FINANZAS
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1271-D-2016
Sumario: TARJETAS DE CREDITO:LEY 25065. MODIFICACION DEL ARTICULO 15 SOBRE COMISIONES DE TARJETAS DE CREDITO Y DE DEBITO.
Fecha: 04/04/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 23
MODIFICACIÓN DE COMISIONES DE
TARJETAS DE CREDITO Y DE DEBITO
ARTICULO 1°.- Sustitúyase el artículo 15 de la
Ley N° 25.065, el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 15.- El emisor no
podrá fijar aranceles diferenciados en concepto de comisiones u otros cargos, entre
comercios que pertenezcan a un mismo rubro o con relación a iguales o similares
productos o servicios.
El emisor de tarjetas de compra
y crédito en ningún caso efectuará descuentos ni aplicará cargos, por todo concepto,
superiores al UNO COMA CINCO POR CIENTO (1,5%) sobre las liquidaciones
presentadas por el proveedor y la acreditación de los importes correspondientes a las
ventas canceladas mediante tarjetas de débito en las cuentas de los establecimientos
adheridos, se hará en un plazo máximo de SIETE (7) días hábiles. Para las tarjetas de
débito bancario este porcentaje máximo será del UNO POR CIENTO (1%) y la
acreditación de los importes correspondientes a las ventas canceladas mediante tarjetas
de débito en las cuentas de los establecimientos adheridos, se hará en un plazo máximo
de TRES (3) días hábiles.
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto reproduce y actualiza el
expediente 7087- D-2014.
En nuestro país los bancos fueron parte del
sector más beneficiado en la última década.
En el informe de bancos de diciembre de 2013
emitido por el Banco Central de la República Argentina sostiene que el sistema bancario
local, uno de los puntales del aumento cercano al 5% que registró la actividad económica
en 2013, incrementó sus beneficios un 50,2% en ese año respecto de 2012.
Los bancos y financieras bajo regulación,
considerados en su conjunto, reportaron utilidades por $ 29.169 millones a lo largo del
último año, cuando habían embolsado $ 19,415 millones un año antes.
Uno de los instrumentos mediante los cuales
logran sus ganancias es a través de las comisiones que les cobran a los comercios por
sus ventas. Actualmente dichas comisiones son del tres por ciento (3%) en el caso de las
tarjetas de crédito y del uno coma cinco por ciento (1,5%) en el caso de las tarjetas de
débito.
A su vez los comercios recién acceden a la
acreditación de los importes en el caso de las tarjetas de crédito luego de dieciocho (18)
días hábiles.
Esto sumado a los impuestos como el IVA,
ingresos brutos, y a los débitos y créditos bancarios, reduce entre un seis por ciento (6%)
y un diez (10%) los márgenes de ganancia. En el caso de las micro y pequeñas empresas
esto se convierte en un volumen muy importante.
Con este proyecto se intenta reducir los costos
que más comercios utilicen los medios electrónicos de pago, beneficiando a los comercios
que lograran mayor clientela, a los consumidores que utilizan dichos medios de pago y ala
fisco nacional y provincial o de la Ciudad de Buenos Aires ya que permite que más
operaciones estén registradas.
Por todos estos motivos les pido a mis colegas
que me acompañen en este proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
COUSINET, GRACIELA | MENDOZA | LIBRES DEL SUR |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
MASSO, FEDERICO AUGUSTO | TUCUMAN | LIBRES DEL SUR |
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