INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 8256-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LA INCORPORACION EN EL PROGRAMA DE TRABAJO 2011 DEL SUBGRUPO DE TRABAJO Nº 6 "MEDIO AMBIENTE" DEL GRUPO MERCADO COMUN, DEL ANALISIS Y ELABORACION DE UN MARCO JURIDICO REGIONAL PARA LA PROTECCION DE LA RESERVA DE AGUA CONOCIDA COMO ACUIFERO GUARANI.
Fecha: 18/11/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 176
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que,
a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y demás
organismos que correspondan, se instrumenten las medidas pertinentes para la
incorporación en el Programa de Trabajo 2011 del Subgrupo de Trabajo nro. 6 "Medio
Ambiente" del Grupo Mercado Común, del análisis y elaboración de un marco jurídico
regional para la protección de la reserva de agua conocida como Acuífero Guaraní.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante el transcurso de la década del 60
surgió la preocupación por los problemas ambientales y el inicio de la elaboración de
mecanismos apropiados para la protección del hábitat natural y humano.
En la actualidad, uno de los principales
debates que se ha puesto de manifiesto en los últimos años en las más diversas
disciplinas, consiste en la necesidad de revisar el actual modelo de crecimiento
económico y buscar los mecanismos para contribuir a la sustentabilidad de todos los
sistemas, inclusive el económico. Respecto de este punto, la supervivencia del sistema
económico obedece a la necesidad de mantener un óptimo stock de capital natural,
puesto que los procesos económicos no pueden crecer de forma indefinida cuando la
disponibilidad de recursos es limitada.
Al respecto, los Estados Parte del
MERCOSUR han elaborado una respuesta desde la ciencia jurídica plasmada el Acuerdo
Marco sobre Medio Ambiente cuyo objeto radica en la efectiva protección del medio
ambiente y el uso sustentable de los recursos naturales, para lo cual es ineludible que las
políticas comerciales y ambientales sean complementarias y se fomente la participación
de la sociedad civil en la protección del medio ambiente no sólo en el debate, sino
también en la búsqueda de soluciones.
La sustentabilidad a la que nos referimos,
implica lograr un equilibrio entre justicia social, economías sostenibles y un medio
ambiente duradero. Esto último requiere que se preserve el capital natural; de hacer un
consumo responsable de recursos materiales, hídricos y energéticos renovables; y de
mantener la diversidad biológica, la salud pública y la calidad del aire, entre otros.
La propia Constitución Nacional Argentina, en
su artículo 41°, párrafo dos, establece que: "las autoridades proveerán (...) a la
preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica...".
Hoy somos testigos de la creciente
degradación de nuestros recursos naturales, lo cual nos hace imperante la necesidad de
incorporar la cuestión ambiental con carácter estratégico en los procesos de integración
regional. En tal sentido corresponde destacar que desde el propio Preámbulo del Tratado
de Asunción se hace expresa mención a la necesidad de la preservación del medio
ambiente, como uno de los presupuestos necesarios a los fines de lograr la integración
entre los países integrantes del MERCOSUR.
En Latinoamérica, llevamos más de 200 años
estableciendo una relación utilitaria con la naturaleza, donde el agua dulce también se ha
convertido en un mero bien cuya disposición se encuentra al servicio de la producción.
Actualmente, la Organización de Naciones
Unidas estima que la cuarta parte de la población mundial carece de agua potable salubre
y esta proporción se duplicará dentro de veinte años. Bajo este horizonte destacamos que
del total de los recursos hídricos de nuestro planeta, el agua dulce solamente representa
el 3%.
Según el Consejo Mundial del Agua, con el
ritmo actual de inversiones hídricas públicas y privadas, el acceso al mencionado recurso
no podrá garantizarse sino hasta el año 2050 en África, 2025 en Asia y 2040 en América
Latina y el Caribe.
