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INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 219

Jefe SR. RODRIGUEZ JUAN MANUEL

Martes 17.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2367 Internos 2367/2449/2356

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 0437-D-2008

Sumario: DECLARAR BIEN HISTORICO NACIONAL AL FARO DE LA BARRA DEL RIO NEGRO UBICADO EN EL BALNEARIO EL CONDOR, PROVINCIA DE RIO NEGRO.

Fecha: 10/03/2008

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6

Proyecto
Artículo 1°.- Declárese Bien Histórico Nacional al edificio del "Faro de la Barra del Río Negro", inaugurado el 25 de mayo de 1887, ubicado en el Balneario El Cóndor de la Provincia de Río Negro.
Artículo 2°.- A los fines dispuestos en el artículo 1°, este bien queda amparado por las disposiciones de la Ley N° 12.665 (modificada por la Ley N° 24.252) y Ley N° 25.197.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A 30 Km. de la Ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro, se encuentra la Villa Marítima "El Cóndor", también denominada "La Boca" por los habitantes de la zona. Esta última denominación se debe a que está situada en la margen sur de la desembocadura del Río Negro.
En esta Villa Marítima se encuentra el Faro de la Barra del Río Negro. Según la definición del Diccionario del Bureau Hidrográfico Internacional, faro es "una estructura distintiva sobre una costa o alejada de la misma que presenta una luz principal destinada a servir de ayuda a la navegación". Más precisamente, una construcción costera que posee una señal luminosa característica cuya función es orientar al navegante. Generalmente ubicado en puntos destacados del litoral, en lugares altos, notables, ya sean artificiales o naturales. El diseño y los materiales para su construcción están directamente relacionados con el sitio de emplazamiento. Por ello, es primordial que la torre sea un soporte sólido y que su altura sea considerable sobre el nivel del mar. De su elevación dependerá el alcance que se quiera dar a la luz.
El faro referido en el presente proyecto toma el nombre del río homónimo y es el más antiguo de los faros del país en servicio que mantiene señal y personal de custodia. Fue inaugurado por el General Lorenzo Winter en el año 1887.
Cuando se fundó el Fuerte del Río Negro, el 22 de abril de 1779, la frontera interior de nuestro país estaba en la margen izquierda del río Salado, es decir, casi todo el territorio de la actual provincia de Buenos Aires estaba en poder del indígena. Así entre el nuevo fuerte y la capital virreinal se extendía una inmensa región de mil kilómetros de soledad. Este espacio era recorrido por las tribus en busca de caballos y vacunos y en el vivían toda clase de aves, felinos y animales. Por esto, tan solo por mar eran posibles las comunicaciones. Esto demuestra la importante actividad marítima de aquellos años y el motivo de su construcción que fue darle un punto de referencia a los barcos que se aproximaban a la desembocadura del río para tomar puerto. Durante la noche su luz era una ayuda muy útil para sortear los barcos de arena existentes en la zona.
Cuando se inauguró, el equipo luminoso era una lámpara de mecha alimentada por aceite, luego fue reemplazado por un equipo alimentado por gas de querosén, posteriormente se incorporó otro a gas acetileno, finalmente se libró a servicio eléctrico a destellos con lámpara de 1000w de red urbana y óptico concentrador de luz. En su interior guarda una vasta gama de recuerdos de los navegantes que pasaron por nuestras costas marítimas
Es una estructura octogonal, de más de 13 metros de altura, compuesta de una torre de 9 metros, y funciona con energía eléctrica. Su altura sobre el nivel del mar es de 45,62 mts., e indica el inicio del acantilado que distingue a la costa Patagónica. Su situación geográfica es la siguiente: Latitud 41º03'23'' S y Longitud 62º48'10'' W, y su señal es divisada a una distancia de 16.5 millas náuticas de la costa (aproximadamente 30 kilómetros).
El 25 de mayo de 2007, se cumplieron 120 años de su inauguración. Este aniversario fue declarado de interés municipal por el Consejo Deliberante de la Municipalidad de Viedma, con Ordenanza Nº 6.122, del 6 de Junio de 2007. También la Legislatura de la Provincia de Río Negro declara su aniversario, de interés social y educativo, a través de la Declaración Nº 31/2007; y Monumento Histórico Provincial a través de la Ley N° 4.210.
El Faro del Río Negro es un orgullo para nuestra provincia. Este proyecto pretende declararlo Bien Histórico Nacional porque en el se conjugan valores históricos, testimoniales o simbólicos y estéticos, convirtiéndolo en un documento excepcional de nuestra memoria histórica.
Por las razones antes expuestas solicito a mis pares la aprobación de la presente iniciativa
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SCALESI, JUAN CARLOS RIO NEGRO DE LA CONCERTACION
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
Giro a comisiones en Senado
Comisión
EDUCACION Y CULTURA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
20/08/2008 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
25/09/2008 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
02/10/2008 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
21/10/2008
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1013/2008 CON MODIFICACIONES 21/10/2008
Senado Orden del Dia 0157/2009 20/05/2009
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO -