INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3129-D-2006
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS ARGENTINAS QUE AUN NO ADQUIRIERON EL STATUS DE "PUERTOS SEGUROS" SEGUN EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR -SOLAS-.
Fecha: 09/06/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 68
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de la autoridad competente designada para la aplicación y certificación de las normas de seguridad dispuestas en el Capítulo XI-2 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974 en su forma enmendada, suscripta por la Argentina, informe a esta Honorable Cámara:
- Cuántas y cuáles son las Instalaciones Portuarias Argentinas que aún no obtuvieron la Declaración de Cumplimiento de las normas de seguridad establecidas en la Convención mencionada.
- Cuáles son las causas por las que dichas instalaciones portuarias no han alcanzado el nivel de seguridad requerido por la Convención.
- Que grado de avance tienen los planes destinadas a certificar las Instalaciones Portuarias faltantes.
- Si está previsto efectuar inversiones en equipamiento para mejorar la tecnología de seguridad portuaria de alguna de las Instalaciones Portuarias que ya se encuentran certificadas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el año 2002 el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) fue enmendado y a él se incorporaron medidas especiales para aumentar la seguridad marítima y la protección de las instalaciones portuarias (Capítulo XI-2).
A fin de disponer lo necesario para alcanzar los niveles de seguridad dispuestos por la Convención, se le otorgó a los países miembros de la Organización Marítima Internacional (OMI) suscriptores del instrumento internacional, plazo hasta el mes de julio del año 2004.
Vencido el plazo y teniendo en cuenta que el incumplimiento de estas medidas puede obstaculizar el comercio internacional de la Argentina con otros países, que están facultados para rechazar barcos y cargamentos que no provengan de puertos "seguros", resulta imperativo que nuestro país alcance el mayor grado de cumplimiento de estas normas internacionales, tanto en sus buques de bandera como en sus instalaciones portuarias.
Por ello, y a fin de tomar conocimiento del grado de avance en la observancia total de las normas dispuestas en la Convención, es que solicitamos al Poder Ejecutivo, a través de la autoridad competente, informe cuáles son las Instalaciones Portuarias que aún no han adquirido el estatus de "Puertos seguros" en nuestro país, y cuáles son los planes y obras pendientes de ejecución para las Instalaciones Portuarias no certificadas.
Por las razones expuestas, pongo a consideración de mis pares el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA NACIONAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia) |