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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2213-D-2011
Sumario: AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO: SE DECLARA AL VINO ARGENTINO COMO BEBIDA NACIONAL (DECRETO 1800/10): RATIFICACION.
Fecha: 02/05/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
Artículo 1º. - Ratifíquese el Decreto
Nacional 1.800/2010 de fecha 24 de Noviembre de 2010 dictado por el Poder
Ejecutivo Nacional y conviértase en ley su texto normativo que se transcribe a
continuación:
"Artículo 1º -
Declárase, en el año del BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO, al Vino
Argentino como Bebida Nacional.
Art. 2º - Dispónese
que en todos los eventos y actividades culturales, sociales o deportivas de carácter
oficial o que se encuentren previstos en las agendas oficiales nacionales o
internacionales, deberá preverse la presencia de la expresión, imagen e isologo del
Vino Argentino Bebida Nacional y la promoción de dicha bebida y sus tradiciones.
Art. 3º -
Encomiéndase al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el diseño
de la imagen e isologo del Vino Argentino Bebida Nacional como así también la
elaboración y coordinación del plan de acción para su utilización.
Art. 4º - Instrúyese al
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO, al MINISTERIO DE TURISMO y al INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA para que, en su ámbito y bajo la coordinación del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, desarrollen las acciones que permitan
garantizar la logística necesaria para la entrega del Vino Argentino Bebida Nacional
en oportunidad de la realización de aniversarios patrios o en actividades oficiales
del cuerpo consular."
Art. 2º. - Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El vino argentino ha sido declarado
por la Presidencia de la Nación, a través del decreto 1800/2010 de fecha 24 de
noviembre de 2010, como Bebida Nacional. Considerando la importancia de esta
declaración para las economías regionales de gran parte de la diagonal árida
argentina donde se desarrolla la vitivinicultura en el país, es que buscamos la
ratificación del mismo por medio de una ley nacional. De esta manera se
garantizaría la permanencia en el tiempo de esta categorización, reconociendo la
importancia de este producto para nuestro país.
Teniendo en cuenta lo explicito y
sistemático de los considerandos del referido decreto es que los citamos, en
extenso, a continuación:
"Que la Vitivinicultura Argentina
cuenta con más de CINCO (5) siglos de historia, integrando la tradición de los
inmigrantes europeos y los saberes de los pueblos originarios, dando origen a la
vitivinicultura más importante de AMERICA DEL SUR.
Que favorecida por óptimas
condiciones climáticas y de suelo, la vitivinicultura manifiesta un acelerado y
sostenido desarrollo, mejorando sus estándares cualitativos tanto en el sector
primario como en el industrial, dando lugar a una actividad económica
crecientemente sustentable, respetuosa del medio ambiente y de gran importancia
social y económica para todas las provincias productoras.
Que se trata de una actividad
económica de amplia abarcabilidad geográfica la cual se extiende al pie de la
Cordillera de los Andes a lo largo de DOS MIL CUATROCIENTOS KILOMETROS
(2.400 km), entre los 22º y 42º de Latitud Sur, desde la Provincia de SALTA hasta
la de RIO NEGRO, y que cuenta con una diversidad climática y de suelos que
convierten a cada región en un terruño único.
Que el vino evoca una modalidad
cultural de consumo moderado, heredado, en parte, por la tradición europea
responsable de la incorporación de este cultivo, y consolidado a partir de hábitos
sociales propios de la cultura y la identidad argentinas arraigadas en el ámbito
familiar y de la amistad, donde la moderación y el control social se aúnan con el
disfrute.
Que a partir de la década de 1990 se
profundizó un proceso de reconversión con la implantación de variedades
emblemáticas de alta calidad enológica como Malbec, Torrontés y Bonarda, entre
otras, generando materia prima adecuada para la elaboración de vinos de gran
calidad.
Que este proceso de reconversión en
viñedos ha sido acompañado por la incorporación de tecnología en las etapas de
producción, elaboración y comercialización, por la multiplicación de recursos
humanos calificados; y en todos los casos ha contado con una fuerte apuesta a la
industria nacional y a la mano de obra calificada local.
Que dichos procesos de reconversión
primaria y tecnológica han integrado a la actividad a una mayor cantidad de
pequeños y medianos productores, permitiendo que la Vitivinicultura Argentina se
caracterice por ser un modelo de convivencia entre productores de diversas
escalas, donde la búsqueda de la viabilidad económica de todos estos actores es
un factor de fortaleza y diferenciación ante otras vitiviniculturas altamente
concentradas.
Que la REPUBLICA ARGENTINA posee
una superficie cultivada con vid de más de DOSCIENTAS VEINTIOCHO MIL
HECTAREAS (228.000 ha), y posiciona al país en el quinto lugar como productor de
vinos en el ranking mundial.
