INDUSTRIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1051-D-2007
Sumario: UNIDADES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE DOBLE PISO: INCORPORACION DE UN LIMITADOR DE VELOCIDAD PARA TODOS LOS QUE SE ADQUIERAN O FABRIQUEN.
Fecha: 28/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
Artículo 1: Las
unidades de transporte de pasajeros de doble piso que se fabriquen
en la República Argentina o se adquieran en el exterior deberán
poseer un limitador mecánico de velocidad que no exceda los 100
Km./hora o su equivalente en otro sistema de medida.
Artículo 2: De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El elevado índice de accidentes
registrados en este país, especialmente por ómnibus que violan permanentemente
los límites de velocidad, chóferes sin suficiente descanso y rutas en mal estado
son algunas de las causas que se suman al conflicto planteado por la circulación
de los ómnibus de doble piso.
La suma de exceso de velocidad más
el centro de gravedad elevado en estas unidades de transporte junto al viento
constituyen un conjunto de variables críticas cuyo resultado es sin dudar un
elevado número de víctimas fatales tal como se puede comprobar en las
estadísticas nacionales.
El Centro de Experimentación y
Seguridad Vial (Cesvi), a través de un informe realizado durante el año 2006, pudo
determinar que los accidentes mortales protagonizados por ómnibus de larga
distancia y de doble piso se cobraron la vida de 86 personas en el país y además
pudieron comprobar que estas unidades no respetan la velocidad máxima y que
son inestables ante maniobras bruscas.
Debemos recordar que en Europa y
Estados Unidos estas unidades ya no se utilizan para transporte de pasajeros por
su peligrosidad e inestabilidad siendo las mismas reducidas para realizar trayectos
turísticos a escasa velocidad.
La Universidad Tecnológica Nacional
entregó un estudio técnico solicitado por la Secretaría De transporte de la Nación
sobre la "evaluación de las condiciones de seguimiento de transporte de
pasajeros en ómnibus de doble piso" que revela la poca confiabilidad en este
medio de transporte.
El informe solicitado por la Secretaría
de Transporte de la Nación a la Universidad Tecnológica Nacional respecto a la
seguridad de los ómnibus de transporte de pasajeros de dos pisos, revela en
forma contundente la poca confiabilidad en ese medio de transporte.
Se desprende de lo mencionado que
conociendo las conclusiones que han sido ampliamente difundidas por la prensa,
debemos legislar adecuadamente respecto a este tema de preocupación nacional
y contribuir verdaderamente a la seguridad vial en la República Argentina.
En nuestra sociedad existe un
desapego muy importante a las normas viales y por ello este informe sugiere
colocar un limitador mecánico a la velocidad de las unidades de transporte de
doble piso, por ello es que solicito a los Señores Legisladores me acompañen en
el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARINO, ADRIANA DEL CARMEN | SAN JUAN | FRENTE PRODUCCION Y TRABAJO |
BAIGORRI, GUILLERMO FRANCISCO | SAN JUAN | VIDA Y COMPROMISO |
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
DIAZ BANCALARI, JOSE MARIA | BUENOS AIRES | PERONISTA FEDERAL |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | ARI |
CHIRONI, FERNANDO GUSTAVO | RIO NEGRO | UCR |
SARGHINI, JORGE EMILIO | BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA NACIONAL |
ROSSI, AGUSTIN OSCAR | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LUSQUIÑOS, LUIS BERNARDO | SAN LUIS | FRENTE DEL MOVIMIENTO POPULAR |
DAHER, ZULEMA BEATRIZ | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
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INDUSTRIA |
Trámite
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