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PROYECTO DE LEY

Expediente: 3916-D-2015

Sumario: INSTITUTO NACIONAL DE LA MADERA Y EL MUEBLE - INMAMU -. CREACION.

Fecha: 16/07/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 88

Proyecto
Instituto Nacional de la madera y el mueble
Título I - Creación, misiones y funciones del INMaMu
Artículo 1°.- Créase el Instituto Nacional de la madera y el mueble (INMaMu).
Artículo 2.- El Instituto nacional de la madera y el mueble (INMaMu), tendrá los siguientes objetivos:
la incorporación de valor a la madera;
la integración de las actividades de la cadena maderera para maximizar la riqueza agregada en el país;
la conformación de clusters de producción en las zonas productoras para lograr el aprovechamiento de los factores de radicación y disminución de costos de producción;
la visión integral de la cadena, desde la forestación hasta el diseño de muebles y la valoración de los mercados de destino.
Artículo 3.- A los fines de lo establecido en el artículo 2°, el Instituto nacional de la madera y el mueble (INMaMu), tendrá las siguientes misiones:
establecer un plan anual de promoción de la madera y el mueble;
establecer convenios de colaboración con otros institutos nacionales o provinciales afines o complementarios de sus actividades;
fomentar el uso de la madera nacional en obras públicas y privadas;
fomentar el diseño y exportación nacional de muebles.
Artículo 4.- Para cumplir con las misiones encomendadas en el artículo anterior, el Instituto nacional de la madera y el mueble (INMaMu), podrá:
otorgar subsidios, créditos reembolsables o parcialmente no reembolsables, a nuevos emprendimientos;
otorgar subsidios, créditos reembolsables o parcialmente no reembolsables, a pequeños productores para la reconversión productiva;
otorgar subsidios, créditos reembolsables o parcialmente no reembolsables, a industriales para la promoción, apertura o mantenimiento de nuevos mercados de exportación de muebles de madera nacional;
firmar convenios con los organismos nacionales o provinciales que tengan actividades afines o complementarias.
Título II - Financiación de las políticas del INMaMu
Artículo 5.- Para financiar las actividades del Instituto nacional de la madera y el mueble (INMaMu), se establecen las siguientes fuentes de recursos:
a) el cincuenta por ciento (50%) de lo recaudado en concepto de derechos de exportación aplicables a todos los componentes de los rubros 44.01, 44.02 y 44.03, según lo dispuesto en el anexo XIV del decreto 509/07;
b) los importes que fueran cobrados en conceptos de multas, intereses, recargos o demás sanciones pecuniarias que se aplicaran en virtud de incumplimientos frente a lo dispuesto en la presente ley;
c) contribuciones, subsidios, herencias, legados y donaciones efectuados por personas físicas o jurídicas;
d) los aportes obligatorios del Estado Nacional dispuestos en el artículo 6.
e) todo otro aporte voluntario, público o privado.
Artículo 6°.- La Jefatura de Gabinete de Ministros conformará, durante tres años, un fondo especial anual de cincuenta millones de pesos ($50.000.000.-) como mínimo con los que se atenderán los subsidios parciales o totales para la compra de equipamientos, maquinarias, muebles o capacitación del personal de las empresas elegidas.
Artículo 7°.- El fondo especial creado en el artículo anterior podrá destinarse a los siguientes fines: a) aportes parciales no reembolsables a los fines de cumplir planes de reconversión o de compra de equipamiento para el mejoramiento de la producción; b) financiación total o parcial de la compra de equipamiento para la reconversión o el mejoramiento de la producción; c) financiación parcial de la compra de muebles necesarios para la reconversión productiva; d) financiación parcial de la capacitación de empleados de empresas de los sectores madereros o de la industria del mueble.
El dinero que fuera reembolsado al fondo como pago de la financiación de las actividades descriptas en el párrafo anterior, podrá ser vuelto a prestar o ser destinado a aportes no reembolsables.
Artículo 8°.- El Instituto Nacional de la Madera y el Mueble, INMaMu, podrá emprender las acciones de financiación establecidas en el artículo anterior por sí o a través de entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras.
Artículo 9°.- Autorízase al Instituto nacional de la madera y el mueble (INMaMu), a firmar todos los convenios necesarios con las entidades financieras mencionadas en el artículo anterior.
Título III - Organización del INMaMu
Artículo 10.- El Instituto nacional de la madera y el mueble (INMaMu), es un organismo descentralizado, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros y tendrá sede en la ciudad de Posadas, Provincia de Misiones.
Artículo 11°.- La administración está a cargo de un Directorio conformado por un Presidente, un vicepresidente y siete vocales, que serán elegidos por dos años y podrán ser reelegidos una sola vez. Cinco de ellos tendrán representación por el NOA (Catamarca, Jujuy, La Rioja, Salta, Santiago del Estero y Tucumán); NEA (Chaco, Corrientes, Formosa, Misiones); Cuyo (Mendoza, San Juan, San Luis); Centro (Buenos Aires, CABA; Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe); Patagonia (Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur); mientras que los cuatro restantes serán propuestos por los sectores de la producción y la silvicultura.
El Jefe de Gabinete de Ministros definirá la forma de elección, nombramiento y remoción de los mismos.
Artículo 12.- Son atribuciones del Directorio:
establecer las políticas del Instituto, según lo prescripto en los artículos 3 y 4 con arreglo a los dispuesto en el artículo 2;
dictar las disposiciones y reglamentaciones necesarias para cumplir con los objetivos;
aprobar el "Plan Anual de Acción";
aprobar o rechazar los proyectos presentados para financiación;
considerar y aprobar o rechazar los balances trimestrales que muestren el estado de avances del fondo especial creado por el artículo 6;
aprobar el "Informe de gestión anual".
todo otro acto administrativo o disposición tendiente a la mejor consecución de los fines del Instituto.
Artículo 13.- Sin perjuicio de otras incompatibilidades que pueda establecer la Jefatura de Gabinete o el propio Directorio, sus miembros, familiares o empresas de las que ellos o sus familiares directos no podrán recibir ayudas o créditos de ningún tipo otorgados por el INMaMu o a través suyo.
Artículo 14.- El Presidente del Instituto nacional de la madera y el mueble (INMaMu), será designado por el Jefe de Gabinete de Ministros de entre los miembros del Directorio.
Artículo 15.- Serán funciones del Presidente:
presidir las sesiones del Directorio, estableciendo el orden del día;
redactar el "Plan de Acción Anual", como líneas de acción de la gestión para el periodo siguiente;
redactar el "Informe de gestión anual", como balance de lo actuado a lo largo del año anterior, para información de las Comisiones de Industria y de Economías Regionales del H. Senado de la Nación y de la H. Cámara de Diputados de la Nación;
en caso de que el Directorio no pudiera sesionar por falta de quórum, resolver asuntos urgentes con la presencia del Vicepresidente y un vocal;
notificar al Sr. Jefe de Gabinete de Ministros sobre las faltas, actividades y acontecimientos del Directorio;
toda otra función que en él delegue, fundadamente, el Directorio;
toda otra función que en él delegue, fundadamente, el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 16.- El Vicepresidente reemplaza al Presidente en caso de ausencia, impedimento o vacancia con iguales atribuciones.
Título IV - Disposiciones complementarias
Artículo 17.- Los costos de estructura del Instituto no podrán superar el uno por ciento (1%) de los recursos.
Artículo 18.- Los montos de ayuda, crédito o desembolsos no podrán concentrarse, en ningún caso, en más de un cincuenta por ciento (50%) en una sola región.
Artículo 19.- El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente en no más de noventa días.
Artículo 20.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La cadena industrial maderera es una importante fuente de puestos de trabajo a lo largo y ancho de todo el país. Todas las regiones argentinas tienen alguna relación directa con la madera, sea por su abundancia, sea por su tratamiento y transformación, sea por su uso final. La madera está presente en nuestras vidas todo el tiempo y en distintos usos.
