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INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 219

Jefe SR. RODRIGUEZ JUAN MANUEL

Martes 17.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2367 Internos 2367/2449/2356

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 2318-D-2008

Sumario: DECLARAR EL ESTADO DE EMERGENCIA HIDRICA Y AMBIENTAL DE LA CUENCA DEL RIO URUGUAY; CREACION DE UNA COMISION DE ESTUDIOS DE LA CALIDAD DEL AGUA.

Fecha: 15/05/2008

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45

Proyecto
Artículo. 1: DECLARASE el estado de emergencia hídrica y ambiental de la Cuenca del Río Uruguay en toda su extensión en el territorio nacional, con motivo de la contaminación por eutrofización de las aguas.
Artículo 2: La presente declaración tendrá vigencia de un año a partir de su promulgación.
Artículo 3: La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación coordinará una Comisión que se integrará con un representante de la Comisión Administradora del Río Uruguay, un representante de la Subsecretaría de Recursos Hídricos, un representante del Instituto Nacional del Agua, y los Organismos técnicos competentes de las Provincias afectadas.
Artículo 4: La Comisión formada en los términos del Art. 3 de esta norma, tendrá como funciones:
a) Realizar estudios de la calidad del agua del Río Uruguay en toda la extensión del territorio nacional bañado por esa cuenca, con el objeto de determinar las fuentes de contaminación.
b) Elaborar, en el plazo de noventa (90) días, un Plan de Gestión de la Cuenca orientado al saneamiento, invitando a participar en el mismo a organismos técnicos públicos municipales, a las universidades, a representantes de los vecinos de cada uno de los Municipios ribereños y a ONGs ambientalistas locales.
Artículo 5: A los fines de desarrollar su tarea conforme a lo preceptuado en esta norma, el Estado Nacional financiara los gastos que demande la Comisión.
Artículo 6: La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación será la encargada de la implementación del Plan de Gestión de la Cuenca, llevando adelante la ejecución de las obras previstas en él.
Artículo 7: La Jefatura de Gabinete de Ministros será la encargada de reasignar las partidas presupuestarias que sean demandadas para la ejecución de las obras que se hayan previsto.
Artículo 8: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El río Uruguay nace a más de 2.000 m. de altitud en las estribaciones occidentales de la Serra do Mar, Brasil, a unos 150 Km. de la costa atlántica. Corre de este a oeste por territorio brasileño, llegando hasta el límite nordeste argentino desde donde toma rumbo sur para desembocar finalmente en el Río de la Plata.
El curso del río, de más de 1.800 Km., es muy tortuoso, especialmente en los primeros 1.000 Km. hasta Santo Tomé (Corrientes), en correspondencia con la zona más quebrada y montañosa de su cuenca. Desde Santo Tomé, aguas abajo, el curso es más regular disminuyendo la tortuosidad y ensanchándose cada vez más, alcanzando 1.200 m frente a Paso de los Libres y 1.900 m en Salto Grande. Desde Bella Unión (Uruguay) y Monte Caseros (Argentina) aguas abajo, si bien no hay mucha caída de agua, hay muchas restingas o cachueras que determinan pequeños saltos y cambian la superficie del lecho haciendo que haya curvas de remanso características.
En pocos años, casi 25 represas - algunas de ellas binacionales- están convirtiendo al río Uruguay en un conjunto de grandes estanques, provocando la desaparición de la pesca como actividad rentable, la inundación permanente de humedales, la disminución de la calidad y cantidad de agua y habrán reducido enormemente la biodiversidad y un patrimonio de extraordinario valor económico y social en el siglo XXI, entre otras consecuencias.
Los embalses de estas represas retienen el agua, sobre todo en los períodos de sequía, acentuando las bajantes de este río, lo que propicia la aparición de algas.
La explosión de la población de algas, es un mal creciente y ocurre cuando hay demasiados elementos nutritivos en el agua como nitrógeno, fósforo, azufre y sílice que provienen de los abonos utilizados en los cultivos y que la lluvia arrastra hasta los cuerpos de agua. Las algas se reproducen en exceso y su descomposición produce contaminación.
En ese sentido, recientemente el vicepresidente de la delegación argentina en la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), Héctor Rodríguez, ha sostenido que "Si no atacamos la fuente y establecemos medidas de mitigación, este fenómeno tiende a agravarse. Hoy estamos frente a un río con cierta fragilidad". Sostuvo que las algas "cumplen la función de purificar el medio en el que se encuentran", pero aclaró que reciben una "sobredosis" de alimentos (fósforos y nitrógenos que provienen de los efluentes cloacales, efluentes industriales y agroquímicos) produciéndose entonces la eutrofización. El problema se agrava cuando hay estiaje pronunciado y altas temperaturas. "Lo que hay que atacar no es la manifestación en sí sino las causas", dijo el vicepresidente de CARU.
La eutrofización produce un crecimiento excesivo de algas y otras plantas acuáticas, las cuales al morir se depositan en el fondo generando residuos orgánicos que, al descomponerse, consumen gran parte del oxígeno disuelto, produciendo la muerte por asfixia de la fauna y flora original. En los últimos años, el incremento en frecuencia e intensidad de estas floraciones es visible a simple vista por las poblaciones costeras. Altamente tóxicas en algunos casos, como la denominada mycrosistis, generada por el exceso de fósforo, estas algas son un serio riesgo sanitario para el baño en el río y el suministro público de agua potable.
La presencia de algas produce inconvenientes en el filtrado y producción de agua potable, lo que genera que el agua pierda sus cualidades de aptitud para el consumo directo humano, al excederse los límites de turbidez, olor y sabor. Durante los primeros meses del corriente año, la turbidez del agua corriente alcanzó niveles muy altos perdiendo totalmente su carácter incoloro, con un olor muy similar al "gamexane" y un gusto fuerte que la hicieron no bebible.
Esta acumulación de antecedentes y la gravedad de la situación produjeron una desconfianza generalizada y rechazo por parte de los consumidores cuyo bienestar se vio claramente afectado, debiendo apelar a sustitutos como el agua mineral o envasada, alejándose del agua corriente ante el temor de insalubridad.
La cuestión amerita y requiere de una intervención efectiva del Estado Nacional, a fin de garantizar los derechos de los ciudadanos afectados, por imperio de lo normado en el art. 41 de la Constitución Nacional, que establece que "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales"; como asimismo por la normativa consagrada en la Ley General del Ambiente N° 25.675.
Atento al estado de situación descripta se hace necesario elaborar un Plan de Gestión de la Cuenca orientado al saneamiento y a concretar la realización de las obras permitiendo reparar los efectos de la contaminación, tendiendo a asegurar condiciones mínimas de sustentabilidad ambiental.
Sabiendo que la solución definitiva es compleja, la situación planteada reconoce un apremio concreto e inmediato, un estado de necesidad y urgencia que justifica la declaración de Emergencia Hídrica y Ambiental, para que sus secuelas no se prolonguen en el tiempo y sigan afectando, específicamente a los pobladores aledaños, al ambiente y con el fin de asegurar la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GALANTINI, EDUARDO LEONEL CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SYLVESTRE BEGNIS, JUAN HECTOR SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARMONA, MARIA ARACELI CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PERIE, HUGO RUBEN CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MORGADO, CLAUDIO MARCELO CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia)
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO
PRESUPUESTO Y HACIENDA