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Comisión Permanente

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 2287-D-2009

Sumario: PRESUPUESTOS MINIMOS DE PROTECCION DEL AMBIENTE PARA UNA GESTION ADECUADA DEL AGUA RESIDUAL DE ORIGEN INDUSTRIAL.

Fecha: 12/05/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45

Proyecto
Artículo 1: La presente ley establece las normas de presupuestos mínimos de protección al ambiente para una gestión adecuada del agua residual de origen industrial.
Artículo 2: Entiéndese por agua residual de origen industrial, aquélla que se deseche después de haber participado en cualquier proceso industrial, sea de preparación, producción, limpieza o de servicios auxiliares.
Artículo 3: Serán sujetos obligados de la presente, todas las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos industriales instalados o que se instalen en el futuro.
Artículo 4: : Cumplidos cinco (5) años desde la fecha de promulgación de la presente ley, los sujetos obligados deben acreditar ante la autoridad de aplicación que reutilizan o reciclan, como mínimo, un cincuenta porciento (50%) de los caudales medios anuales de agua residual de origen industrial que generan.
Artículo 5: Cumplidos diez (10) años desde la fecha de promulgación de la presente ley, los sujetos obligados deben acreditar ante la autoridad de aplicación que reutilizan o reciclan como mínimo un setenta y cinco por ciento (75%) de los caudales medios anuales de agua residual de origen industrial que generan
Artículo 6: La autoridad de aplicación podrá modificar los alcances de los artículos 4 y 5 por razones técnicas debidamente fundadas para aquellos procesos industriales que, por la reutilización o reciclado de aguas residuales, pudieran generar riesgos para la salud humana o animal, o el ambiente, en general.
Artículo 7: A fin de cumplir con lo establecido en los artículos 4 y 5, los sujetos obligados deberán presentar informes periódicos ante la autoridad de aplicación, quien emitirá una declaración en la que fundamente su aprobación o rechazo. La aprobación de los informes tendrá carácter temporal, y su vigencia será determinada por la autoridad de aplicación.
Artículo 8: Toda infracción a las disposiciones de esta ley, su reglamentación y las normas complementarias que en su consecuencia se dicten, será reprimida por la autoridad de aplicación con las siguientes sanciones, que podrán ser acumulativas:
a) Apercibimiento;
b) Multa;
c) Clausura parcial o total del establecimiento industrial.
Estas sanciones se aplicarán con prescindencia de cualquier otro tipo de responsabilidad que pudiera imputarse al infractor.
Artículo 9: Será autoridad de aplicación de la presente ley el organismo que determine cada una de las jurisdicciones. Para la jurisdicción nacional el Poder Ejecutivo establecerá el organismo con mayor competencia ambiental.
Artículo 10: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El agua es un bien escaso y muy vulnerable, que el hombre malgasta la mayoría de las veces. La escasez de agua dulce es uno de los mayores problemas, si no el mayor con los que se enfrenta el mundo. Resulta evidente que la Tierra ya no tiene agua suficiente para abastecer una demanda que es excesiva y creciente.
El presente proyecto de ley tiene por objeto proteger este recurso natural tan vital como escaso, estableciendo herramientas de gestión para el tratamiento del agua en los establecimientos industriales.
Tengamos en cuenta lo siguiente, los usos del agua pueden ser divididos en tres grandes categorías: agua para uso doméstico, para uso agrícola y para uso industrial. Cada uno de estos sectores requieren diferentes volúmenes de agua. Si bien los porcentajes de consumo varían mucho de acuerdo a cada región, el sector agrícola es el mayor consumidor de agua, alrededor del 70%, principalmente para riego, la industria el 22% y el consumo doméstico aproximadamente el 8 % (World Water Assessment Programe -UNESCO). Para el caso del sector industrial la utilizan mayormente como refrigerante, como materia prima, como medio de transporte, como agente limpiador, como fuente de energía, como vapor, entre muchas otras.
