INDUSTRIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 106
Miércoles 12.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2107 Internos 2107/06/68
cindustria@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 3609-D-2010
Sumario: DEROGACION DEL DECRETO 699/2010 DE PRORROGA DEL REGIMEN PROMOCIONAL PARA LAS PROVINCIAS DE LA RIOJA, CATAMARCA, SAN LUIS Y SAN JUAN.
Fecha: 27/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 63
Derogación del Decreto Nº 699 de
fecha 22 de mayo de 2010
EL H. SENADO Y LA HONORABLE
CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°. Derógase el Decreto Nº
699 de fecha 22 de mayo de 2010.
Artículo 2°. Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de
ley persigue la derogación del Decreto Nº699/2010 por su arbitrariedad y
principalmente por la discriminación manifiesta que constituyen sus disposiciones
para las restantes provincias del país.
La ley 22.021 estableció
un régimen de franquicias tributarias para estimular el desarrollo económico de la
provincia de La Rioja, originalmente para el período comprendido entre los años
1978 y 1992. Posteriormente las leyes 22.702 y 22.973 extendieron estos
beneficios a las provincias de Catamarca, San Luis y San Juan.
La aplicación de este
régimen creado durante el gobierno militar y luego prorrogado sucesivamente fue
claramente discriminatorio para las provincias no comprendidas, particularmente
las limítrofes, como Mendoza.
Mientras las provincias
comprendidas en el régimen extendían su producción industrial, Mendoza atravesó
un período de estancamiento e incluso declinación de su actividad industrial.
El diferimiento
impositivo, que postergaba el pago de impuestos nacionales hasta la fecha de
inicio de la producción de los nuevos emprendimientos agrarios, y la promoción
industrial, que otorgaba facilidades fiscales a los proyectos fabriles que se
instalaran, provocó una relocalización industrial que fue el motor principal del
crecimiento de las provincias incluidas en
el régimen, pero esto se realizó a
costa de grandes pérdidas para la provincia de Mendoza.
Si analizamos el mapa
regional, la relocalización de industrias hacia las provincias promocionadas,
perjudica principalmente a Mendoza, en detrimento de su economía por el traslado
de las industrias locales a provincias vecinas
En Mendoza se estimó en
210 el número de empresas mendocinas que cerraron sus puertas o se trasladaron
a raíz de la promoción industrial, según un informe de 2003 de la Dirección de
Estadísticas e Investigaciones Económicas de la provincia.
Este régimen selectivo, no
solo relocalizó industrias hacia esas provincias, sino también atrae a sus economías
inversiones que de otra manera irían indudablemente a Mendoza.
Al análisis deberían
sumarse los altísimos costos sociales en los que incurre el pueblo mendocino, que
ve familias deteriorarse por las pérdidas laborales, el aumento en la pobreza, como
consecuencia de un régimen de promoción sectorial, que favorece a intereses
provinciales en total perjuicio de otras provincias de la Nación, y a la ausencia de
una ley de promoción industrial ecuánime para todo el país, analizada de forma
integral y estratégica, en pos del crecimiento de la economía y el pueblo argentino.
El Decreto 699/2010 viene a
prorrogar este régimen promocional para las provincias de La Rioja, Catamarca,
San Luis y San Juan arbitrariamente, sin expresar causa de la discriminación hacia
las demás provincias.
Por otro lado, surge de los
considerandos del Decreto que se dictó ejerciendo "...la facultad delegada por el
artículo 1º de la Ley Nº 26.077..." debiendo la Comisión Bicameral Permanente de
Trámite Legislativo expedirse sobre su dudosa validez ya que no pueden existir
delegaciones en materia tributaria. Esto ha sido reafirmado por la Corte Suprema
de Justicia de la Nación en diversos fallos -"Video Club Dreams", "SELCRO S.A C/
Jefatura de Gabinete de Ministros", entre otros- estableciendo el carácter absoluto
del principio de legalidad tributaria.
Por los motivos expuestos,
y ante los inminentes perjuicios que la aplicación de este Decreto generará, solicito
a mis pares la pronta aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DE MARCHI, OMAR | MENDOZA | DEMOCRATA DE MENDOZA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
INDUSTRIA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | ||
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0535-D-12 |