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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1885-D-2009
Sumario: REGIMEN DE INCENTIVO IMPOSITIVO PARA EMPRESAS INDUSTRIALES O DE SERVICIOS A INSTALARSE EN PROVINCIAS ARGENTINAS.
Fecha: 23/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
REGIMEN
PARA EL INCENTIVO IMPOSITIVO PARA TODA EMPRESA
INDUSTRIAL O DE SERVICIO A INSTALARSE EN PROVINCIAS
ARGENTINAS
Articulo 1º.- La
presente ley tendrá efecto dentro de los limites de la Republica Argentina,
pudiendo en algún caso ser tratada en el ámbito de MERCOSUR.
BENEFICIARIOS
Artículo 2º.- Son todas
las empresas instaladas o a instalarse en alguna provincia de la Republica
Argentina que desarrolle actividades industriales o de servicios conexos, que
presenten nuevos proyectos, la ampliación o reconversión de las actividades
existentes.
Articulo 3º.- Se
entenderá como procesos de reconversión productiva a los efectos del articulo
1ero nuevos productos, nuevos procesos, nuevas formas de comercialización, de
fraccionamiento y presentación de productos y servicios de apoyo a la
industria.
INCENTIVOS
Articulo 4º.- Reducción
del impuesto a las ganancias en la siguiente escala:
a) 50% primer año
b) 30% segundo año
c) 20% tercer año
d) 10% cuarto y quinto
año.
Articulo 5º.- La inversión
de capital que se realicen tendrá el siguiente régimen de amortización del
impuesto a las ganancias, un tercio por año a partir de la puesta en
funcionamiento.
AUTORIDAD Y
APLICACION
Articulo 6º.- El Poder
Ejecutivo designara a la autoridad de aplicación de la presente ley quedando
facultado con acuerdo de las provincias para efectuar las delegaciones a través de
agencias de desarrollo regional.
Articulo 7º.- Las
sanciones establecidas por la presente ley serán impuestas por la autoridad de
aplicación conforme al procedimiento que se establezca en la reglamentación.
Articulo 8º.- Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
un vacío normativo sobre la temática
que ha impedido crecimiento y desarrollo de las provincias argentinas.
En esta etapa de profundas reformas
estructurales que vivimos, el capitulo de desarrollo industrial y regional ha tenido
escasa gravitación en la formulación de políticas nacionales.
Este proyecto tiene por objetivo:
a) propender al desarrollo de las
provincias de manera de amortiguar las diferencias regionales.
b) Evitar la permanente
emigración de la provincia hacia centros urbanos.
c) Producir gradualmente la
absorción del empleo público provincial hacia actividades productivas.
d) Favorecer crecimiento de
nuevas empresas y empresarios.
e) Fortalecer formas asociadas
de productores.
f) Aprovechar ventajas
competitivas que actualmente son potenciales.
g) Favorecer proyectos de
desarrollo provinciales.
h) Capacitación de mano de
obra sobre la base de una propuesta de desarrollo industrial y regional.
No escapa a nuestro conocimiento
señor presidente, que la realidad nos indica no desde ahora, que mucho se escribe
sobre el desarrollo de las regiones, sobre como mejorar su situación, disminuir sus
diferencias socioeconomicas con otras regiones mas desarrolladas, evitar migración
de población y crear medios y condiciones económicas de vida y nada se
hace.
Es por todo lo expuesto ut supra, por
los argumentos vertidos y por la equidad de la medida ha impartir, que solicito a
mi pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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VARGAS AIGNASSE, GERONIMO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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