Que nuestro país no solo es productor
sino que, por tradición y cultura, es un gran consumidor de vino, ocupando el
séptimo lugar a nivel mundial en consumo per cápita con alrededor de TREINTA
LITROS (30 l) anuales por persona.
Que el proceso de internacionalización
de los vinos argentinos desarrollado ha logrado posicionarlos entre los principales
exportadores del mundo.
Que tales circunstancias convierten al
vino en un honorable Embajador en el mundo y enorgullece a los argentinos que
beben en el mercado doméstico los mismos vinos que se exportan y que prestigian
al país en todos los continentes.
Que el vino argentino es un producto
de alto valor agregado, que por su alta calidad, su variada oferta, sus
características cualitativas y su buena relación precio y calidad, compite en los
mercados tradicionalmente consumidores de vino de otras regiones
productoras.
Que el vino, fruto de la viña y del
trabajo del hombre, no es sólo un bien de consumo, sino también un valor de
nuestra civilización, y un elemento básico de la identidad argentina que contribuye
al sustento socioeconómico en las provincias del oeste del país.
Que este producto alimenticio de
consumo masivo, por sus cualidades nutricionales comprobadas, integra la canasta
básica familiar de diferentes grupos sociales, culturales y económicos del
país.
Que además, sólidas investigaciones
realizadas en la REPUBLICA ARGENTINA y de referencia internacional -reconocidas
por la comunidad científica mundial- demuestran que la capacidad antioxidante
propia de los vinos se ve potenciada en los vinos argentinos, lo que los ubica en
las listas de los considerados alimentos saludables del mundo.
Que para afianzar su imagen y
facilitar los intercambios comerciales, la REPUBLICA ARGENTINA, a través del
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), entidad autárquica en el
ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, mantiene una
fuerte participación y protagonismo en los foros vitivinícolas internacionales y de
distintas negociaciones en materia vitivinícola, tanto a nivel del MERCADO COMUN
DEL SUR (MERCOSUR), en los vínculos MERCOSUR - UNION EUROPEA, la
ORGANIZACION INTERNACIONAL DE LA VIÑA Y EL VINO (OIV) y con los países
del GRUPO MUNDIAL DEL COMERCIO DEL VINO que integra desde su
fundación.
Que todo este proceso de cambios
estructurales ha sido acompañado con la sanción de medidas tales como la Ley Nº
25.163 que establece las Normas Generales para la Designación y Presentación de
Vinos y Bebidas Espirituosas de Origen Vínico de la Argentina.
Que el sector vitivinícola nacional
muestra una organización sólida, plasmada por la Ley Nº 25.849, en la creación de
la CORPORACION VITIVINICOLA ARGENTINA, una alianza entre el sector público y
el sector privado sin precedentes en el país.
Que la elaboración del PLAN
ESTRATEGICO ARGENTINA VITIVINICOLA 2020 (PEVI), tiene por objetivos la
integración de los pequeños y medianos productores, la promoción del consumo
del vino argentino en el mercado interno, la consolidación de los vinos argentinos
en los mercados internacionales y la implementación de programas de
investigación y desarrollo para el sector.
Que el crecimiento de la vitivinicultura
en la REPUBLICA ARGENTINA es un factor determinante en el desarrollo de las
provincias productoras de vino lo que ha generado actividades relacionadas que
inciden en las economías regionales, como el turismo (y dentro de éste al crearse
específicamente el circuito denominado "Enoturismo"), la gastronomía, la hotelería,
la metalmecánica, la generación de otras industrias conexas y actividades de
servicios, dando lugar a una cadena competitiva y dinámica.
Que tratándose de un cultivo de mano
de obra intensiva, la vitivinicultura cumple un rol fundamental en la realidad
económica de las regiones productoras como generadora de empleo directo e
indirecto.
Que todo este proceso es respaldado
por el ESTADO NACIONAL a través del organismo específico de control de la
genuinidad y aptitud para el consumo, como lo es el mencionado INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA, además de los organismos de Ciencia y Técnica
que disponen de áreas específicas destinadas a generar y transferir conocimiento
en materia vitivinícola.
Que la Vitivinicultura Argentina
incluye una gran gama de actores estrechamente vinculados con la elaboración,
comercialización y promoción, organizados en torno del PLAN ESTRATEGICO
ARGENTINA VITIVINICOLA 2020 (PEVI) y en el marco del PLAN ESTRATEGICO
AGROALIMENTARIO Y AGROINDUSTRIAL 2010 - 2016.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MANSUR, RICARDO ALFREDO | MENDOZA | UCR |
PINTO, SERGIO DAMIAN | MENDOZA | UCR |
JURI, MARIANA | MENDOZA | UCR |
THOMAS, ENRIQUE LUIS | MENDOZA | PERONISMO FEDERAL |
ALVARO, HECTOR JORGE | MENDOZA | DE LA CONCERTACION |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
INDUSTRIA |
LEGISLACION GENERAL |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO ALVARO (A SUS ANTECEDENTES) |