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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0395-D-2007

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL DICTADO DEL DECRETO REGLAMENTARIO A LA LEY 25380 Y SU MODIFICATORIA 25966, DE REGIMEN LEGAL PARA LAS INDICACIONES DE PROCEDENCIA Y DENOMINACIONES DE ORIGEN DE PRODUCTOS AGRICOLAS Y ALIMENTARIOS.

Fecha: 09/03/2007

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 7

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que por donde corresponda informe :
1. Cual es el estado de situación del Proyecto de Decreto Reglamentario del régimen legal para las indicaciones de procedencia y denominaciones de origen de productos agrícolas y alimentarios, Ley Nro. 25.380 y su modificatoria Ley Nro. 25.966.
2. Cuales son las previsones, requisitos y condiciones a cumplir por el/los solicitantes de una Denominación de Origen o Indicación Geográfica según la norma proyectada.
3. Especificar, según la medida proyectada, los caracteres y requisitos de los Consejos de Promoción legalemente previstos.
4. Que medidas de incentivo a la producción y/o las exportaciones se proyectan para acompañar el regimen de Denominación de Origen.
5. Que organismos y/o entidades se encuentran participando en el sistema de Denominación de Origen e Indicaciones Geográficas.
6. Existen presentaciones tendientes a obtener el beneficio de las Denominaciones de origen e Indicaciones geográfica.
7. De que manera se inserta el Sello dentro de la Estrategia "Marca País" impulsada por el Poder Ejecutivo.
8. Existen planes oficiales para la promoción y difusón de las D.O. e I.G. en los mercados nacionales y extranjeros, a efectos de su posicionameinto y reconocimiento por los consumidores.
9. Con que estructura cuenta la Autoridad de Aplicación, es decir la "Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos" para la aplicación del regimen legal.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Que la República Argentina produzca alimentos y de calidad no es novedoso; pero no va a servir de nada si no se implementan acciones que generen nuevos mercados interesados en adquirirlos, y se fidelizen los ya existentes.
En este contexto, el régimen de las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas, creado por Ley Nro. 25.380 y su modificatoria Ley Nro. 25.966 constituyen una poderosa herramienta de penetración de mercados.
Sin embargo, este sistema actualmente carece de toda operatividad en atención a que aún se encuentra -con carácter de "Proyecto"- el Decreto reglamentario del régimen, el cual data ya de varios años y un importante numero de solicitudes por parte de gobiernos y productores de todo el país.
Todos sabemos que en el mundo globalizado de nuestros días, la imagen que los públicos internacionales tengan respecto de un país y de sus productos, constituye uno de sus principales activos.
Estas Certificaciones -dadas por el origen o su zona de producción- de naturaleza voluntaria según resulta de su norma creadora, acompañará las marcas comerciales individuales de las empresas argentinas como "contramarca", con el objeto de facilitar a los consumidores la identificación de los productos agroalimentarios argentinos, asociando así: PRODUCTO - PAÍS DE ORIGEN/ZONA DE PRODUCCIÓN - CALIDAD DIFERENCIADA
En América Latina la diferenciación de productos alimenticios a través de las D.O e I.G. es una práctica incipiente, sin embargo constituyen un instrumento con indiscutible potencial para promover productos de la agroindustria, como lo hacen importantes países europeos.
Debemos tener en cuenta que en el ámbito internacional, el grado de exigencia de clientes y consumidores respecto de los agroalimentos se ha elevado en virtud del mayor poder de negociación en las compras, de la cantidad de información disponible y de la oferta de una gran variedad de productos.
Clientes y consumidores buscan cada vez mayor referencia sobre los agroalimentos que adquieren, y por consiguiente, cobran mayor relevancia su naturaleza, origen, sistemas y procesos de producción, tradiciones productivas y culinarias, carácter artesanal o étnico y el respaldo de sus características específicas.
Asimismo, y habida cuenta que implicará para el consumidor la posibilidad de detectar inmediatamente virtudes e identificar fácilmente las valoraciones subjetivas que le genera el producto a adquirir, conformará un verdadero "contrato de confianza" entre productor y el consumidor.
Por todo lo antes expuesto, y dada la relevancia del tema, pido a mis colegas me acompañen con la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ATANASOF, ALFREDO NESTOR BUENOS AIRES PERONISTA FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INDUSTRIA (Primera Competencia)