INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1889-D-2011
Sumario: PRESERVACION DEL AGUA PARA USO SANITARIO: PROHIBICION EN TODO EL TERRITORIO DE LA NACION, LA COMERCIALIZACION DE INODOROS CON DEPOSITOS DE DESCARGA UNICA, A PARTIR DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2015.
Fecha: 15/04/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
Ley de preservación del agua
para uso sanitario
Artículo 1°. Se prohíbe a partir
del 31 de diciembre de 2015 en todo el territorio de la Nación, la
comercialización de inodoros con depósitos de descarga única, sean estos
destinados a viviendas y/o edificios públicos y privados, en todo el territorio de
la República Argentina.
Art. 2°. A partir de la
promulgación de la presente ley, los organismos públicos vinculados a
proyectos de obras nuevas de cualquier categoría y uso o refacciones de
existentes, deberán considerar exclusivamente la utilización de inodoros con
depósitos provistos de mecanismos de doble descarga o de descarga
controlada.
Art. 3°. El Poder Ejecutivo
Nacional determinará la autoridad de aplicación.
Art. 4°. De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La humanidad observa hoy
expectante, cómo una serie de acuerdos internacionales que buscan armonizar
el crecimiento económico con el respeto al medio ambiente. La necesidad del
desarrollo sustentable ha surgido como consecuencia de la constatación del
grave deterioro al que se sometió a los recursos naturales a partir de la práctica
de un consumismo extralimitado.
La exigencia de preservar los
componentes naturales existentes en el Planeta Tierra para disfrute de las
generaciones posteriores ha generado una creciente conciencia ecológica en la
población. Se han realizado diferentes propuestas de sustitución de recursos no
renovables, así como mejoras técnicas para un mayor aprovechamiento de los
existentes.
Uno de los elementos
indispensables para la vida, el agua, están en el centro de atención de las
preocupaciones mundiales. Tal como lo señala el Programa de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente en su reporte de 2001, 1.200 millones de
personas carecen de acceso al agua potable limpia, 3.000 millones de personas
carecen de instalaciones sanitarias y el 50% de los ríos y lagos del mundo está
peligrosamente contaminado.
Hace unos pocos meses, la
Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó una resolución propuesta por
Bolivia, reconociendo al agua potable y los servicios sanitarios básicos como un
derecho humano.
En Argentina, según el Censo
2001, el 80% de los argentinos usaban la red pública como fuente principal de
agua para beber y cocinar. Un 17% usaban agua de perforaciones o pozos,
mientras que un 3% tenían como fuente principal de agua para beber y cocinar
la colecta de agua de lluvia, carro-cisternas, ríos, canales o arroyos. En la
mayoría de las provincias el problema no es la falta de agua dulce, sino la mala
distribución del recurso y/o su derroche.
Según la Asociación Nacional
de Defensa del Consumidor PROTECTORA, "con el 30 % del consumo diario
doméstico, el inodoro es el segundo puesto de más consumo de agua potable
en casa justo después del baño/ducha. Adoptando hábitos de consumo
ahorradores y teniendo una instalación eficiente se podría reducir este consumo
en un 50 %".
Es en este sentido es que
proponemos que, desde el Estado se genere la obligatoriedad de utilización de
sistemas de descarga en los productos sanitarios para inodoro que posean
sistemas de doble descarga o de descarga interrumpida. Es decir, que el Estado
propicie la eliminación de la comercialización de los sistemas que mayormente
se ofertan en el mercado, aquellos que poseen una descarga completa del
equipo al pulsar el botón sustituyéndolas por los de doble descarga.
A nuestro entender, no es
conveniente prohibir taxativamente la fabricación o la importación, ya que en el
primer caso puede existir una industria nacional que exporte esos productos a
países con diferente normativa y en el caso de la importación, se atiende a
situaciones particulares que el Poder Ejecutivo deberá contemplar a partir de
sus Agencias especializadas en el momento oportuno.
El agua representa un
elemento esencial para la vida de las comunidades, razón por la cual se hace
necesario consolidar el concepto de considerar a la misma como una cuestión
de Estado. Diversos estudios realizados dan cuenta de que la cantidad de agua
dulce es finita en el planeta, motivo por el cual debemos procurar un uso lo
mas racional posible del vital elemento.
Los baños en general
consumen la mayor cantidad de agua potable tanto en viviendas, como así
también en la mayoría de los diversos edificios públicos. Asimismo se ha
precisado que en viviendas y con motivo de las descargas que produce el uso
del inodoro, se ocasiona el segundo mayor consumo de agua potable. La
inmensa mayoría de los inodoros instalados en nuestro país funcionan con
depósitos o mochilas de entre 10 y 15 litros de capacidad para cada descarga,
situación que consume millones de litros diarios de agua potabilizada. Por ende
los sistemas de saneamiento de aguas servidas reciben a su vez cantidades
significativas de líquidos a tratar provenientes del uso cotidiano del
inodoro.
Con la idea de propiciar el
ahorro, conservación y uso racional del agua potable, se valoran los
mecanismos desarrollados para posibilitar el manejo de:
a) Dos tipos de descarga en
los depósitos de inodoros, una identificada como "media descarga" para la
evacuación de líquidos y otra denominada como "descarga completa" para la
evacuación de sólidos; y
b) Parar voluntariamente la
descarga al volver a pulsar el botón.
Si consideramos que la
evacuación de líquidos representa el mayor uso del inodoro, la media descarga
posibilitaría el ahorro de entre 5 y 7 litros de agua potable en cada utilización
del artefacto mencionado. De esta manera se podría producir un ahorro de
alrededor de 15 litros de agua por día y por persona, lo que representarían
unos 5.000 litros al año per capita. Cabe expresar que el ahorro de agua
potable, repercutiría en importantísimas economías para la suma de procesos
que permiten contar con este servicio, como son la captación, potabilización,
distribución y en el posterior tratamiento o saneamiento de aguas.
Por ello es que les solicito a
mis pares el acompañamiento en la sanción del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PAROLI, RAUL OMAR | CATAMARCA | FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA |
VEAUTE, MARIANA ALEJANDRA | CATAMARCA | UCR |
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
MOLAS, PEDRO OMAR | CATAMARCA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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