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ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL

Comisión Permanente

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Jefe PROF. IZZO MARIANA

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 7793-D-2016

Sumario: COPARTICIPACION FEDERAL - LEY 23548 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 5°, SOBRE AMPLIACION DE LOS FONDOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ECONOMIAS REGIONALES.

Fecha: 03/11/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 162

Proyecto
Ampliación de destino del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional, para fortalecimiento de las economías regionales. Modificación a la Ley N°23.548
Artículo 1°.- Sustitúyese el artículo 5° de la Ley N° 23.548, por el siguiente:
“ARTICULO 5º — El Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias creado por el inciso d) del artículo 3 de la presente Ley se destinará a atender:
a) situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales,
b) el fortalecimiento de las economías regionales, particularmente en la atención del costo derivado del valor de fletes, como política tendiente a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones.
Será previsto presupuestariamente en jurisdicción del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda o unidad orgánica que le sustituya en el futuro, quien será el encargado de su asignación.
En el caso de uso de dicho Fondo para el acciones previstas en el inciso b) del presente artículo, se deberá proceder mediante convenio entra Nación y las Provincias que lo requieran, quienes deberán destinar dicho fondo a subsidiar el valor del flete de la producción emergente de los asentamientos productivos en sus territorios, siempre y cuando éstos garanticen estabilidad en la actividad y contratación de mano de obra local.
El Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, informará trimestralmente a las provincias sobre la distribución de los fondos, indicando los criterios seguidos para la asignación. El Poder Ejecutivo Nacional no podrá girar suma alguna que supere el monto resultante de la aplicación del inciso d) del artículo 3º en forma adicional a las distribuciones de fondos regidos por esta ley salvo las previstas por otros regímenes especiales o créditos específicos del presupuesto de gastos de administración de la Nación”.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Nuestra Constitución Nacional, tras su reforma parcial en 1994, ha facultado a este H. Congreso de la Nación, para proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo y además a promover el crecimiento armónico de la Nación mediante políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones conforme lo enuncia el inciso 19° del artículo 75° del plexo normativo referenciado, que incluso le asigna al Senado de la Nación para este tipo de iniciativas el erigirse en Cámara de origen.
Aun aceptando ello, no puedo como representante del pueblo de una provincia que fue fundante de la Argentina al tiempo del proceso revolucionario de 1810, de su Independencia de 1816 y de su constitución como Estado en 1853 al dictarse la Constitución que hoy nos rige, mantenerme al margen de plasmar en una iniciativa de ley, un aspecto medular, para dar cumplimiento al mandato constitucional que se plasmó en la reforma de 1994.
Hace pocos días atrás, en el marco del Plan Belgrano lanzado por la actual gestión de gobierno que inició en Diciembre de 2015, se presentó el PLAN DE FORTALECIMIENTO DE LAS ECONOMÍAS REGIONALES, que propone inyectar recursos por valor de $6.100 millones, para apuntalar tres pilares: el sector sanitario, la promoción de exportaciones y la financiación de capital de trabajo.
Con el mismo se busca atender las necesidades de las distintas producciones regionales, que representan a más de un millón de trabajadores, 77% de la mano de obra del sector.
En su presentación el Ministro de Agroindustria marcó tres pilares sobre los que se asienta dicho Plan. El primer pilar es el sanitario, para lo cual se destinarán $1.800 millones. “Estamos destinando tres veces más del presupuesto que tenía la campaña sanitaria anterior”, señaló el ministro Ricardo Buryaile, y sostuvo que “muchas de las barreras que tiene el país y que quitan posibilidades de exportación” tienen que ver con este aspecto.
El segundo pilar contempla incentivos a las exportaciones, para lo cual se va a integrar un fondo de $2.600 millones para promover la venta al exterior de los distintos productos nacionales.
El tercer pilar es un fondo para capital de trabajo, por $1.700 millones, para todos los pequeños productores no bancarizados, y los bancarizados con subsidio de tasa de interés, de manera tal que puedan hacer las tareas y labores previas a la cosecha y que lo reintegren con posteridad a la misma.
Si bien es plausible la iniciativa de referencia, deseo rescatar algunas expresiones del Presidente de la Nación Ing. Mauricio Macri al tiempo de dicha presentación el 03 de Octubre pasado, pues apuntó en su discurso a aspectos que estimo, humildemente, no están contemplados en el Plan de referencia.
Primero destacó algo que reivindica el federalismo en la Argentina, al señalar que “ese primer gran motor es el campo argentino, por su capacidad productiva, por su diversidad geográfica, es el primer sector que nos garantiza que con su desarrollo va a haber oportunidades para cientos de miles de argentinos, y en ese lugar donde les tocó nacer, donde eligieron vivir, sin tener que abandonar sus afectos, sin tener que abandonar su historia por falta de trabajo”.
Agregó además que “todo eso potencia que desde el pequeño y mediano productor pueda especializarse en cierto tipo de producciones muy ligadas a productos regionales, a todas cosas que, insisto, vuelven a ratificar el concepto de la Argentina federal, esa Argentina que se desarrolla en forma equilibrada, y que ya no todo va a pasar por la bellísima ciudad de todos los argentinos, que es la Ciudad de Buenos Aires, de la que todos estamos orgullosos, pero todos queremos que cada lugar se desarrolle, que cada lugar se conecte al mundo”.
El Presidente consignó por otra parte que “tenemos muchas economías regionales que, a pesar de todas las modificaciones que hemos hecho, aún les está costando, entonces queremos realmente ayudar a que las economías regionales, que generalmente están formadas fuera de la zona núcleo por muchísimos más pequeños productores, tengan las herramientas tanto de financiamiento como precio, para también alcanzar los mercados de exportación”.
Y sobre el particular, en su alocución también puso de resalto que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Transporte “está trabajando para lanzar proyectos de modernizaciones en todos el sistema de cargas, porque todos sabemos que cuanto más baje ese costo más se acerca el producto al puerto, más se acerca la posibilidad del productor de llegar a esa góndola, más se acerca la posibilidad de generar un nuevo trabajo”.
Y a la par de celebrar la puesta en marcha del PLAN DE FORTALECIMIENTO DE LAS ECONOMIAS REGIONALES, concibo que para garantizar el éxito del mismo sobre los tres pilares en los que se asienta - el sector sanitario, la promoción de exportaciones y la financiación de capital de trabajo-, debemos agregarle un cuarto pilar que vaya en línea con esas expresiones del Presidente de la Nación, de bajar los costos de transporte para acercar el producto a puerto, licuando esa asimetría en un país de grandes dimensiones, donde el valor del flete, se erige en una verdadera barrera para la sustentabilidad y sostenimiento de cualquier tipo de producción o desarrollo económico asentada en un espacio regional del interior del país.
Y entendemos además que la crisis de la mayor parte de las economías regionales del país, tanto del sector agropecuario, como de las mini pyme y pyme del sector industrial y de servicios, asentadas en diversos puntos del territorio nacional, radica justamente en la fuerte asimetría a las que son sometidas en su producción por el encarecimiento de sus productos ante el valor del flete y que no pueden esperar a la efectiva concreción de un plan de modernización de infraestructura vial, férrea o portuaria para hacer eficiente y de bajo costo el sistema de cargas.
Y sabemos además que esta depresión de las economías regionales por este factor gravitante del flete, entre otros factores, genera dos consecuencias no deseadas ante la pérdida de fuentes laborales genuinas: presión en las plantillas salariales del sector público o migraciones internas hacia centros de mayor densidad poblacional en búsqueda de nuevas oportunidades.
Y de hecho ello justifica la presión de los Gobiernos de Provincia hacia el Estado Nacional, fundamentalmente de aquellos con menores indicadores de desarrollo relativo en el país, esto es las Provincias del Noroeste y del Noreste del país, en búsqueda de recursos y auxilios financieros para paliar su delicada situación financiera y las crisis recurrentes en sus pequeñas economías de escala, que se reciclan año a año al momento de que este H. Congreso discute el cálculo de gastos y de recursos o Ley de Presupuesto de la Nación, y donde nadie desea resignar ni un centavo de los recursos de los que son acreedores, pero todos presionan por mayores recursos, en un círculo vicioso donde como sociedad política no hemos podido resolver aún, problemas que son estructurales en la Argentina
Por ello, la presente iniciativa, avanza en una propuesta de modificación de la Ley N° 23.548 por la que se estableció un Régimen Transitorio de Distribución de Recursos entre la Nación y las Provincias en 1988, y cuya transitoriedad está a un paso de cumplir treinta años, mayor aún que el incumplimiento de la Disposición Transitoria Sexta de la Reforma Constitucional de 1994 que ordenaba la sanción de una Ley Convenio entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el año 1996, incumplimiento próximo ya a los veinte años de retraso
En tal sentido, la propuesta que sometemos a consideración de este H. Congreso, persigue ampliar el destino del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional que se constituye con el uno (1%) por ciento del total de lo recaudado en virtud de la Ley N° 23.548 y que en la actualidad tiene como destinos únicos la atención de situaciones de emergencia y de desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales.
En ese entendimiento se propone que dicho Fondo también pueda ser direccionado al Fortalecimiento de las Economías Regionales, en un rubro básico: cobertura de fletes, para garantizar igualdad de oportunidades para la producción agropecuaria e industrial asentada en las zonas de menor desarrollo relativo del país, mediante convenio entra Nación y las Provincias que lo requieran, quienes deberán destinar dicho fondo a subsidiar el valor del flete de la producción emergente de los asentamientos productivos en sus territorios, siempre y cuando éstos garanticen estabilidad en la actividad y contratación de mano de obra local.
Por los motivos expuestos, y otros que expondré al tiempo de su tratamiento, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BRIZUELA DEL MORAL, EDUARDO SEGUNDO CATAMARCA FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA
JUAREZ, MYRIAN DEL VALLE CATAMARCA FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL