INDUSTRIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 106
Miércoles 12.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2107 Internos 2107/06/68
cindustria@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 3916-D-2015
Sumario: INSTITUTO NACIONAL DE LA MADERA Y EL MUEBLE - INMAMU -. CREACION.
Fecha: 16/07/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 88
Instituto Nacional de la madera y el
mueble
Título I - Creación, misiones y
funciones del INMaMu
Artículo 1°.- Créase el Instituto
Nacional de la madera y el mueble (INMaMu).
Artículo 2.- El Instituto nacional de la
madera y el mueble (INMaMu), tendrá los siguientes objetivos:
la incorporación de valor a la
madera;
la integración de las actividades de la
cadena maderera para maximizar la riqueza agregada en el país;
la conformación de clusters de
producción en las zonas productoras para lograr el aprovechamiento de los
factores de radicación y disminución de costos de producción;
la visión integral de la cadena, desde
la forestación hasta el diseño de muebles y la valoración de los mercados de
destino.
Artículo 3.- A los fines de lo
establecido en el artículo 2°, el Instituto nacional de la madera y el mueble
(INMaMu), tendrá las siguientes misiones:
establecer un plan anual de
promoción de la madera y el mueble;
establecer convenios de colaboración
con otros institutos nacionales o provinciales afines o complementarios de sus
actividades;
fomentar el uso de la madera
nacional en obras públicas y privadas;
fomentar el diseño y exportación
nacional de muebles.
Artículo 4.- Para cumplir con las
misiones encomendadas en el artículo anterior, el Instituto nacional de la madera y
el mueble (INMaMu), podrá:
otorgar subsidios, créditos
reembolsables o parcialmente no reembolsables, a nuevos emprendimientos;
otorgar subsidios, créditos
reembolsables o parcialmente no reembolsables, a pequeños productores para la
reconversión productiva;
otorgar subsidios, créditos
reembolsables o parcialmente no reembolsables, a industriales para la promoción,
apertura o mantenimiento de nuevos mercados de exportación de muebles de
madera nacional;
firmar convenios con los organismos
nacionales o provinciales que tengan actividades afines o complementarias.
Título II - Financiación de las políticas
del INMaMu
Artículo 5.- Para financiar las
actividades del Instituto nacional de la madera y el mueble (INMaMu), se
establecen las siguientes fuentes de recursos:
a) el cincuenta por ciento (50%) de lo
recaudado en concepto de derechos de exportación aplicables a todos los
componentes de los rubros 44.01, 44.02 y 44.03, según lo dispuesto en el anexo
XIV del decreto 509/07;
b) los importes que fueran cobrados
en conceptos de multas, intereses, recargos o demás sanciones pecuniarias que se
aplicaran en virtud de incumplimientos frente a lo dispuesto en la presente
ley;
c) contribuciones, subsidios,
herencias, legados y donaciones efectuados por personas físicas o jurídicas;
d) los aportes obligatorios del Estado
Nacional dispuestos en el artículo 6.
e) todo otro aporte voluntario, público
o privado.
Artículo 6°.- La Jefatura de Gabinete
de Ministros conformará, durante tres años, un fondo especial anual de cincuenta
millones de pesos ($50.000.000.-) como mínimo con los que se atenderán los
subsidios parciales o totales para la compra de equipamientos, maquinarias,
muebles o capacitación del personal de las empresas elegidas.
Artículo 7°.- El fondo especial creado
en el artículo anterior podrá destinarse a los siguientes fines: a) aportes parciales
no reembolsables a los fines de cumplir planes de reconversión o de compra de
equipamiento para el mejoramiento de la producción; b) financiación total o parcial
de la compra de equipamiento para la reconversión o el mejoramiento de la
producción; c) financiación parcial de la compra de muebles necesarios para la
reconversión productiva; d) financiación parcial de la capacitación de empleados
de empresas de los sectores madereros o de la industria del mueble.
El dinero que fuera reembolsado al
fondo como pago de la financiación de las actividades descriptas en el párrafo
anterior, podrá ser vuelto a prestar o ser destinado a aportes no reembolsables.
Artículo 8°.- El Instituto Nacional de
la Madera y el Mueble, INMaMu, podrá emprender las acciones de financiación
establecidas en el artículo anterior por sí o a través de entidades regidas por la Ley
de Entidades Financieras.
