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PROYECTO DE LEY

Expediente: 0795-D-2014

Sumario: EQUIPAR CON CAÑOS DE ESCAPE VERTICAL A LOS AUTOMOTORES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y DE CARGA.

Fecha: 14/03/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8

Proyecto
ESCAPE VERTICAL DE CAÑOS DE ESCAPE DE AUTOMOTORES
Artículo 1º: Los vehículos del parque automotor de transporte colectivo de pasajeros y de transporte de carga, deben equiparse con caño de escape vertical con salida por encima de la cabina o techo respectivo.
Artículo 2º: A tal efecto se adecuarán las disposiciones de la Ley de Tránsito 24.449 y sus normas reglamentarias.
Artículo 3º: La autoridad de aplicación que coordinará su acción con la Comisión Nacional Reguladora del Transporte (CNRT) es el Ministerio del Interior y Transporte de la Nación.
Artículo 4º: La autoridad de aplicación reglamentará la presente en un plazo de (120) ciento veinte días a partir de la aprobación de la siguiente ley.
Artículo 5º: Las exigencias derivadas del cumplimiento de la presente se efectuarán gradualmente, con un plazo máximo de aplicación de (2) dos años para el transporte colectivo de pasajeros y de (3) tres años para el transporte de carga.
Artículo 6º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Más allá de los frecuentes controles de las emanaciones tóxicas procedentes de la combustión de los motores de los vehículos de transporte y de carga, la realidad nos muestra que las mismas se mantienen sobre un nivel de riesgo para la población. Los transportes de pasajeros y los transportes cargas de nuestro país son los vehículos que proporcionan la mayor contaminación para el ambiente.
Por ejemplo el informe GEO, elaborado por el Programa de Naciones Unidas para el medio Ambiente (PNUMA), la Universidad del Salvador y el Banco Mundial, presentado en 2004, señala que el transporte automotor es el factor más incidente en la contaminación a nivel general. Señala que la falta de mantenimiento de los vehículos "producen un envejecimiento del parque automotor y una disminución en la eficiencia de la combustión de los motores, hecho que genera mayores emisiones."
De acuerdo con estimaciones provenientes de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte se presentan cerca de 8.000 denuncias por año, sobre emanaciones irregulares del parque automotor. Lamentablemente este número no va tender a la baja si no se reconstruye el parque automotor con la debida responsabilidad de sus propietarios, no sólo para cuidar el ambiente en que vivimos sino para mejorar la visibilidad en las rutas de nuestro país.
A este hecho se suma, la circunstancia de que los peatones, ciclistas, motociclistas y conductores en general reciben las emanaciones de los caños de escape horizontales que generan una reducción de su visibilidad, y a su vez, son altamente tóxicas y anti- higiénicas. La presente ley propone subsanar esta situación en las rutas de nuestro país, con el objetivo de mejorar el transporte público vehicular, mejorar la visibilidad de los conductores y para mantener el compromiso con un ambiente sano.
Esta medida ha sido adoptada por varias provincias de nuestro país y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; además, se cuenta con variadas experiencias a nivel internacional.
Asimismo el problema ha sido tomado en cuenta por distintas fábricas automotrices, cuyas unidades fueron diseñadas para que los caños de escape se dirijan hacia arriba, por encima de los techos de los vehículos.
Se ha planteado la gradualidad y plazos extendidos a dos y tres años, a los efectos de posibilitar un cumplimiento lo menos dificultoso posible de las disposiciones de la ley.
Por lo brevemente aquí expuesto, solicito a mis pares que acompañen con su voto la sanción del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PERIE, JULIA ARGENTINA MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
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