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ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 141

Jefe PROF. IZZO MARIANA

Jueves 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2140 Internos 2140/61/46

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6595-D-2015

Sumario: DECLARAR EL ESTADO DE DESASTRE Y EMERGENCIA AGROPECUARIA POR CATASTROFE CLIMATICA EN LOS DEPARTAMENTOS DE GENERAL ALVEAR, JUNIN, MAIPU, RIVADAVIA, SAN MARTIN, SAN RAFAEL, Y SANTA ROSA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, POR EL TERMINO DE UN (1) AÑO, PRORROGABLE POR IGUAL PERIODO.

Fecha: 16/02/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170

Proyecto
ARTICULO 1º. - Declárese el Estado de Desastre y Emergencia Agropecuaria por Catástrofe Climática en los Departamentos de General Alvear, Junín, Maipú, Rivadavia, San Martín, San Rafael y Santa Rosa de la Provincia de Mendoza.
ARTICULO 2°.- Realícese un relevamiento de todos los productores frutícolas, horticultores, vitivinícolas y ganaderos afectados en los distintos departamentos con la coordinación conjunta de las autoridades provinciales y nacionales en la materia.
ARTÍCULO 3º.- Autorizar al gobierno de Mendoza a solicitar asistencia económica a los organismos nacionales para la ejecución de acciones y obras tendientes a paliar los perjuicios del fenómeno natural acontecido.
ARTÍCULO 4º.- La presente emergencia tendrá una duración de un (1) año, pudiéndose renovar por igual período dependiendo de los informes técnicos que ameriten la prórroga de dicha medida, abarcando el período comprendido entre el 1º de Abril de 2016 hasta el 31 de marzo de 2017.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Que en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 26509 y su decreto reglamentario Nº 1712/069, y conforme lo informado por Gobierno de la Provincia de Mendoza, se han producido lluvias y granizadas que han afectado seriamente la producción agrícola de numerosas explotaciones bajo riego de la Provincia.
Que corresponde declarar en Estado de Emergencia Agropecuaria y/o Desastre Agropecuario a los predios rurales que hayan sufrido pérdidas de significación en sus cultivos, sobre la base de las denuncias formuladas por los productores y las verificaciones técnicas realizadas por el Organismo competente;
Que dichas circunstancias fueron debidamente denunciadas por productores y verificadas por la Dirección de Agricultura y Contingencias Climáticas, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 2°, Inciso b) del Decreto Ley N° 4304/78 y sus modificatorias y el Artículo 8° del Decreto 585/97, reglamentario de la mencionada Ley. Asimismo, los productores con explotaciones afectadas por las adversidades climáticas reconocidas por el gobierno de la provincia, podrán presentar ante las autoridades municipales que correspondan, la documentación que acredite el real estado de sus establecimientos y el tenor de los quebrantos que vienen soportando, pudiendo acceder así a los beneficios que establece la Ley de Emergencia Agropecuaria Ley Nº 26.509.
Cabe aclarar, que si bien no todas las localidades han sido incluidas, es de esperar que pronto lo sean; máxime cuando - como se ha visto- las lluvias y granizadas han sido recientes y continúan tal como manifestó el Servicio Meteorológico Nacional.
El objeto del presente proyecto tiene como fin que los productores rurales de las zonas afectadas puedan contar con beneficios impositivos y acceso a créditos blandos por tiempo extendido para la recuperación de sus unidades productivas.
La provincia de Mendoza necesita brindar una respuesta satisfactoria a todos los productores rurales que están siendo afectados por las catástrofes naturales a fin de poder paliar la adversidad padecida, intentando que el presente implique un medio para la puesta en marcha de la producción y la esperanza de sus abnegados hombres de trabajo.
Por estas razones, solicitamos a mis pares, que acompañen esta iniciativa con su voto afirmativo para su pronta aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BORSANI, LUIS GUSTAVO MENDOZA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA