es la obligación de la organizaciones que reciban este premio de difundir los conceptos, herramientas, procesos o sistemas para la mejora de la calidad entre otras entidades establecidas en el país. En este orden nuestra propuesta apunta, sin modificar la esencia, a otorgarle a la ley un sentido mas amplio, habida que existen Jurisdicciones Provinciales que no solamente han logrado un alto estándar de calidad sino que también han logrado y merecería premiarse, una alta eficiencia en la administración en su conjunto, alcanzando buenos niveles de ejecución presupuestaria, altos niveles de crecimiento, bajos niveles de endeudamiento, etc.
Principalmente, esto significa que las Jurisdicciones Provinciales incluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sean sometidas a una objetiva evaluación anual de su comportamiento fiscal, económico, etc.-
Los cambios a los artículos que por medio de este proyecto planteamos son: Artículo 1°: se amplía el concepto de mejoramiento de la calidad a la eficiencia fiscal de las Jurisdicciones Provinciales incluida la C.A.B.A.; Artículo 4°: se amplían los sujetos posibles beneficiarios de este premio a las Jurisdicciones Provinciales incluida la C.A.B.A.; Articulo 5°: se amplían las categoría administración para la evaluación de los beneficiarios de este premio; Artículo 20: se redefinen los integrantes de la Administración Pública.
Convencidos de que con estas modificaciones mejoraremos el funcionamiento de esta ley, es que solicitamos a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el acompañamiento al presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
POGGI, CLAUDIO JAVIER SAN LUIS FRENTE DEL MOVIMIENTO POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INDUSTRIA (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL