INDUSTRIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2781-D-2007
Sumario: LEALTAD COMERCIAL, LEY 22802: MODIFICACION DEL ARTICULO 2 (ROTULACION DE LOS PRODUCTOS NACIONALES CON LA LEYENDA "INDUSTRIA ARGENTINA").
Fecha: 08/06/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 66
Artículo 1.- Modifíquese el
artículo 2 de la ley 22.802, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTICULO 2º - Los productos
fabricados en el país y los frutos nacionales, cuando se comercialicen en el país
llevarán la indicación Industria Argentina o Producción Argentina. A ese fin se
considerarán productos fabricados en el país aquellos que se elaboren o
manufacturen en el mismo, aunque se empleen materias primas o elementos
extranjeros en cualquier proporción.
Asimismo, los productos fabricados en
el país y cuando se comercialicen en el país deberá llevar impreso en forma y lugar
visible sobre sus envases, etiquetas o envoltorios, el número telefónico 0800 de
Defensa del Consumidor de la Nación, a los efectos de proteger los derechos de los
consumidores.
La indicación de que se han utilizado
materias primas o elementos extranjeros será facultativa. En caso de ser incluida
deberá hacerse en forma menos preponderante que la mencionada en la primera
parte de este artículo."
Artículo 2°.- La presente norma
deberá ser reglamentada dentro de los 30 días de su promulgación.
Articulo 3°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto procura
facilitarle a los consumidores de bienes y servicios comercializados y
producidos en el territorio de la República Argentina, el conocimiento de las
normas que protegen sus derechos y canalizar los potenciales reclamos que
puedan sucederse.
Para ello se propone la
modificación de la ley 22.802 de Lealtad Comercial que establece
detalladamente los requisitos para la rotulación de los envases y el
contenido que éstos deben cumplimentar.
Normalmente el consumidor
frente a la violación de sus derechos, desconoce exactamente a dónde debe
concurrir para formular el reclamo correspondiente. Frente a esta situación
comienza una instancia de peregrinación ante distintas oficinas ya sean
municipales, provinciales o nacionales en procura de una respuesta, que
muchas veces termina en una declaración de incompetencia por parte del
organismo que tomó conocimiento en primer lugar, con el perjuicio que ello
ocasiona al consumidor y a las instituciones que procuran la defensa de los
derechos de los usuarios y consumidores.
Si uno observa un envase de
un producto que se comercializa en Argentina, podrá dar cuenta de que al
menos la mayoría de los mismos tienen en sus envases o etiquetas un
numero telefónico 0800 que corresponde a la empresa fabricante del
producto, con la indicación de Servicio del Consumidor.
En igual sentido creo pertinente
incorporar también el número telefónico correspondiente a la oficina de
Defensa del Consumidor de la Nación, ya que la misma sabrá orientar al
consumidor ante qué lugar debe correctamente formular su denuncia y
podrá informarle adecuadamente sobre la totalidad de sus derechos.
Lamentablemente, muchas
veces ocurre que si bien el servicio se consume en un lugar bajo jurisdicción
provincial el reclamo corresponde a un organismo nacional o municipal
según de qué bien o servicio se trate.
La idea del proyecto es que a
nivel nacional y con sólo realizar una llamada se pueda dar una respuesta al
consumidor para que pueda acercarse al organismo que corresponda.
El número telefónico impreso
en los rótulos de los productos corresponde a la empresa, y tratándose de
un derecho de orden público, es el Estado quien debe tomar conocimiento
de los reclamos formulados.
Por todo lo expuesto, solicito a
los Sres. Diputados me acompañen con su voto favorable en el presente
proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CESAR, NORA NOEMI | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
VACA NARVAJA, PATRICIA | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MARCO DEL PONT, MERCEDES | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ILARREGUI, LUIS ALFREDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA DEL CONSUMIDOR (Primera Competencia) |
INDUSTRIA |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
INDUSTRIA Y COMERCIO |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
14/11/2007 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
26/08/2008 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
08/10/2008 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
09/10/2008 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1110/2008 | CON MODIFICACIONES | 30/10/2008 |
Senado | Orden del Dia 0709/2009 | 24/11/2009 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | MEDIA SANCION | |
Senado | PASA A SENADO - |