FINANZAS

Comisión Permanente


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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0672-D-2015

Fecha:11/03/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA SITUACION DEL CIERRE ARBITRARIO DE CUENTAS CORRIENTES POR PARTE DE ENTIDADES BANCARIAS HACIA MUTUALES Y COOPERATIVAS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional en los términos del art. 100 inciso 11 de la C.N. para que por intermedio del Banco Central de la Nación Argentina y organismos competentes en la materia, informen a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación, sobre las siguientes cuestiones vinculadas a la situación del cierre arbitrario de cuentas corrientes por parte de entidades bancarias hacia las Mutuales y Cooperativas:
1.- Precisar si existen disposiciones reglamentarias en relación a requisitos adicionales particulares o distintos a los dispuestos por la normativa general que deban ser requeridos para la apertura de cuentas bancarias con mutuales y cooperativas.
2.- Establecer los motivos por los cuales los bancos producen el cierre unilateral y arbitrario de las cuentas corrientes de las Entidades Mutuales y Cooperativas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La cuenta corriente bancaria es un convenio bilateral en donde las partes son el cliente y el banco, quedando en cabeza del último la potestad autónoma de fijar condiciones de apertura y causales para el cierre de las mismas. No obstante ello y una vez cumplimentados todos los requisitos cada entidad financiera tiene reservado a su sólo criterio el derecho de admitir o rechazar el cliente.
Es acá donde las Mutuales y Cooperativas se han convertido en el blanco de los bancos para el rechazo como cuentacorrentistas, haciendo uso de la cláusula unilateral para el cierre de las mismas.
Se podría calificar a este tipo de actitudes como discriminatorias y discrecionales por parte de las entidades financieras hacia estos sectores de la economía social.
Este tipo de actos preocupa al sector de Mutuales y Cooperativas , debido a la dificultad planteada al momento de abrir y operar con cuentas corrientes, incrementándose este tipo de perjuicios en las pequeñas localidades del interior del País donde sólo existe una entidad bancaria.
Es oportuno recordar que confundir a las mutuales con una sociedad de bolsa es desconocer ampliamente la naturaleza social y jurídica de la mutualidad y el cooperativismo argentino.
La gravedad de los hechos descriptos, motivan el presente pedido de informes y solicito por consiguiente, su aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DAER, HECTOR RICARDO BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FINANZAS (Primera Competencia)