Artículo 9°.- Autorízase al Instituto
nacional de la madera y el mueble (INMaMu), a firmar todos los convenios
necesarios con las entidades financieras mencionadas en el artículo anterior.
Título III - Organización del
INMaMu
Artículo 10.- El Instituto nacional de la
madera y el mueble (INMaMu), es un organismo descentralizado, dependiente de
la Jefatura de Gabinete de Ministros y tendrá sede en la ciudad de Posadas,
Provincia de Misiones.
Artículo 11°.- La administración está a
cargo de un Directorio conformado por un Presidente, un vicepresidente y siete
vocales, que serán elegidos por dos años y podrán ser reelegidos una sola vez.
Cinco de ellos tendrán representación por el NOA (Catamarca, Jujuy, La Rioja,
Salta, Santiago del Estero y Tucumán); NEA (Chaco, Corrientes, Formosa,
Misiones); Cuyo (Mendoza, San Juan, San Luis); Centro (Buenos Aires, CABA;
Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe); Patagonia (Chubut, La Pampa, Neuquén, Río
Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur); mientras
que los cuatro restantes serán propuestos por los sectores de la producción y la
silvicultura.
El Jefe de Gabinete de Ministros
definirá la forma de elección, nombramiento y remoción de los mismos.
Artículo 12.- Son atribuciones del
Directorio:
establecer las políticas del Instituto,
según lo prescripto en los artículos 3 y 4 con arreglo a los dispuesto en el artículo
2;
dictar las disposiciones y
reglamentaciones necesarias para cumplir con los objetivos;
aprobar el "Plan Anual de
Acción";
aprobar o rechazar los proyectos
presentados para financiación;
considerar y aprobar o rechazar los
balances trimestrales que muestren el estado de avances del fondo especial creado
por el artículo 6;
aprobar el "Informe de gestión
anual".
todo otro acto administrativo o
disposición tendiente a la mejor consecución de los fines del Instituto.
Artículo 13.- Sin perjuicio de otras
incompatibilidades que pueda establecer la Jefatura de Gabinete o el propio
Directorio, sus miembros, familiares o empresas de las que ellos o sus familiares
directos no podrán recibir ayudas o créditos de ningún tipo otorgados por el
INMaMu o a través suyo.
Artículo 14.- El Presidente del
Instituto nacional de la madera y el mueble (INMaMu), será designado por el Jefe
de Gabinete de Ministros de entre los miembros del Directorio.
Artículo 15.- Serán funciones del
Presidente:
presidir las sesiones del Directorio,
estableciendo el orden del día;
redactar el "Plan de Acción Anual",
como líneas de acción de la gestión para el periodo siguiente;
redactar el "Informe de gestión
anual", como balance de lo actuado a lo largo del año anterior, para información
de las Comisiones de Industria y de Economías Regionales del H. Senado de la
Nación y de la H. Cámara de Diputados de la Nación;
en caso de que el Directorio no
pudiera sesionar por falta de quórum, resolver asuntos urgentes con la presencia
del Vicepresidente y un vocal;
notificar al Sr. Jefe de Gabinete de
Ministros sobre las faltas, actividades y acontecimientos del Directorio;
toda otra función que en él delegue,
fundadamente, el Directorio;
toda otra función que en él delegue,
fundadamente, el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 16.- El Vicepresidente
reemplaza al Presidente en caso de ausencia, impedimento o vacancia con iguales
atribuciones.
Título IV - Disposiciones
complementarias
Artículo 17.- Los costos de estructura
del Instituto no podrán superar el uno por ciento (1%) de los recursos.
Artículo 18.- Los montos de ayuda,
crédito o desembolsos no podrán concentrarse, en ningún caso, en más de un
cincuenta por ciento (50%) en una sola región.
Artículo 19.- El Poder Ejecutivo
Nacional reglamentará la presente en no más de noventa días.
Artículo 20.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La cadena industrial maderera es una
importante fuente de puestos de trabajo a lo largo y ancho de todo el país. Todas
las regiones argentinas tienen alguna relación directa con la madera, sea por su
abundancia, sea por su tratamiento y transformación, sea por su uso final. La
madera está presente en nuestras vidas todo el tiempo y en distintos usos.
La industria del mueble es una
importante actividad en todo el mundo. En particular en el Mercosur, 2 de cada 3
empresas brasileñas de industria del mueble están en los estados de Sao Paulo,
Rio Grande do Sul, Paraná y Santa Catarina. En el caso argentino, la industria, en
un 80% (de las más de 4000 empresas del rubro) se ubican sobre el Río Paraná,
entre Formosa, Chaco, Santa Fe, Misiones, Corrientes, Entre Ríos y Buenos Aires.
La industria local factura más de $5.000 millones anuales.
Por esta razón es que queremos que
la promoción de la madera y el mueble se ubiquen en el corazón de la actividad
del Mercosur: en Posadas. Tanto la silvicultura como la industrialización de la
madera tienen en Misiones el núcleo. Y lo que estamos buscando con este
proyecto es la revitalización para tener un sector de competitividad mundial.
Estamos buscando la integración productiva para que toda la cadena pueda tener
una mayor presencia en exportaciones y generación de nuevos puestos de
trabajo.
Con más de medio millón de
hectáreas forestadas, la Argentina es un país importante en la producción de
maderas. La genética del INTA ha logrado también calidades y velocidades de
crecimiento envidiables. De allí que estemos apostando al aprovechamiento
intensivo de estas ventajas naturales y adquiridas para tener mejores salarios para
los argentinos.
El proyecto se propone la creación de
un instrumento de promoción de la industria de la madera y el mueble con una
asignación de fondos y con un financiamiento estable. Creemos que el Instituto
que aquí se crea, con participación de los industriales del sector y representantes
de todas las regiones del país, puede tener una actuación importante en definir un
perfil industrial más moderno e integrado. Sabemos que los bienes más elaborados
generan más valor agregado que implica mayores salarios. Pero a la vez sabemos
que sólo se logrará si los empresarios están involucrados en el proceso. Queremos
una industria que pueda pensarse como un todo y que pueda tener instrumentos
de planificación de la renovación de equipamiento y de aprovechamiento integral
de las ventajas de tener un mercado importante y exigente.
Si bien es cierto que la exportación es
importante, también es cierto que los mayores precios se consiguen en los
productos terminados en el país. Por eso buscamos el equilibrio de poder
promocionar a todos los eslabones de la cadena sin perjudicar a alguno de ellos. Si
hay retenciones a las exportaciones, proponemos que sirvan también a que los que
las pagan puedan obtener mayores precios por sus productos en el interior a
través de la transformación de los bienes con bajo valor agregado dentro del país.
Es favorecería a tener una industria más integrada y que pueda animarse a
exportar más bienes terminados y no solamente bienes intermedios.
Creemos que podemos tener una
industria más competitiva. De ahí que estemos impulsando estos instrumentos de
intervención.
En cuanto a lo operativo del proyecto,
estamos proponiendo instrumentos para la incorporación de valor al proceso de
transformación de la madera y esperamos que puedan conformarse clusters de
producción. Estamos buscando tener planes de acción anuales en manos del
Instituto de la Madera y el Mueble (INMaMu) que estamos creando, y estamos
buscando también que los planes se cumplan y se dé cuenta del uso de los fondos
públicos. Estamos proponiendo la conformación de un fondo de $150 millones a
ser integrado en tres años, para financiar diversas actividades en la industria,
como ser el reequipamiento o el entrenamiento de personal en el exterior. Esto se
concretaría a través de la ayuda en tasas de interés o en subsidios directos a las
empresas o personas que correspondan. Como sabemos que no es simple abrir un
mercado, también sabemos que no es simple sostenerlo. Por eso estamos
proponiendo que se faciliten las acciones para hacerlo. Muchas veces hemos visto
el trabajo de años que no puede sostenerse, de ahí que esperamos poder
colaborar con esos esfuerzos.
Esperamos así, Señor Presidente, que
nos acompañen en la sanción del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PASTORI, LUIS MARIO | MISIONES | UCR |
PORTELA, AGUSTIN ALBERTO | CORRIENTES | UCR |
VALDES, GUSTAVO ADOLFO | CORRIENTES | UCR |
D'AGOSTINO, JORGE MARCELO | ENTRE RIOS | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
INDUSTRIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |