INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 5550-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PROTEGER A LA BALLENA FRANCA AUSTRAL, DECLARADA PATRIMONIO NATURAL NACIONAL.
Fecha: 21/09/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137
En miras a proteger un patrimonio
natural nacional como lo es la ballena franca austral, de las actividades de
agentes que tienden a agredir el entorno en el que desarrollan los ciclos de las
ballenas en el sector de la península de Valdés y a evadir tanto las leyes
nacionales como provinciales, propone:
Aumentar los controles que se ejercen en las costas
del mar adyacente en el sector de la península de Valdés,
especialmente en los meses que van de mayo a octubre,
periodo en el cual se produce el ciclo migratorio,
aumentando el numero de efectivos ubicados en la zona ya
que el sector es ampliamente controlable debido a la
pequeñez de la misma.
Hacer efectivo el uso de sanciones y aumentarlas para
aquellos que transgredan las leyes nacionales como
provinciales.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante años,
especies de diversa índole del reino animal han sido
perseguidas por la acción del hombre con motivos que van
desde la diversión como es el caso de la caza deportiva a
económicos como lo es la producción de diversos elementos
que se extraen del cuerpo de los animales para integrarlos
a actividades productivas.
Ello ha dado
lugar a que varias especies se hayan extinguido del
plantea, generando una situación de desequilibrio en la
cadena natural de la evolución que ha dado lugar al
replanteamiento de estas actividades y a la efectiva
posibilidad de limitación y erradicación.
El caso de la
ballena franca austral ha sido un ejemplo característico de
esta actividad, ya que durante años ha sido perseguida y
cazada por motivos económicos como lo son la extracción
del aceite y los productos de su piel para su utilización en la
industria textil.
A raíz de esta
actividad se ha reducido la población de ballenas, que ha
pasado de un total de 100.000 a un numero cercano a los
3.000 y 4.000 ejemplares existentes en la actualidad. La
drástica reducción de la cantidad de especimenes, ha dado
lugar al replanteo de estas actividades en pos de su
eliminación.
En función de
ello, la mayoría de los países en el mundo ha adherido a la
necesidad de proteger esta especie y preservarla de la
extinción, motivo por el cual se ha centrado en producir los
elementos extraídos de la ballena de sus propios recursos
naturales que pueden ser brindados por el producto de la
tierra.
En la
Argentina esta opinión se ha visto reflejada en 1984, año
en el cual la ballena franca austral fue declarada
monumento natural nacional. Lográndose con ello, el
primer paso en el camino hacia su protección.
En adelante
también se han dictado leyes tanto nacionales como
provinciales destinadas a proteger a la ballena de las
actividades antes descriptas y a cuidar el ambiente en el
cual se desarrollan.
Contrariamente a ello, en los últimos días ha
llamado la atención la aparición en Internet de ofertas de
viajes a la península de Valdés en la que se brinda la
posibilidad de nadar y fotografiar a la ballena franca,
actividad que se encuentra prohibida por las leyes antes
mencionadas.
Es importante
destacar, que en la península de Valdés, lugar en el que las
ballenas se asientan durante sus ciclos reproductivos y de
nacimiento que transcurre en el período que va de mayo a
octubre, los cuidados que deben tenerse son extremos ya
que actividades ajenas podrían afectar el ciclo natural de
manera negativa.
En la
península Valdés, existen tres zonas de cría, donde se
concentran hembras con cachorros: una de ellas se sitúa en
el golfo San José, otra en el golfo Nuevo y la tercera en la
costa Atlántica de la península. Dado el estado crítico de
esta especie en el nivel mundial y la lenta recuperación de
sus poblaciones, es necesario evitar al máximo cualquier
alteración en estas áreas.
Por ello,
resulta esencial que se aumenten los controles en la zona y
se hagan efectivas las sanciones a los grupos que
contrarios a la ley violan el contenido de la misma en pos
del lucro y en detrimento de la protección de una especie
que se encuentra en peligro de extinción.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ATANASOF, ALFREDO NESTOR | BUENOS AIRES | PERONISTA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia) |