INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 6410-D-2014
Sumario: INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA NAVAL (INTENA): CREACION.
Fecha: 19/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
Artículo 1: Créase el
Instituto Nacional de Tecnología Naval (INTeNa).
Artículo 2: El INTeNa
tendrá funciones de Investigación, Desarrollo y Diseño Naval, lo cual
incluye la creación de Centros especializados en las siguientes áreas:
1. Planificación estratégica de
desarrollo naval, vías navegables y puertos argentinos.
2. Relevamiento del potencial
productivo de ríos y mares de la República Argentina.
3. Coordinación en este campo
de las actividades de Investigación y Desarrollo Naval (IyDN) de
instituciones estatales y privadas de nuestro país.
4. Evaluación y control de las
actividades de Investigación y Desarrollo Naval., incluyendo los estudios
oceanográficos.
5. Asignación de recursos para
la financiación de los programas en los distintos Centros.
6. Asesoramiento para la
adquisición, mantenimiento y reparación de material naval, portuario y de
mantenimiento costero a organismos estatales y no estatales.
7. Desarrollo de actividades
conjuntas con centros similares extranjeros.
8.- Incubadora de
emprendimientos vinculados con el mar, ríos y lagos, promoviendo la
sinergia pública - privada, estimulando la inversión en las vastas
actividades navales.
Artículo 3: El INTeNa
dedicará parte de sus labores al desenvolvimiento de actividades
portuarias, que consisten en relevar, programar y desarrollar alternativas
para mejorar la operatividad y la baja de los costos de las terminales y la
construcción de nuevos puertos en nuestro litoral.
Artículo 4: El INTeNa se
ocupará de desarrollar los recursos necesarios para la capacitación del
personal a cargo de estas tareas y de la operación y mantenimiento de las
actividades navales, portuarias y de mantenimiento costero, para lo cual
realizará:
Actividades de capacitación
centradas en los siguientes campos:
a) Formación de
investigadores especializados en Investigación y Desarrollo Naval,
dotándolos del equipamiento necesario para estas actividades.
b) Formación de diseñadores
navales y directores de actividades portuarias, de explotación en los
sistemas acuáticos, submarinos y de la plataforma continental y su
subsuelo, además del mantenimiento de costas argentinas y sus
ecosistemas.
c) Formación de técnicos en las
distintas especialidades de producción y mantenimiento del material
naval, explotación submarina y funcionamiento portuario.
d) Promoción de la creatividad
en el campo de las actividades navales, tanto en organizaciones del
Instituto como en organizaciones de la sociedad civil.
Artículo 5: Organización
del INSTITUTO NACIONAL DE ACTIVIDADES NAVALES
Tendrá dos organizaciones
básicas: Un Directorio Ejecutivo y un Consejo Asesor, cuyos miembros
reunidos conformarán la Asamblea Ejecutiva del INTeNa.
5.1.) El Directorio Ejecutivo
estará integrado por representantes de distintas instituciones, que una vez
designados desarrollarán esta tarea con dedicación exclusiva, y sirviendo
de nexo permanente con las instituciones que representan. Todos deberán
tener una formación profesional vinculada a las actividades de
investigación, desarrollo, diseño y producción naval, y serán elegidos por
períodos no renovables de 4 años.
Estará integrado por un (1)
representante de cada una de las siguientes instituciones:
a) Ministerio de Defensa
b) Ministerio de Ciencia y
Tecnología
c) Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios
d) Armada Nacional
e) CONICET
f) Marina Mercante
Argentina
g) Prefectura Naval
Argentina
h) Instituto Nacional de
Tecnología Industrial (INTI)
i) Complejo Industrial Naval
Argentino (CINAR)
j) Secretaría de Intereses
Marítimos y Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, con una
representación unificada
5.2.) El Consejo Asesor estará
integrado por un (1) representante de cada una de las siguientes
instituciones:
a) Subsecretaria de Puertos y
Vías Navegables
b) Federación de la Industria
Naval Argentina (FINA)
c) Centro de Capitanes de
Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante
d) Sindicatos de las
industrias navales y marítimas
e) Universidades Nacionales
que desarrollen tareas de IyD Naval
f) Universidad Tecnológica
Nacional (UTN)
g) Servicio Meteorológico
Nacional (SMN)
h) Escuela Nacional de
Náutica (ENN)
i) Instituto Tecnológico
Buenos Aires (ITBA)
j) Consejo Profesional de
Ingeniería Naval
k) Asociación Argentina de
Ingeniería Naval (AAIN)
l) Liga Naval Argentina
m) Centro de Navegación
n) Consejo Portuario
Argentino
o) Cámara Argentina de
Constructores de Embarcaciones Livianas (CACEL)
Cada institución deberá
renovar anualmente los diplomas de sus representantes, que no podrán
permanecer más de dos períodos en el cargo, y el Directorio Ejecutivo
podrá invitar a participar en este Consejo a las instituciones que considere
conveniente. Los asesores no percibirán remuneración, siendo su labor ad
honorem.
