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FINANZAS

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SRA. MASTRANGELO LORENA GLORIA

Jefe SRA. SARA GABRIELA M

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4410-D-2016

Sumario: CAJAS DE AHORRO: COBRO AGILIZADO PARA HEREDEROS.

Fecha: 14/07/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 91

Proyecto
LEY DE CAJAS DE AHORRO: COBRO AGILIZADO PARA HEREDEROS.
ARTÍCULO 1º.- Los derechohabientes del o de la fallecido/a , titular de una CAJA DE AHORRO y sus especies denominadas "CUENTA PARA PAGO DE REMUNERACIONES" o "CUENTA SUELDO", podrán solicitar a las Entidades Financieras Públicas o Privadas que correspondan la extracción de los fondos, cuando el monto no supere el equivalente a VEINTE (20) SUELDOS del Salario Mínimo, Vital y Móvil (actualizados conforme lo dispone el artículo 139 de la Ley Nº 24.013), acreditando los extremos establecidos por el artículo 53 de la Ley Nº 24.241 (Ley del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) y sus nomas reglamentarias.
ARTÍCULO 2º.- Los/as beneficiarios/as indicados en el artículo 1º, darán cuenta, en caso de corresponder a los co - herederos del o la causante si posteriormente existiera una sucesión judicial, en los términos y las proporciones que fije la declaratoria de herederos.
ARTÍCULO 3º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Por la presente norma se pretende regularizar la situación de un gran número de habitantes, que no pueden acceder a los fondos de la caja de ahorro de un familiar que ha fallecido, por no realizar la sucesión del mismo, quedando este dinero a favor de la entidad bancaria.
Existe en el mundo una creciente utilización de las cajas de ahorro como sistemas de pago y movilización monetaria, encontrándose dentro de este rubro las denominadas "Cuenta para Pago de Remuneraciones" o "Cuenta Sueldo", que representan una herramienta para el cobro de la casi totalidad de los empleados regulares. En igual sentido, se utilizan para el pago de asignaciones sociales y también para el pago de jubilaciones y pensiones.
Desde el Banco Central de la República Argentina, se informa que existen en la actualidad alrededor de 7.973.000 "cuentas sueldo" y 140.500 empresas acreditadas a esta normativa.
En pos de la bancarización, se han generado una serie de facilidades relacionadas con los trámites y los costos de las cuentas corriente, por si o por la especie “cuenta sueldo” minimizando o eximiendo costos directos sobre los depósitos, de acuerdo a lo establecido en la Comunicación “A” 5284 –Depósitos de ahorro, cuenta sueldo, cuenta gratuita universal y especiales- BCRA.
Durante 2015 se cursaron a través del sistema de Medios Electrónicos de Pago un total de 1.834.454 transacciones, representando un aumento de aproximadamente 6% respecto de 2014. De la cantidad de transacciones mencionadas, aproximadamente el 93% fueron realizadas en la moneda local. Se registraron 1.703.011 operaciones por $18,25 billones. El promedio mensual operado fue de 141.918. El 7% restante correspondió a transacciones en moneda extranjera, en su mayoría dólares estadounidenses. (Informe Anual del BCRA al Congreso – Año 2015).
En este contexto, resulta inexplicable que en el caso del fallecimiento, las autoridades bancarias sólo habilitan la extracción con la declaratoria del herederos del titular, es decir cuando se ha terminado el trámite sucesorio.
Esta situación genera una gran injusticia, en atención a que muchos de los familiares del difunto requieren en forma inmediata de los fondos existentes en la caja, sea para su supervivencia o para hacer frente a los innumerables gastos que acarrea el fallecimiento.
También sucede que en muchas ocasiones no se generará un juicio sucesorio porque no existen bienes para suceder y el único valor que tiene esa familia son los fondos existentes en esa cuenta.
Los fenómenos tecnológicos que se utilizan como herramientas para la bancarización han generado un gran cambio en la estructura monetaria y de ahorro de la población, que necesariamente deben encontrar un adecuado marco regulatorio que evite perjuicios en la población y garantice el uso de sus beneficios.
La irrupción de estas tecnologías en la vida cotidiana de las personas, debe generar cambios en la normativa vigente que eviten las complicaciones o la restricción de los derechos.
Esta imposibilidad es un claro perjuicio para las familias de los titulares de la cuenta, que suman una pérdida económica a la producida por la muerte, quedando por otra parte, estos fondos inmovilizados y a favor de la entidad bancaria.
A los fines de resolver este perjuicio, corresponde establecer los requisitos para el acceso, considerando que la acreditación de los exigidos para el cobro de pensiones resultará adecuada para garantizar el vínculo y la legitimación de los solicitantes.
Se establece asimismo un tope máximo para acceder a este trámite, el que asciende a 20 salarios mínimos vitales y móviles, permitiendo de esta forma limitar el beneficio para aquellos casos que per se no tienen significancia impositiva y no deriven en perjuicio fiscal o para terceros, al no tramitar una sucesión.
Finalmente, se establece que en caso de operarse la sucesión del causante, el heredero que haya percibido los fondos correspondientes a la cuenta sueldo, deberá responder ante los restantes coherederos, en las proporciones que establezca la declaratoria de herederos.
Por las razones expuestas solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SORAIRE, MIRTA ALICIA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARMONA, GUILLERMO RAMON MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
KUNKEL, CARLOS MIGUEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BARRETO, JORGE RUBEN ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, SANDRA MARCELA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BASTERRA, LUIS EUGENIO FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MORENO, CARLOS JULIO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
FINANZAS
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
25/10/2016 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
27/06/2017 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
27/06/2017 DICTAMEN Aprobado con modificaciones con disidencias
Dictamen
29/06/2017
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1379/2017 CON MODIFICACIONES; CON 3 DISIDENCIAS PARCIALES 29/06/2017
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER ADHERENTE DEL DIPUTADO PEDRINI (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - SE SUPRIME EL GIRO A LAS COMISIONES DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.