Desde el punto de vista de los efectos ambientales, un mayor suministro de agua significa una mayor carga de aguas residuales, es decir aguas que una vez utilizadas se descargan contaminadas en los cuerpos receptores sino se depuran de forma adecuada. Si se entiende por desarrollo sustentable aquél que permita compatibilizar el uso de los recursos con la conservación de los ecosistemas, las buenas prácticas en la gestión del recurso agua en las industrias serán las que tengan por finalidad: (1) disminuir el gasto de agua, disminuyendo su consumo o reciclando y reutilizando al máximo el suministro, (2) extraerla con el menor deterioro posible de los ecosistemas, es decir dejando una parte para el desarrollo normal de ríos, humedales y acuíferos subterráneos y (3) devolverla a las aguas naturales en condiciones aceptables para que el impacto sobre los ecosistemas sea mínimo.
Por ello, este proyecto de ley establece que para cumplir con una de estas finalidades, durante los primeros cinco (5) años los establecimientos industriales deberán acreditar ante la autoridad de aplicación haber reutilizado o reciclado como mínimo un cincuenta por ciento (50%) de la cantidad de agua industrial residual que se usa en el proceso industrial, y cumplidos diez (10) años deberán acreditar haber reutilizado o reciclado como mínimo un setenta y cinco por ciento (75%).
Por otro lado es importante saber que minimizar el suministro de agua a través de la reutilización o reciclado del agua en las industrias resulta más económico para muchas de ellas, además de disminuir la contaminación, ya que parte de los productos necesarios para los procesos de fabricación y que se pierden en los vertidos podrían aprovecharse de nuevo. Tengamos en cuenta que el precio del agua podría incluir
En un futuro próximo el coste total de su descontaminación, por lo tanto para las industrias será más rentable, modificar sus procesos industriales para que sean prácticamente secos, es decir involucrar un consumo de cantidades muy pequeñas de agua, justo el suficiente para el funcionamiento de un esquema de circulación cerrada de manera que no descargasen aguas residuales. En algunos casos el circuito de agua podría involucrar una cadena de industrias de manera que unas utilizaran el agua procedente de las otras o bien porque no necesitaran agua de tanta calidad.
Existen experiencias muy exitosas en varios países donde se han realizado programas de lucha contra la contaminación de las aguas, estos programas han conducido siempre a una reducción de la demanda de agua, incluso en los países húmedos. Por ejemplo en Suecia, en el área industrial la reducción del consumo de agua fue drástica, en poco tiempo se redujo a menos de la mitad; las industrias se dieron cuenta de que salía mucho más barato reciclar el agua que depurarla. Es decir, si modificaban los procesos industriales de manera que solo necesitaran una pequeña cantidad de agua para reponer el agua que irremisiblemente se perdía en los circuitos, reducían la factura, ya que una gran parte del gasto se debía al costo de su depuración ya fuera por medios externos, o porque ellas mismas tuvieran que hacer funcionar sus depuradoras. La movilización social en pos de la protección de la calidad de las aguas en Suecia llevó a un ahorro de su consumo, ya que evitar el vertido es mejor solución que luego tener que extraerlo. Este factor posibilitó que se obtuvieran dos logros que van de la mano: disminuir la demanda de agua y reducir la contaminación por el vertido.
Señor Presidente, llevo muchos años luchando en mi tarea legislativa elaborando iniciativas que favorezcan la protección del ambiente y de los recursos naturales, y continuo persistiendo en este camino con la elaboración de este proyecto de ley. Entramos en una etapa donde la conciencia en la preservación de nuestros bienes colectivos ha crecido notablemente, tanto en la sociedad civil como en los sectores productivos, en la cual la industria tiene que desarrollar tecnología que no sólo favorezca a la preservación de este recurso natural indispensable para la vida, sino también para disminuir sus costos económicos.
Por todas estas consideraciones señor Presidente, solicito a los señores legisladores que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MÜLLER, MABEL HILDA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
INDUSTRIA
Giro a comisiones en Senado
Comisión
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
04/11/2009 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
18/11/2009 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
18/11/2009 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
25/11/2009
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2372/2009 25/11/2009
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)