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INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 219

Jefe SR. RODRIGUEZ JUAN MANUEL

Martes 17.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2367 Internos 2367/2449/2356

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 2522-D-2006

Sumario: CREACION DEL CONSEJO REGIONAL DE MUNICIPIOS EN AREAS DE REPRESAS.

Fecha: 15/05/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 50

Proyecto
ARTICULO 1°.- Créase el Consejo Regional de Municipios en Áreas de Represas, con el objeto de participar en todo lo relacionado al estudio del anteproyecto, la evaluación del proyecto, la supervisión de su ejecución y administración, e intervenir en la decisión del destino de los recursos que producirá el funcionamiento de la obra.
ARTICULO 2°.- El Consejo Regional de Municipios, estará integrado por los intendentes de las Comunas afectadas territorial y ambientalmente por los embalses.
ARTICULO 3°.- La misión del Consejo Regional de Municipios, es participar en la búsqueda de consensos, velando por el bienestar de las comunidades a las que representan y asegurando:
a) Que las decisiones tomadas estén en conformidad con los más sanos principios, normas y procedimientos del desarrollo y la conservación del ambiente
b) Que se identifique y evalúe el impacto ambiental, y se asegure la ejecución de acciones tendientes a mitigarlos y controlarlos para proteger, recuperar o compensar los recursos y ecosistemas involucrados.
c) Que los criterios ambientales sean considerados en las etapas de diseño, proyecto, ejecución, operación y control de las diferentes obras y actividades vinculadas y resultantes de la ejecución de la obra.
d) La determinación de competencias y responsabilidades, referidas a la atención de los problemas ambientales que el embalse y el conjunto de obras genera en las áreas urbanas.
e) El rescate y/o salvamento del patrimonio histórico, cultural y pre-histórico de las zonas alcanzadas por la formación del embalse.
f) La integración armónica de los planes de viviendas, infraestructura y equipamiento comunitario en los casos de relocalizaciones, con el planeamiento urbano municipal.
ARTICULO 4°.- El Consejo dictará el reglamento para su funcionamiento interno.
ARTICULO 5°.- Los gastos que demande el funcionamiento del Consejo se imputaran en forma equitativa al presupuesto asignado al Ministerio del Interior y al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
ARTICULO 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde lo Constitucional el Municipio trasciende al concepto de "unidad administrativa" de la Provincia, por origen, definición, misión, función y estructura; comunidad, arraigo, costumbres, recursos compartidos, sentimientos, potencialidades, actividades económicas, hechos históricos, etc; definen el alma y la identidad del municipio, plasmado en el concepto de autonomía.
Indudablemente todos estos bienes poseen valor social y naturalmente valor económico real y potencial. Por ello romper el equilibrio de vida del municipio obliga a su reparación, restitución o mitigación del daño o impacto ocasionado.
La creación de Consejos Regionales en Áreas de Fronteras, responde a la necesidad de otorgarle un espacio, a los habitantes de las comunas que de una u otra manera sean afectadas con la construcción de represas. Quienes por medio de sus representantes, los intendentes, podrán consensuar las acciones a realizar defendiendo y anteponiendo a cualquier circunstancia, el bien común. Concepto este, referente a las condiciones de la vida social que permiten a los integrantes de la sociedad alcanzar el mayor grado de desarrollo personal y la mayor vigencia de los valores democráticos, así también ha de interpretarse como elemento integrante del orden público del Estado democrático, cuyo fin principal es " la protección de los derechos esenciales del hombre y la creación de circunstancias que le permitan progresar espiritual y materialmente y alcanzar la felicidad " ("Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre").
El caso de las mega obras (represas), es un ejemplo de construcciones que modifican el entorno en forma directa e indirecta. En forma directa todo lo relacionado con él implante de la presa, retención de agua-creación de un lago, perdida de masa arbórea, hábitat y traslado consecuente de la fauna. También debe tenerse en cuenta el traslado de poblaciones y sus implicancias económicas - laborales, culturales, recreativas, etc.
Por ello es necesario la participación de los Municipios, en todos los ámbitos institucionales donde se propongan, discutan, proyecten, evalúen, decidan y ejecuten, proyectos de grandes obras que los involucren; a fin de compartir responsabilidades decisiones y la supervisión de todo tipo de avances de implementación.
Como misioneros, tenemos la experiencia que nos deja la Represa Yacyretá, que a la fecha debe servirnos para tomar iniciativas que eviten en lo inmediato y en el futuro, comprometer a nuestro pueblo a situaciones o circunstancias similares a las ya sufridas.
No podemos dejar de valorar que, en cuanto a la producción de energía, las represas son uno de los sistemas más limpios. Pero no podemos dejar de notar que el impacto ambiental por lo general es relevante y sobre todo cuando no se realizan obras preventivas, que atenúen y reparar las modificaciones del ambiente.
En el marco de un sistema democrático, donde nuestra Constitución explicita derechos que debemos ejercer, indudablemente la participación y la convivencia en un ambiente sano pasan a ser objetivos trascendentes para el país, y muy especialmente de los involucrados por estas mega obras. Para ellos es imprescindible la participación en los distintos niveles de decisión, desde la etapa de proyecto hasta la producción inclusive.
Sr. Presidente, nadie mejor que aquel que pierde su espacio vital o es afectado, para defenderlo y exigir las compensaciones o reparaciones a tal situación. Esto es posible socializando la participación de la comunidad, en los distintos niveles: consultivo y desicional. Indudablemente los Intendentes por su misión y función son los más representativos para comprender y llevar la voz, el sentir, las preocupaciones y expectativas de su comunidad.
En consecuencia y con seguridad, los análisis, las propuestas, debates, los acuerdos y los tratados contemplaran los requerimientos de las comunidades afectadas, potenciando el sistema democrático y el logro del bien común.
De esta forma la Provincia deberá compartir con los Municipios la responsabilidad de decidir y llevar adelante proyectos que pueden poner en riesgo derechos constitucionales de la población.
Por lo planteado y otros argumentos que expondré oportunamente, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
KAKUBUR, EMILIO MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS MUNICIPALES (Primera Competencia)
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1070-D-09