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INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 219

Jefe SR. RODRIGUEZ JUAN MANUEL

Martes 17.30hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 3404-D-2015

Sumario: "DIA NACIONAL DE LOS HUMEDALES". DECLARASE EL DIA 2 DE FEBRERO DE CADA AÑO.

Fecha: 12/06/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 69

Proyecto
DIA NACIONAL DE LOS HUMEDALES
Artículo 1°.- Declárase el día 2 de Febrero como el "Día Nacional de los Humedales".
Artículo 2°.- Inclúyase el Día Nacional de los Humedales en el Calendario Nacional.
Artículo 3°.- Propóngase en el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación, el Ministerio de Educación de la Nación y las autoridades educativas de las distintas jurisdicciones acordarán la inclusión en los respectivos calendarios escolares actividades alusivas al Día Nacional instituido por el artículo anterior.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 2 de febrero, de cada año, se recuerda el Día Mundial de los Humedales (DMH), por la fecha en que diversos países del mundo firmaron la Convención de Ramsar, destinada a proteger estos ecosistemas irremplazables. Así nació la convención internacional sobre los humedales el 2 de febrero de 1971, en la ciudad de Ramsar, Iran, a orillas del Mar Caspio.
De esta manera, los países signatarios de la Convención de Ramsar han querido simbolizar la importancia de los bienes y servicios que nos brindan los humedales, como sistemas ecológicos complejos e interrelacionados, que actúan como reguladores del ciclo del agua y los nutrientes, en el control de inundaciones y sequías, en la provisión de agua, como refugio de la vida silvestre y en la regulación del clima.
El término humedal se utiliza para denominar áreas que permanecen en condiciones de inundación o, por lo menos, con su suelo saturado con agua durante períodos de tiempo considerables. En los humedales el agua juega un rol fundamental en la determinación de su estructura y funciones ecológicas.
El agua de los humedales puede provenir del mar, de los ríos, las lluvias o de napas subterráneas. El régimen hidrológico puede ser muy variable en cuanto a la frecuencia e intensidad de la inundación y la permanencia del agua. Los humedales se distinguen también por las características particulares de sus suelos y por la presencia de plantas y animales adaptados a las condiciones de inundación o de alternancia de períodos de anegamiento y sequía. De esta manera, los humedales no son necesariamente transiciones entre los sistemas acuáticos y terrestres, sino que poseen características estructurales y funcionales propias, que los diferencian de unos y otros.
Existen muchas definiciones del término humedal, algunas basadas en criterios principalmente ecológicos y otras más orientadas a cuestiones vinculadas a su manejo. La Convención sobre los Humedales los define en forma amplia como: "Las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros". En esta definición quedan incluidos todos los ambientes acuáticos continentales y la zona costera marina.
En nuestro país existe una gran diversidad y abundancia de humedales distribuidos a lo largo y ancho de todo el territorio. Existen hasta la fecha 21 Sitios Ramsar, totalizando una superficie de 5.382.281 hectáreas de ambientes diversos, tales como lagunas altoandinas, zonas costeras marinas, lagunas endorreicas y cuencas hidrográficas, todas ellas de gran relevancia por su diversidad biológica, sus características hidrológicas y su importancia para las comunidades locales. A modo de ejemplo, pueden mencionarse las lagunas salinas de la Puna, la llanura aluvial del Río Paraná, incluyendo el Delta, los esteros y bañados de la Región Chaqueña, las lagunas de la Pampa Húmeda, las costas de agua dulce y salobre del Río de la Plata, la costa marina desde las playas de arena de la provincia de Buenos Aires hasta los acantilados y playas de canto rodado de la Patagonia, y las turberas de Tierra del Fuego.
La Convención de Ramsar propicia el uso racional de los humedales y establece la creación de una Lista de Humedales de Importancia Internacional (Sitios Ramsar), que son designados por los países según criterios ecológicos, botánicos, zoológicos, limnológicos o hidrológicos.
La Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en Johannesburgo en agosto de 2002, instó a que se difundieran algunas estadísticas alarmantes: 1.100 millones de personas no tienen acceso a agua dulce segura, 1.700 millones viven en zonas en donde el agua es escasa y 1.300 millones viven en condiciones de pobreza extrema.
Por lo expuesto y teniendo en consideración la importancia sobre los humedales, estos ecosistemas, que con sus ricos recursos naturales y que han sido decisivos para el desarrollo y la supervivencia de la humanidad, de los cuales derivan enormes beneficios (bienes y servicios) para la humanidad y realizan una contribución fundamental a la salud y el bienestar humano, es que les solicito a los Sres Diputados la aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, SOLEDAD BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
07/06/2016 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones