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INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 219

Jefe SR. RODRIGUEZ JUAN MANUEL

Martes 17.30hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 3435-D-2010

Sumario: AUTORIDAD MATANZA - RIACHUELO : CREACION - LEY 26168 -. MODIFICACIONES DEL ARTICULO 5, SOBRE FACULTAD DE CONSTITUIRSE COMO PARTE QUERELLANTE EN PROCESOS RELACIONADOS CON DELITOS AMBIENTALES EN LA CUENCA.

Fecha: 19/05/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 59

Proyecto
Artículo 1º.- Incorpórese como Inciso f) del artículo 5º de la ley 26.168, el siguiente texto:
"f) Constituirse en parte querellante en los procesos penales donde se investiguen:
1. delitos relacionados con hechos u omisiones concernientes a la ejecución de la sentencia del 8 de julio de 2008 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos "Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ daños y perjuicios" (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza - Riachuelo -M. 1569. XL. ORIGINARIO)
2. delitos que afectasen intereses colectivos o difusos relacionados con la prevención, la degradación y la recomposición ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo."
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 22 de diciembre pasado, en los autos caratulados "Derudder Hnos. S.R.L." (Expediente Nº: 43.710), ante el recurso de apelación del Dr. Homero M. Bibiloni, como presidente de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), contra la decisión de fecha 31 de marzo de este año, por medio de la cual el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 11 resolvió no tenerlo como parte querellante en el proceso, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal resolvió que "la pretensión de ser tenida como parte querellante (art. 82 C.P.P.N.) también debe ser rechazada toda vez que la ley 26.168 (ley de la Cuenca Matanza Riachelo -ACUMAR-) no le otorgo esa facultad". El fallo de Cámara también dijo: "Ello surge del análisis del capítulo II de aquella ley que regula la competencia de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo. De la lectura de la misma, de ningún modo surge que aquélla pueda actuar como querellante en procesos penales. De haber querido el Congreso concederle tal facultad, lo habría estipulado en el texto de la ley."
En virtud de la intepretacion jurisprudencial efectuada en los fallos mencionados, este proyecto viene a otorgar en forma expresa la facultad de la Acumar de ser parte querellante en aquellos procesos penales en donde se investigue delitos que afectasen intereses colectivos o difusos relacionados con la prevención, la degradación y la recomposición ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo, o en donde se investigue delitos relacionados con hechos u omisiones concernientes a la ejecución de la sentencia del 8 de julio de 2008 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos "Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ daños y perjuicios" (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza - Riachuelo -M. 1569. XL. ORIGINARIO).
En virtud de lo expuesto, este proyecto viene a establecer con claridad que la Acumar puede constituirse como parte querellante en los procesos mencionados.
En este punto es válido recordar que la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo es el ente interjurisdiccional de derecho público creado por la Ley nacional 26.168 que aquí se pretende modificar adherido por las Legislaturas de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tiene a su cargo la ejecución del Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo. Está integrada por un Consejo Directivo presidido por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y los representantes de las tres jurisdicciones, un Consejo Municipal con representantes de los 14 municipios que conforman la cuenca, y una Comisión de Participación Social.
Es por ello que consideramos que la ley debe expresar con absoluta claridad la posibilidad de que la Acumar pueda presentarse como querellante en las causas en donde se investiguen los delitos detallados.
Es por las razones expuestas que solicito a lo/as diputado/as que me acompañen en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
REYES, MARIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
PIEMONTE, HECTOR HORACIO BUENOS AIRES COALICION CIVICA
CARRIO, ELISA MARIA AVELINA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
MERCHAN, PAULA CECILIA CORDOBA LIBRES DEL SUR
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia)
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO
LEGISLACION PENAL
Giro a comisiones en Senado
Comisión
JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
23/09/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
19/10/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
16/11/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
17/11/2010 DICTAMEN Aprobado con modificaciones con disidencias
Dictamen
25/11/2010
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1844/2010 CON MODIFICACIONES; CON 3 DISIDENCIAS PARCIALES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 25/11/2010
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO -