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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0931-D-2013
Sumario: OBLIGATORIEDAD DE ROTULACION ADECUADA INFORMANDO FECHA DE VENCIMIENTO DE PRODUCTOS O ESPECIALIDADES MEDICINALES.
Fecha: 15/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
PROYECTO DE LEY PROPONIENDO
QUE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE LOS MEDICAMENTOS
SEAN EXPUESTOS EN
FORMA CLARA Y FÁCILMENTE LEGIBLE, TANTO EN SUS
RESPECTIVOS ENVOLTORIOS COMO EN SUS
CORRESPONDIENTES PROSPECTOS.
ARTICULO 1º. Todo
producto o especialidad medicinal, de cualquier clase, que se fabrique,
expenda y/o distribuya dentro de la República Argentina, sea nacional o
extranjero, aún cuando se distribuya a título gratuito, incluida la muestra sin
cargo, deberá exponer en forma clara, totalmente indeleble y de manera
fácilmente legible para los interesados de cualquier edad, el día, el mes y el
año de vencimiento, en un formato bajo relieve de color, con letra "Arial" o
similar, en un tamaño no inferior a "diez".
En el mismo sentido los
prospectos informativos de cualquier clase o carácter que se adjuntan a los
productos o especialidades medicinales, deberán estar redactados en forma
claramente legible y fácilmente comprensible para la generalidad del público,
debiendo utilizarse letra "Arial" o similar en un tamaño no inferior a
"diez".
ARTICULO 2º. Será
autoridad de aplicación el Ministerio de Salud de la Nación.
ARTICULO 3°. La presente
ley entrará a regir a partir de los 90 días de su publicación.
ARTICULO 4°. Las
infracciones a esta ley serán sancionadas conforme el régimen sancionador
previsto en la Ley de Medicamentos Nº 16.463.
ARTICULO 5°. Se invita a
las provincias y a las municipalidades del país a difundir en sus respectivos
ámbitos territoriales la presente ley.
ARTICULO 6º.
Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En esta oportunidad venimos a
proponer la consideración de un proyecto que tenga en cuenta la dificultad que
se presenta con bastante asiduidad y por diferentes motivos, a la hora de
identificar y visualizar con claridad la fecha de vencimiento de un
medicamento.
La fecha de vencimiento es parte
de la relación de confianza que existe entre una empresa (laboratorio) con un
consumidor. Es una fecha máxima que cualquier persona razonable y
cautelosa acatará y que, acontecida la misma, provocará un llamado de
atención, al que le seguirá el descarte o el recambio del medicamento de que
se trate sin intentar su consumo.
Algunas veces, el tamaño y/o la
superposición de colores similares de los números y letras en relación al color
de fondo hacen verdaderamente dificultoso advertir una fecha tan importante.
Y debemos también tener en
cuenta que existen personas que, por su edad, necesitan de una mayor
precisión en la fuente de las letras y los números elegidos para establecer en
un envoltorio o en un prospecto una fecha de vencimiento.
En definitiva, sostenemos que
cualquier medicamento de origen legítimo debe en la actualidad exhibir en
forma clara, totalmente indeleble y de manera fácilmente legible para la
población el día, el mes y el año de vencimiento en un formato unificado que
se identifique con la fuente "Arial" - o similar - y cuyo tamaño no baje de los
10 puntos; como, asimismo, en la misma línea, también los prospectos
pertinentes deben contener la fecha de vencimiento en forma clara y de
manera fácilmente legible.
Esto favorecerá además, a la
detección de envoltorios, prospectos (y/o sustancias respectivas) que hubiesen
sido adulteradas o falsificadas (en tanto podrán advertirse rápidamente
aquellos que no cumplieran con la calidad y los parámetros establecidos en
este proyecto).
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GRANADOS, DULCE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
INDUSTRIA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 3706-D-15 |