La industria del mueble es una importante actividad en todo el mundo. En particular en el Mercosur, 2 de cada 3 empresas brasileñas de industria del mueble están en los estados de Sao Paulo, Rio Grande do Sul, Paraná y Santa Catarina. En el caso argentino, la industria, en un 80% (de las más de 4000 empresas del rubro) se ubican sobre el Río Paraná, entre Formosa, Chaco, Santa Fe, Misiones, Corrientes, Entre Ríos y Buenos Aires. La industria local factura más de $5.000 millones anuales.
Por esta razón es que queremos que la promoción de la madera y el mueble se ubiquen en el corazón de la actividad del Mercosur: en Posadas. Tanto la silvicultura como la industrialización de la madera tienen en Misiones el núcleo. Y lo que estamos buscando con este proyecto es la revitalización para tener un sector de competitividad mundial. Estamos buscando la integración productiva para que toda la cadena pueda tener una mayor presencia en exportaciones y generación de nuevos puestos de trabajo.
Con más de medio millón de hectáreas forestadas, la Argentina es un país importante en la producción de maderas. La genética del INTA ha logrado también calidades y velocidades de crecimiento envidiables. De allí que estemos apostando al aprovechamiento intensivo de estas ventajas naturales y adquiridas para tener mejores salarios para los argentinos.
El proyecto se propone la creación de un instrumento de promoción de la industria de la madera y el mueble con una asignación de fondos y con un financiamiento estable. Creemos que el Instituto que aquí se crea, con participación de los industriales del sector y representantes de todas las regiones del país, puede tener una actuación importante en definir un perfil industrial más moderno e integrado. Sabemos que los bienes más elaborados generan más valor agregado que implica mayores salarios. Pero a la vez sabemos que sólo se logrará si los empresarios están involucrados en el proceso. Queremos una industria que pueda pensarse como un todo y que pueda tener instrumentos de planificación de la renovación de equipamiento y de aprovechamiento integral de las ventajas de tener un mercado importante y exigente.
Si bien es cierto que la exportación es importante, también es cierto que los mayores precios se consiguen en los productos terminados en el país. Por eso buscamos el equilibrio de poder promocionar a todos los eslabones de la cadena sin perjudicar a alguno de ellos. Si hay retenciones a las exportaciones, proponemos que sirvan también a que los que las pagan puedan obtener mayores precios por sus productos en el interior a través de la transformación de los bienes con bajo valor agregado dentro del país. Es favorecería a tener una industria más integrada y que pueda animarse a exportar más bienes terminados y no solamente bienes intermedios.
Creemos que podemos tener una industria más competitiva. De ahí que estemos impulsando estos instrumentos de intervención.
En cuanto a lo operativo del proyecto, estamos proponiendo instrumentos para la incorporación de valor al proceso de transformación de la madera y esperamos que puedan conformarse clusters de producción. Estamos buscando tener planes de acción anuales en manos del Instituto de la Madera y el Mueble (INMaMu) que estamos creando, y estamos buscando también que los planes se cumplan y se dé cuenta del uso de los fondos públicos. Estamos proponiendo la conformación de un fondo de $150 millones a ser integrado en tres años, para financiar diversas actividades en la industria, como ser el reequipamiento o el entrenamiento de personal en el exterior. Esto se concretaría a través de la ayuda en tasas de interés o en subsidios directos a las empresas o personas que correspondan. Como sabemos que no es simple abrir un mercado, también sabemos que no es simple sostenerlo. Por eso estamos proponiendo que se faciliten las acciones para hacerlo. Muchas veces hemos visto el trabajo de años que no puede sostenerse, de ahí que esperamos poder colaborar con esos esfuerzos.
Esperamos así, Señor Presidente, que nos acompañen en la sanción del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PASTORI, LUIS MARIO MISIONES UCR
PORTELA, AGUSTIN ALBERTO CORRIENTES UCR
VALDES, GUSTAVO ADOLFO CORRIENTES UCR
D'AGOSTINO, JORGE MARCELO ENTRE RIOS UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INDUSTRIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA