FINANZAS
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3080-D-2011
Sumario: OBLIGACIONES QUE GENEREN INTERESES INCLUIDAS TARJETAS DE CREDITO: REGIMEN.
Fecha: 08/06/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
	        REGIMEN PARA LAS OBLIGACIONES 
QUE GENEREN INTERESES INCLUIDA TARJETAS DE CREDITO
	        
	        
	        Artículo 1.-  Objeto: las obligaciones 
que generen intereses quedan afectadas al régimen de la presente ley, y a las 
normas que en su consecuencia se dicten.
	        
	        
	        Artículo 2.- Proporcionalidad. El 
interés debe guardar justa proporcionalidad con el valor de las prestaciones, de la 
que resulte una legítima retribución al acreedor en un sistema económico 
estable.
	        
	        
	        Artículo 3.- Tasa de interés. La tasa 
de interés debe ser idéntica a las tasas activas que no sobrepasen la inflación 
mensual medida por el INDEC siendo el máximo permitido la tasa efectiva anual 
que el Estado Nacional pague en concepto de interés en la licitación de letras del 
tesoro (letes) para las operaciones de mas corto plazo, debiéndose tomar para la 
determinación del monto del interés que resulte de la ultima licitación 
realizada.
	        
	        
	        Artículo 4.- Violaciones. Los actos que 
violen la presente ley, son nulos de nulidad absoluta por ser contrarios a la moral y 
a las buenas costumbres y se encuentran comprendidos en el artículo 953 del 
Código Civil.
	        
	        
	        Artículo 5.- Vigencia. Quedan 
comprendidas en el régimen de la presente ley todas las obligaciones dinerarias 
que se originen luego de su promulgación, no quedando afectadas las formalizadas 
con anterioridad a esa fecha.
	        
	        
	        Artículo 6.- De forma
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        	La enorme proporcionalidad que en 
general se observan en los sistemas de crédito y los excesos que se cometen en la 
percepción de intereses exorbitantes por parte de actores de la vida económica en 
un país que creció al 6% anual los últimos cinco años, conspira contra el desarrollo 
y el crecimiento.
	        
	        
	        	La fijación de un limite a la tasa de 
interés de la manera en que se establece en este proyecto no conspira en modo 
alguno con los lineamientos de la política económica nacional, puesto que se esta 
relacionando el nivel de interés con lo que el Estado paga por las licitaciones de la 
letras del tesoro en el mercado (letes) donde se obtiene el valor de ellas según el 
libre juego de oferta y demanda bursátil.
	        
	        
	        	Estas tasas son generalmente bajas 
y va de suyo que las instituciones financieras que ganan las licitaciones lo pueden 
hacer observando todas las normas que el Banco Central impone, 
fundamentalmente en lo referido a previsiones técnicas y patrimoniales.
	        
	        
	        	Es por todo sabido que las tasas de 
interés alientan o desalientan determinadas actividades económicas, que ellas 
motorizan la economía, que a menor tasa mayor posibilidad de recuperación, que 
un importante sector de la población financia su consumo con tarjetas de crédito y 
estas perciben de los comerciantes como de los usuarios adquieren intereses y 
estas perciben de los comerciantes como de los usuarios adquirentes intereses que 
son francamente abusivos.
	        
	        
	        	También es dable observar que esta 
baja debe necesariamente trasladarse a las empresas de servicios que por 
segundos vencimientos, mora y/o penalidades perciben intereses de muy difícil 
explicación.
	        
	        
	        	En suma intervenir en el sentido 
indicado en el ante proyecto, es de vital importancia, se preservan así todas la 
actividades económicas, se estimula la competencia, se logra mayor eficiencia en 
las entidades financieras, se crea un sólido y razonable ahorro, se posibilitan las 
inversiones, aumentan fuentes de trabajo, disminuyen costos de los bienes y 
servicios, creando en suma un mercado donde primen la equidad y la eficiencia, 
todo lo cual seria el motor impulsor de la expansión económica.	
	        
	        
	        Por todos los argumentos expuestos 
ut supra, y por la importancia del objeto a legislar, es que solicito a mis pares el 
acompañamiento del presente proyecto de ley. 
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| VARGAS AIGNASSE, GERONIMO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) | 
| FINANZAS |