Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios »

INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 219

Jefe SR. RODRIGUEZ JUAN MANUEL

Martes 17.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2367 Internos 2367/2449/2356

cimaritimos@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 6757-D-2006

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL ESTADO ACTUAL DEL ACUERDO FEDERAL DEL AGUA FIRMADO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES EL 17 DE SEPTIEMBRE DE 2003.

Fecha: 09/11/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo a fin de solicitar que a través del organismo que corresponda, informe sobre el estado actual del Acuerdo Federal del Agua, firmado en la Ciudad de Buenos Aires, el 17 de septiembre de 2003.
1. La nómina de estados miembros que han ratificado la carta orgánica, de acuerdo a lo prescripto por el Art.20 del Acuerdo.
2. Si se ha conseguido la mayoría establecida por el Art.23 de dicho Acuerdo.
3. En caso afirmativo, qué se proyecta realizar, en un futuro próximo, para cumplimentar los criterios sustentados en el Acuerdo antes mencionado.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En virtud de que el 17 de septiembre del año 2003 se suscribiera en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el denominado Acuerdo Federal del Agua que declaraba, entre sus principios:
“Que durante los últimos años la sociedad argentina tomó conciencia de la vulnerabilidad de los recursos hídricos, dándose la motivación para impulsar las acciones necesarias para la protección y el aprovechamiento sustentable de los mismos. Que se coincidió que el primer paso en esa dirección era definir una visión consensuada sobre los valores que nuestra sociedad le adjudica al agua, permitiéndose así definir las bases de un sistema jurídico e institucional que garantice una gestión integrada del recurso. Que la formalización de los lineamientos de política -Principios Rectores de Política Hídrica- gestados por todas las jurisdicciones en un marco federal de concertación, permitirá dotar a nuestro país de una Política de Estado en materia hídrica, que respetando las raíces históricas de las jurisdicciones, conjugue los intereses de carácter provincial, regional y nacional. En consecuencia, Acuerdan: I. Adoptar los “Principios Rectores de Política Hídrica de la República Argentina”, comprometiéndose a compatibilizar e instrumentar dichos principios en las políticas, legislaciones y gestión de las aguas de sus respectivas jurisdicciones. II. Reconocer al Consejo Hídrico Federal como ámbito idóneo para la definición de la política hídrica de la República Argentina III. Elevar el presente Acuerdo al Congreso de la Nación para su conocimiento y materialización normativa a través de una Ley Marco de Política Hídrica para la República Argentina. IV. Impulsar los procedimientos que sean necesarios en las respectivas jurisdicciones para la ratificación del presente acuerdo”
En la oportunidad, suscribieron el referido acuerdo los representantes de: NACION, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, CHACO, CHUBUT, CORDOBA, CORRIENTES, ENTRE RIOS, FORMOSA, JUJUY, LA PAMPA, LA RIOJA, MENDOZA, MISIONES, NEUQUEN, RIO NEGRO, SALTA, SAN JUAN, SANTA CRUZ, SANTA FE, SANTIAGO DEL ESTERO, TIERRA DEL FUEGO, TUCUMAN.
Se declaraba asimismo que se arribó a un acuerdo -Acuerdo Federal del Agua- donde quedó consensuado, en un marco de federalismo concertado, los fundamentos de una política hídrica nacional, racional y aglutinante de todos los sectores. En ejercicio de las facultades concurrentes entre las Provincias y la Nación que nuestra Carta Constitucional consagra, este Acuerdo logra amalgamar principios de política que integran los aspectos sociales y ambientales relacionados con el agua como parte de las actividades productivas de la sociedad; incorporando principios básicos de organización, gestión y economía de los recursos hídricos en concierto con principios de protección del recurso. La adopción de los lineamientos de política hídrica así gestados -Principios Rectores- por parte de todas las Provincias y la Nación, permitirá dotar al país de una Política de Estado.
¨... una ley marco de política que sustente la gestión integrada del recurso hídrico ¨
Como corolario del esfuerzo mancomunado de las veinticinco jurisdicciones en definir Principios Rectores de Política Hídrica, y a través de la instancia de consenso que posibilitó el Consejo Hídrico Federal (COHIFE), hoy es posible traducir la visión lograda en una Ley Marco de Política Hídrica, coherente y efectiva, que respetando las raíces históricas de cada jurisdicción, conjugue los intereses provinciales, regionales y nacional en una gestión integrada de los recursos hídricos que minimice los conflictos relacionados con el agua. La normatización de los Principios Rectores a través de una Ley Marco, por parte del Honorable Congreso de la Nación, permitirá fijar reglas claras y equitativas que brinden seguridad jurídica, evitándose así la proliferación de legislaciones parciales, dispersas, con dispositivos superpuestos y a menudo contrapuestos. Por último, cabe resaltar que la materialización de estos Principios Rectores en la gestión diaria requerirá el apoyo participativo de la comunidad en su totalidad y de un férreo compromiso del sector político, en el entendimiento que del manejo inteligente de las aguas depende la vida y la prosperidad de nuestro país. Nota: Toda referencia hecha en este documento a “provincias” o “Estados Provinciales” incluye a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Tal como se expresa en la Carta Orgánica del Consejo Hídrico Federal en sus artículos 23 y 24, se requiere la ratificación por parte de las provincias para integrarse a él y un mínimo de ratificaciones para que comience a funcionar. Es así que el Artículo 23 establece: “El Consejo Hídrico Federal comenzará a funcionar en un lapso no mayor de treinta días de la ratificación de la presente Carta Orgánica por al menos ocho Estados. En dicho plazo la Secretaría General convocará a la Primer Asamblea.” Y el Artículo 24: “La alternancia normal y continua en el Comité Ejecutivo requiere una integración mínima de tres Estados miembros por grupo que hayan adherido y ratificado la presente Carga Orgánica….”
En virtud de la gran importancia que tendría la gestión del Consejo Hídrico Federal y de la necesidad de conocer su situación actual, es que solicitamos la presente información.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BAIGORRI, GUILLERMO FRANCISCO SAN JUAN VIDA Y COMPROMISO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia)