INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0095-D-2010
Sumario: RATIFICACION DE LA RESOLUCION 407/2007 DE LA SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION, DE CREACION DEL REGISTRO DE EMPRESAS DE EXPLORACION Y EXPLOTACION DE HIDROCARBUROS: RESTRICCIONES Y SANCIONES.
Fecha: 02/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 3
Ratificación de la
resolución 407/2007 que crea el Registro de Empresas de Exploración y
Explotación de Hidrocarburos. Establecimiento de restricciones y sanciones.
ARTICULO 1. - Ratifíquese la
resolución 407/2007 de la Secretaría de Energía.
ARTICULO 2. - Prohíbase la
salida desde Puertos Argentinos a toda aquella embarcación que trasporte
material utilizado para la exploración y/o explotación de hidrocarburos destinado a
empresas que desarrollen actividades hidrocarburíferas en la plataforma
continental Argentina, sin haber obtenido habilitaciones para realizar actividades
de exploración y/o explotación de hidrocarburos emitida por la autoridad
competente Argentina.
ARTICULO 3. - Establézcase
sanciones a toda aquella persona física o jurídica que se desempeñe como
consultor técnico, económico o financiero, o preste servicios de asesoramiento y/o
análisis de proyectos relacionados con actividades de empresas destinadas a la
exploración y/o explotación en materia de hidrocarburos y que se encuentren
desarrollando actividades en la plataforma continental Argentina y no cuenten con
la habilitación correspondiente.
ARTICULO 4. - A los fines de
implementar los Artículos 2 y 3 téngase en cuenta los Artículos 2 y 3 del Decreto
256/10.
ARTICULO 4. - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Algunos informes afirman que el interés
del Reino Unido en la búsqueda de nuevas reservas de petróleo yace en el
agotamiento de los yacimientos ubicados en el Mar del Norte y que son
administrados por la Corona Británica.
Así es que las Islas
Malvinas se convirtieron en una posible fuente de recursos petrolíferos. Si bien no
hay certezas fehacientes de la existencia de hidrocarburos en la plataforma lindera
a las islas hay fuertes expectativas, ya que en 1998 se publicó un informe de la
Revista Oficial de la Geological Society of London en donde se reporta un
reservorio probable de unos 60.000 millones de barriles, de difícil explotación
comercial para los precios de aquella época (20 dólares el barril), pero
actualmente el precio es 3 veces superior, haciendo muy rentable cualquier tipo de
explotación. No obstante hay que señalar que ese informe tenía una perspectiva
sobre fenómenos sísmicos, con lo cual hay fuertes dudas a cerca de las
estimaciones realizadas en materia de minería.
Por ello, el gobierno
británico envió rumbo a las islas la plataforma de prospección marina Ocean
Guardian, que tiene la capacidad de explorar y extraer petróleo de lechos marinos
y según los resultados que ésta obtenga, se realizarían las futuras extracciones
comerciales.
Ante esta situación y en vistas de
futuras incursiones de empresas petroleras, es importante actualizar la legislación
y contar con herramientas legales que permitan al Estado Argentino contar
reafirmar y reivindicar de manera efectiva la soberanía sobre las islas Malvinas y
los recursos existentes en la plataforma continental subyacente a estas.
Por ello mismo es que considero que la
resolución 407/2007, es una herramienta superadora, que no sólo establece un
orden a través del registro de empresas petroleras, si no que también reivindica
los derechos sobre las islas Malvinas estableciendo restricciones a aquellas
empresas que realicen trabajos de exploración y/o extracción de petróleo sin el
amparo del Estado Argentino.
Dicha Resolución debiera
transformarse en una iniciativa legislativa a los fines que ésta posea los imperios
propios de una ley emanada por el Congreso Nacional.
Así mismo, en la presente iniciativa se
establecen restricciones al transporte de materiales utilizados para la extracción y
exploración de hidrocarburos y para aquellas personas que desde el plano técnico
colaboren con empresas que actúen sin estar registradas.
Creo que desde el plano económico-
comercial, se deben establecer herramientas como la presente de frente a una
nueva avanzada del colonialismo, que se ha hecho presente a partir de esta nueva
avanzada unilateral del Reino Unido.
Nuestro reclamo legitimo por la
soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, no se
basan solo en el derecho internacional, en la verdad histórica y en la realidad
geográfica, sino también en el compromiso patriótico que nos debemos los
argentinos por los cientos de jóvenes que entregaron su vida y que hoy yacen en
tierra argentina malvinense.
Este justo reclamo que
es un estricto acto de justicia, hoy es felizmente acompañado por el conjunto de
países latinoamericanos y otros estados americanos de habla inglesa,
fundamentalmente del Caribe. Esto nos confirma que el camino del "reclamo
pacifico" es la vía idónea que tenemos para alcanzar nuestro objetivo, tal como lo
hiciera el ex - Presidente Juan Domingo Perón en el año 1974 cuando alcanzara
un preacuerdo con el Gobierno Británico, bajo la esperanza de ver flamear
soberana la bandera celeste y blanca sobre el archipiélago.
Nuestra Nación ha
reivindicado constantemente su derecho sobre las Islas, y lo seguiremos haciendo
sin declinar y bajo el firme convencimiento que "las Malvinas son y serán siempre
argentinas".
Por todo lo expuesto, solicito a los
señores diputados aprueben el presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MERA, DALMACIO | CATAMARCA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO |
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
08/04/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado en la parte de su competencia, unificados, con dictámen de minoría Art. 108 |
02/06/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
22/06/2010 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Dictamen Sin Nro. /2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0095-D-2010, 0551-D-2010 y 0036-CD-2010 | CON MODIFICACIONES UNIFICADOS EN UN SOLO DICTAMEN CON DISIDENCIAS EN REUNION DE COMISION DE FECHA 22/06/2010 | 23/06/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION SOBRE TABLAS CON DICTAMEN (PLAN DE LABOR) (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0095-D-2010, 0551-D-2010 y 0036-CD-2010 | ||
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0095-D-2010, 0551-D-2010 y 0036-CD-2010 | MEDIA SANCION | |
Diputados | INSERCIONES DE LOS DIPUTADOS COMELLI, LINARES Y JULIO MARTINEZ CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0095-D-2010, 0551-D-2010 y 0036-CD-2010 | ||
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0095-D-2010, 0551-D-2010 y 0036-CD-2010 | ||
Senado | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0095-D-2010, 0551-D-2010 y 0036-CD-2010 | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0095-D-2010, 0551-D-2010 y 0036-CD-2010 | SANCIONADO | |
Senado | INSERCION DE LA SENADORA PARRILLI CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0095-D-2010, 0551-D-2010 y 0036-CD-2010 |