5.3.) La Asamblea Ejecutiva
estará constituida por la totalidad de los miembros del Directorio Ejecutivo
y el Consejo Asesor. Se deberá reunir al menos cuatro veces por año, y sus
resoluciones serán vinculantes cuando se tomen por mayoría calificada de
los tres quintos del total de sus miembros.
5.4.) La presidencia del
Directorio Ejecutivo será rotativa anualmente, y el Presidente será
propuesto por el Ministro de Defensa, elegido por el voto de exclusivo de
los directores ad referéndum de la Presidencia de la Nación. El mismo
procedimiento se utilizará para elegir representantes del INTeNa en
organizaciones internacionales de este campo de actividad.
5.5) En el caso de que el
representante designado por parte de las instituciones consignadas en el
apartado 5.1) perciban una remuneración, deberán optar por continuar
con el ingreso personal preexistente o recibir el correspondiente al rol de
Director del Instituto. No se podrá cobrar simultáneamente los dos
emolumentos.
Artículo 6: DEPENDENCIA
JERÁRQUICA
El Instituto Nacional de
Tecnología Naval dependerá jerárquicamente del Ministerio de Defensa, y
su Presidente reportará al Ministro.
Artículo 7:
FINANCIAMIENTO
El INTeNa obtendrá su
financiamiento de las siguientes fuentes:
a) Asignaciones del
Presupuesto nacional, inclusive con la eventual creación de un impuesto
específico para este fin obtenido de un cargo por el movimiento de las
actividades portuarias (similar a las tasas de embarque en aeropuertos,
pero aplicada al movimiento de mercancías).
b) Partidas específicas del
Estado para determinadas actividades.
c) Royalties por la transferencia
de tecnología y Propiedad Intelectual generada por los distintos Centros del
INTeNa a organizaciones nacionales o extranjeras.
d) Convenios con otras
instituciones, nacionales y extranjeras, para el desarrollo de actividades
definidas,
e) Financiamiento de
organismos internacionales vinculados a la actividad.
Artículo 8: El Ministerio de
Defensa arbitrará las medidas conducentes para que como mínimo el
ochenta por cien (80%) del personal administrativo y de maestranza del
Instituto provenga de traslados y/o adscripciones de otras dependencias
de la Administración pública Nacional, organismos descentralizados y de
las Administraciones Provinciales, velando por no incrementar el personal
a cargo del Estado y sus dependencias.
Artículo 9: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
De acuerdo a la presentación
realizada por la Comisión Nacional del Limite Exterior de la Plataforma
Continental (COPLA), el limite exterior de la Plataforma Continental
Argentina deja bajo nuestra responsabilidad a una extensión de
aproximadamente 6,7 millones de kilómetros cuadrados del Atlántico Sur,
merced a que se agregan 1,7 millones de Km2 a nuestro mar, que se
suman a los actuales 4,8 millones de Km2 de explotación económica
exclusiva1 (hasta las 200 millas marinas).
Esta extensión es casi del doble
de la superficie territorial de la Argentina de 2,78 millones de Km2, (si no
consideramos nuestro sector soberano sobre la Antártida). Aún con la
Antártida, el territorio continental llega a 3,71 millones de Km2, sigue
siendo poco más que la mitad de lo confiado a nuestra soberanía
marítima. Por lo tanto, el control del mar es una necesidad imprescindible
para mantener nuestra soberanía.
Lo hemos llamado desde hace
años la "Pampa Mojada". Ahora también se lo denomina "Pampa Azul".
Más allá del nombre que lo identifique, el Mar es parte de nuestro inmenso
espacio. El espacio exige de sus habitantes comprometidos con él
organización y aprovechamiento sustentable.
A esto debe agregarse la
enorme extensión de nuestras costas marítimas, que, según la última
medición desarrollada por el Instituto Argentino de Oceanografía, del
CONICET, el litoral marítimo argentino tiene 6.816 kilómetros2, una
extensión enorme si consideramos que el ancho de máximo de la Argentina
es de algo más de 2 mil kilómetros. Si bien las mediciones oficiales del
Instituto Geográfico Militar y del Servicio de Hidrografía Naval, utilizando
otros métodos de mensura, han establecido un perfil costero de 4.725 Km.
y de 5.087 Km. respectivamente.
