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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2570-D-2017
Sumario: COMISION DE PRECIOS LECHEROS. CREACION.
Fecha: 17/05/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 50
Artículo 1° Crease la COMISIÓN DE PRECIOS LECHEROS integrada por representantes de la industria, de la producción lechera, de los distribuidores y de los consumidores, cuya función será establecer mensualmente un precio mínimo para la leche entregada en tranquera de tambo, que califique con las condiciones y estándares de calidad reglamentados. El mismo se deberá determinar en la primera quincena del mes inmediato anterior.
Artículo 2° Los precios fijados por la materia prima de conformidad con el artículo anterior serán de cumplimiento obligatorio en todo el país.
Artículo 3° De no consensuarse un precio, el Estado Nacional, a través de la Autoridad de Aplicación establecerá el precio en la segunda quincena del mes inmediato anterior.
Artículo 4° El incumplimiento del precio acordado hará pasible al infractor de las siguientes sanciones:
a) Al primer incumplimiento, una Multa equivalente al 10 % de la producción mensual.
b) Al segundo incumplimiento, una multa equivalente al 30% de la producción mensual.
c) Suspensión provisoria para comercializar.
Artículo 5° El Poder Ejecutivo Nacional determinará la Autoridad de Aplicación de la presente ley.
Artículo 6: Esta ley deberá ser reglamentada dentro de los 180 días de su promulgación.-
Artículo 7°: Comuníquese al Poder ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La actividad lechera en nuestro país viene de épocas de los primeros inmigrantes y fue siempre un factor de desarrollo, generador de trabajo y productor indispensable de materias primas alimenticias.
Las principales provincias productoras son Santa Fé, Córdoba, Buenos Aires, La Pampa y Entre Ríos.
En los últimos años, el sector atravesó una baja del mercado internacional, los costos han subido fuertemente durante el mismo periodo e incluso el clima castigó duramente a Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos y parte de la Provincia de Buenos Aires, con fuertes bajas en la producción complicando aún más la situación del sector y su cadena productiva.
Por ello hoy en día es vital buscar promover una lechería con crecimiento sostenido y con sustentabilidad económica pero a su vez, con responsabilidad en la cadena de precios para que todos podamos acceder a un alimento esencial para la vida diaria.
En el proyecto se busca crear la COMISIÓN DE PRECIOS LECHEROS integrada por representantes de la industria, de la producción lechera, de los distribuidores y de los consumidores.
La función será establecer mensualmente un precio mínimo para la leche entregada en tranquera de tambo, que califique con las condiciones y estándares de calidad reglamentados. El mismo se deberá determinar en la primera quincena del mes inmediato anterior.
A su vez, los precios fijados por la materia prima de conformidad con el artículo anterior serán de cumplimiento obligatorio en todo el país.
También se propone que, de no consensuarse un precio, el Estado Nacional, a través de la Autoridad de Aplicación establecerá el precio en la segunda quincena del mes inmediato anterior.
En cuanto a sanciones, el incumplimiento del precio acordado hará pasible al infractor de las multas que se aplicarán de acuerdo al procedimiento teniendo en cuenta la siguiente escala:
a) Al primer incumplimiento, una Multa equivalente al 10 % de la producción mensual.
b) Al segundo incumplimiento, una multa equivalente al 30% de la producción mensual.
c) Suspensión provisoria para comercializar.
Por tales motivos y como un aporte más a la búsqueda de la solución de un sector fuertemente golpeado en los últimos años, es que solicito a mis pares que me acompañen en la sanción del presente proyecto de ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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CREMER DE BUSTI, MARIA CRISTINA | ENTRE RIOS | UNION POR ENTRE RIOS |
ALONSO, HORACIO FERNANDO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
LAGORIA, ELIA NELLY | CHUBUT | TRABAJO Y DIGNIDAD |
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