Ante esta realidad, está claro que debemos
garantizar la preservación de los recursos hídricos, tanto locales como regionales y por
ello cabe destacarse la importancia de la reserva de agua dulce más grande del planeta
como lo es nuestro Acuífero Guaraní.
La misma descansa en el subsuelo de los
territorios de Brasil, Uruguay, Paraguay y Argentina, países signatarios del Tratado de
Asunción ; almacena entre 40.000 y 50.000 km. cúbicos de agua y goza de una capacidad
para abastecer a la población mundial aproximadamente por 200 años a razón de 100
litros por día por habitante.
Teniendo presente que el tema central que nos
convoca refiere a la legislación, resulta relevante analizar lo que está sucediendo en torno
a los distintos usos a los que responde nuestro Acuífero Guaraní. "El país que más lo
explota es Brasil, abasteciendo total o parcialmente entre 300 y 500 ciudades y
exportando a Medio Oriente agua embotellada. Uruguay tiene unos 135 pozos de
abastecimiento público de agua y algunos de ellos se destinan a la explotación termal. En
Paraguay se registran unos 200 pozos principalmente dedicados al uso humano ; y en la
Argentina hay en explotación cinco perforaciones termales de agua dulce y una de agua
salada ubicadas en la provincia de Entre Ríos.
Concretamente, a la hora de hablar de un
marco jurídico de fuente convencional aplicable al Acuífero Guaraní, contamos con
distintos Tratados Internacionales, todos ellos insuficientes a los fines de regular aguas
subterráneas transfronterizas:
- Tratado de la Cuenca del Plata ( año
1969 )
- Tratado del Río de la Plata y su Frente
Marítimo ( año 1973 )
- Tratado del Río Uruguay ( año 1975 )
- Tratado de Santa Cruz de la Sierra (
año 1992 )
- Acuerdo Marco sobre Medio Ambiente
del MERCOSUR ( año 2004 )
Al respecto, durante el transcurso del año
2004 los países del MERCOSUR decidieron crear un "Grupo Ad Hoc de Alto Nivel
Acuífero Guaraní" que funcionaría como foro auxiliar del Consejo del Mercado Común
con el objeto de elaborar un "proyecto de Acuerdo de los Estados Parte del MERCOSUR
relativo al Acuífero Guaraní".
Pese a que durante ese año el tema del
Acuífero Guaraní ocupó la agenda de los Presidentes del MERCOSUR, el tema poco a
poco comenzó a perder protagonismo, sin siquiera alcanzar los resultados planteados en
ocasión de la ya citada reunión extraordinaria de Asunción del Paraguay. En este sentido,
la última referencia, en lo que a Comunicados Presidenciales se refiere, se encuentra en
el redactado tras la XXIX Cumbre Presidencial de diciembre de 2005 en Montevideo,
donde los Presidentes tomaron nota del estado de las negociaciones del proyecto de
Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní, que consagra principios y criterios que garantizan la
soberanía permanente e incuestionable de los cuatro Estados Partes sobre ese
importante recurso hídrico transfronterizo, asegurando su utilización racional y sostenible.
Asimismo, destacaron la importancia de ampliar el conocimiento técnico y científico sobre
el mismo.
Hecha una breve exposición del caso, deviene
impostergable la sanción de un "acuerdo marco del MERCOSUR que regule la propiedad,
gestión, usos, conservación y explotación sustentable de las aguas superficiales y
subterráneas transfronterizas" tal como lo prescribe el artículo 6º inciso "n" y el área
temática 1.f. prevista como anexo del referido acuerdo marco sobre medio ambiente del
MERCOSUR.
Asumir como base de la gestión de aguas el
principio de sostenibilidad desde un enfoque ecosistémico exige reforzar la
responsabilidad pública en esta materia, y enfatizar en la intervención de cada Estado en
la protección del agua como recurso natural pero también como un bien social y un
derecho humano.
Por todo lo expuesto anteriormente, es que
solicito a los señores legisladores, que acompañen el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
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