Si sumamos a esto, como parte
de la responsabilidad naval, la extensión de los ríos que desembocan en el
mar, tales como la hidrovía Paraná-Paraguay (3.442 kilómetros), con sus
afluentes, (Pilcomayo, Bermejo y Salado), los 350 km navegables del río
Uruguay, y los ríos patagónicos aún inexplotados, cursos que permitirían
utilizar masivamente recurso navales que disminuyen los costos de
transporte y generan nuevas oportunidades de desarrollo económico.
El presente proyecto, destinado
a instalar un organismo de planificación y coordinación de las actividades
navales, busca colaborar con los objetivos manifestado por la ex ministro
de Defensa Dra. Nilda Garré, con motivo del "Día del Ministerio de
Defensa", el 17 de junio de 2009, que afirmaba como problemas reales: "La
sostenida desinversión y la falta de reemplazo de algunos medios
materiales, la ineficiencia del sistema de administración de recursos para
la Defensa sin una conducción racional que controle la eficiencia del
conjunto, la desarticulación entre las áreas de ciencia, tecnología y
producción y las necesidades operativas de las Fuerzas, la falta de
adecuación de los contenidos en los procesos de formación y educación a
los nuevos desafíos y necesidades de la Defensa, la inexistencia de ámbitos
de estudio para los civiles de los temas de la Defensa y las Fuerzas
Armadas, etc."
El presente proyecto reconoce
el antecedente parlamentario 1280-S-10 auspiciado por la ex senadora
nacional Teresita Quintela.
La contribución a estos
objetivos de nuestro sistema de Defensa, se suma a aquellos destinados a
incrementar nuestras capacidades productivas y el control efectivo de
nuestros recursos naturales. Este Instituto Nacional de Tecnología Naval,
que brindará recursos de desarrollo y coordinación estratégica en el campo
naval.
ANTECECENTES:
La industria naval argentina
tuvo el mayor desarrollo de América Latina, pero la política de desguace de
nuestro potencial instalado, llevado a cabo especialmente en la década de
1990, cuando se desmanteló la Empresa Línea Marítimas del Estado- que
sin dudas ameritaba y reclamaba profundas reformas para tornarla
económicamente sostenible, pero ello no autorizaba el literal
desmantelamiento -, se privatizaron los puertos, perdiendo control del
Estado sobre el volumen del comercio exterior, y cuando nuestra pujante
industria naval prácticamente desapareció, a lo cual vimos que, por
distintos motivos, el potencial de la Armada se ha visto considerablemente
menguado, y definitivamente hoy no se encuentra a la altura de las
actuales necesidades de control de nuestros mares.
Sin embargo subsisten
numerosos centros de investigación y desarrollo, impulsados desde el
CONICET, desde diferentes universidades nacionales, actividades de
desarrollo en organismos estatales como el CITEDEF , el Instituto de
Investigaciones Científicas y Técnicas para la Defensa(ex Citefa), por
INVAP, por el Instituto Balseiro, la CONEA, el Instituto Argentino de
Oceanografía, el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero,
entre otras instituciones, además de las recientes experiencias de
renovación en el Complejo Industrial Naval Argentino (CINAR).
Todas estas actividades y
recursos no se encuentran articulados en un programa integral de
desarrollo naval argentino, capaz de potenciar las complejas capacidades
que esta actividad requiere, y donde se encuentra un potencial de
desarrollo al menos tan importante como el que proviene de las actividades
que son de incumbencia de los Institutos Nacionales de Tecnología
Agropecuaria (INTA) e Industrial (INTI), es en base a estas consideraciones
que aparece como necesaria la creación de un Instituto Nacional de
Tecnología Naval, que coordine, desarrolle y financie las actividades hoy
dispersas a través de una pluralidad de Centros de Investigación,
Desarrollo y Producción de diferentes actividades navales, portuarias y
costeras.
Es de señalar que la única
inquietud que embarga al autor de este proyecto de ley es que podría
abrirse otra compuerta para engrosar la burocracia estatal con lo cual los
'remedios' para concertar esfuerzos en materia Naval podrían agravar
nuestra 'enfermedad' consistente en un Estado grande, pero poco
eficaz.
Esta Ley traerá un enorme
beneficio para el futuro de la Argentina, por ese motivo, solicito a los
señores diputados que me acompañen con su voto y confieran aprobación
a la iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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