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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4006-D-2017

Sumario: OBLIGATORIEDAD DE LA COLOCACION DE UNA ETIQUETA CON INFORMACION DE EFICIENCIA ENERGETICA EN VEHICULOS AUTOMOTORES FABRICADOS Y COMERCIALIZADOS EN EL PAIS.

Fecha: 25/07/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 93

Proyecto
Artículo 1º. Las empresas que fabriquen y/o importen vehículos automotores deberán colocar en una ubicación visible de cada unidad nueva que se comercialice dentro del territorio de la República Argentina, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, una etiqueta de eficiencia energética.
Artículo 2º. A efectos de la presente ley la etiqueta a que se hace referencia en el artículo precedente deberá contener la información que a continuación se detalla, con las características que determine la autoridad de aplicación en uso de sus facultades reglamentarias:
a) Categoría de vehículo conforme a las establecidas por la Ley 24.449, tipo de combustible empleado, cilindrada (en caso de ser propulsados por motor de combustión interna o motor mixto de combustión interna y eléctrica).
b) Consumo promedio de combustible en ruta por cada 100 (cien) kilómetros recorridos.
c) Consumo promedio de combustible en área urbana por cada 100 (cien) kilómetros recorridos.
d) Consumo promedio de combustible combinado 50% ruta y 50% urbano por cada 10.000 (diez mil) kilómetros recorridos.
e) Emisión promedio de gases de efecto invernadero por kilómetro recorrido en ruta.
f) Emisión promedio de contaminantes al aire por kilómetro recorrido en ruta.
Artículo 3º. La autoridad de aplicación de la presente ley será la encargada de diseñar la etiqueta y de establecer los mecanismos para medir la información establecida en el artículo precedente. Asimismo será la encargada de indicar el lugar en que dicha etiqueta deberá ser colocada.
Artículo 4º. El Poder Ejecutivo Nacional establecerá la autoridad de aplicación de la presente ley.
Artículo 5º. La presente ley entrará en vigencia a los 3 (tres) años desde su promulgación y deberá ser reglamentada dentro de los 90 (noventa) días desde su publicación.
Artículo 6º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las eco-etiquetas son distintivos otorgados por la administración o por una organización privada o del tercer sector que garantizan el cumplimiento de determinados criterios ambientales respecto de un producto o grupo de productos determinados. De esta forma, los consumidores pueden reconocer de manera sencilla si un producto cumple con las especificaciones ambientales exigidas por el organismo certificador.
La principal característica de las eco-etiquetas es la rotulación de un producto para permitir que el consumidor pueda diferenciarlo de otros similares. Las ‘’eco etiquetas’’ tienen origen en la creciente conciencia global de los gobiernos, las empresas y el público en general respecto de la protección del medio ambiente. Este sistema de calificación se aplica a las más variadas familias de productos como ser artículos de limpieza, electrodomésticos, bombillas de luz, pinturas, procesos de construcción, etc. Los programas de eco-etiquetado demandan una reestructuración de los procesos productivos de las empresas, así como una nueva forma de presentar el producto final en los mercados.
El eco-etiquetado es un distintivo que informa y estimula a los consumidores a escoger productos y servicios con menor impacto negativo sobre el medio ambiente al tiempo que incentivan a que los fabricantes diseñen y elaboren productos y servicios cada vez más amigables con el entorno. Asimismo le facilitan a las industrias el acceso a los mercados que demandan mayor compromiso ecológico y de aquellos cuyos consumidores prefieren este tipo de productos, como ser el caso de algunos países de Europa. El eco-etiquetado facilita la visibilidad del producto y garantiza su calidad desde la perspectiva ambiental, ya que lo identifica frente a opciones similares que no cuentan con las mismas características.
En determinados casos las eco-etiquetas traen aparejadas beneficios económicos para el consumidor. En el caso del presente proyecto de ley, dicho beneficio se verá reflejado en el ahorro, medido en litros de combustible, para el usuario que elija (gracias a la información suministrada por la eco-etiqueta) a aquél vehículo que menos consume.
La herramienta del eco-etiquetado de automóviles resulta además de gran utilidad para los usuarios y consumidores ya que les facilita la toma de decisiones informadas al momento de adquirir una nueva unidad, considerando los futuros costos de combustible en comparación con otras marcas y modelos. A tal fin se toman parámetros tales como el rendimiento del motor en ruta y en uso urbano y la emisión de gases de efecto invernadero y de contaminantes, entre otras variables. Esta información es importante para el potencial usuario por cuanto se transparentan los costos y el ahorro de un vehículo dándole la opción de elegir al más eficiente desde el punto de vista energético y por su impacto en el ambiente.
Los valores que se consignen en la eco-etiqueta deberán corresponderse con lo que la autoridad de aplicación establezca como condiciones de laboratorio y protocolos homologados. Ello permitirá la posibilidad de comparar vehículos en base a los parámetros indicados. Vale destacar que la información de la etiqueta será orientativa ya que resultará imposible de antemano conocer los hábitos de manejo de cada conductor, la frecuencia del mantenimiento del vehículo y de las condiciones ambientales y geográficas de cada región del país, entre otras variables posibles.
En Chile, el etiquetado se aplica en todos los vehículos livianos de pasajeros –automóviles y SUV - de uso particular y de menos de 2700 kilos, y posiciona a dicho país como el primero de Latinoamérica en implementar una medida de estas características de manera obligatoria. En Méjico, por su parte, hay un programa mediante el cual se registran los datos de consumo de combustible y emisiones de contaminantes de los automotores. Dicha información se reporta al Portal Eco vehículos creado por el gobierno y está al alcance del público en general. Los datos se obtienen a través de las pruebas que realizan las instituciones dependientes de la Procuraduría Federal para la Protección Ambiental (PROFEPA) y de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE) en condiciones controladas de laboratorio.
Durante los últimos veinte años se han producido a nivel mundial grandes avances en materia ecológica y ambiental. Enrolándonos dentro de ese marco conceptual resulta primordial desarrollar políticas públicas que potencien el uso eficiente de los recursos energéticos. Las eco-etiquetas para automóviles resultarán sin dudas una útil herramienta para colaborar en la concreción de dichos objetivos.
En virtud de lo expuesto, solicito la sanción del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SPINOZZI, RICARDO ADRIAN SANTA FE UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
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