ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 7199-D-2013
Sumario: EXTENSION DE LOS BENEFICIOS, PROMOCIONES Y EXENCIONES PREVISTOS EN LA LEY 23272, A LOS PARTIDOS DE VILLARINO, PUAN Y TORQUINST, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 28/10/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 162
Artículo 1: Los beneficios,
promociones y exenciones establecidos o a establecer por cualquier tipo de
disposición normativa del orden nacional que tengan como destinatarias a las
provincias y a los partidos establecidos por el artículo 1° de la Ley 23.272 se harán
extensivos a los partidos de Villarino, a los cuarteles V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del
partido de Puán y los cuarteles III, IV y V del partido de Torquinst de la Provincia
de Buenos Aires.
Artículo 2: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El propósito del presente proyecto es
contemplar de manera especial la situación por la que históricamente atraviesa
una zona geográfica de la Provincia de Buenos Aires.
Los partidos de Villarino, los cuarteles
V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del partido de Púan y los cuarteles III, IV y V del partido
de Torquinst conforman junto con el partido de Patagones una región de similares
características desde el punto de vista climático y edafológico. Estos territorios
constituyen la única región ("Zona de Secano") semiárida del territorio provincial
con características de evolución lenta e ínfimos niveles de rentabilidad por la baja
productividad de sus suelos.
La "zona del secano" es un territorio
de nuestro país muy castigado por el clima, los vientos y la erosión del suelo.
Estudios realizados tanto por la Universidad Nacional del Sur (UNS) como por la
Universidad Tecnológica Nacional (UTN) dan cuentan de los bajos índices de
humedad de los distritos de Patagones, Villarino y sur de Puán, debido a la acción
de los vientos del este, que en su ingreso al continente, se dirigen en forma de
abanico sobre la región nororiental del país, produciendo lluvias en la llanura
pampeana y en el litoral. Si bien los vientos en su regreso hacia el sur descargan
su poca humedad, el cordón montañoso de Ventania, frena su ingreso en el
territorio hacia el sur del mismo.
También la erosión eólica y el
agotamiento del suelo, con la consiguiente pérdida de productividad, constituyen
condiciones que ameritan un tratamiento diferencial por parte de nuestra
normativa.
Las condiciones antedichas
conllevaron a que dichos territorios se encuentren con un gran déficit poblacional y
,en consecuencia, al estancamiento del desarrollo de la región.
La situación descripta llevó a que la
Provincia de Buenos Aires sancione una serie de normas destinadas a intentar de
paliar las distintas dificultades por la que atraviesan los habitantes de dicha región.
Las leyes 12.322, 12.323 y 12.643 se
hicieron eco de las necesidades planteadas y en consecuencia establecieron
algunos beneficios como las exenciones en el pago a los impuestos inmobiliarios,
ingresos brutos y sellos.
Asimismo cabe recordar que el área
geográfica de la que venimos hablando se encuentra en Estado de Emergencia y
desastre agropecuario en forma ininterrumpida desde el año 1994.
Las características geográficas y
geológicas de las que venimos hablando hacen que dicha zona sea semejante a la
región patagónica de nuestro país.
La región patagónica de nuestro país,
integrada por las provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y recientemente el
partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires (ley 25.955), ha sido
reconocida como un área única, y en consecuencia objeto de un tratamiento
diferencial con respecto al resto de nuestro país. Por intermedio de diversos
medios se ha intentado suplir las falencias e inconvenientes de dicha región.
La reciente incorporación del Partido
de Patagones de la Provincia de Buenos Aires a la región patagónica obedeció a
que el mismo presenta idénticos parámetros geográficos y climáticos.
El punto central radica en el hecho de
que todo el territorio que conforma la "zona del secano" de la provincia de Buenos
Aires atraviesa por las mismas dificultades que la región patagónica de nuestro
país, y en consecuencia es merecedor del mismo tratamiento que aquella área.
Cabe remarcar que la condiciones a
las que se enfrenta la región del sudoeste bonaerense no son esporádicas ni
obedecen a circunstancias pasajeras, sino que constituyen características históricas
que perdurarán en el tiempo y que como tales ameritan por parte del Estado de la
adopción de medidas tendientes a revertir las dificultades por las que atraviesan
los habitantes de dicha sector de nuestro país.
En consecuencia, mediante la
presente iniciativa se pretende hacer extensivo a los partidos de Villarino, los
cuarteles V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del partido de Púan y los cuarteles III, IV y V
del partido de Torquinst los beneficios, promociones y exenciones establecidos por
cualquier tipo de disposición normativa del orden nacional que tengan como
destinataria a la región patagónica de nuestro país.
El presente proyecto responde a un
anhelo histórico de los habitantes del sudoeste bonaerense.
Por los motivos expuestos solicito a
mis pares la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
BAZZE, MIGUEL ANGEL | BUENOS AIRES | UCR |
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Comisión |
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